miércoles, 4 de marzo de 2015

Embargos de nóminas o salarios | Sanchez Bermejo | explicando leyes a todos los publicos

Embargos de nóminas o salarios | Sanchez Bermejo | explicando leyes a todos los publicos
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Las leyes no se mejorarían nunca si no existieran numerosas personas cuyos sentimientos morales son mejores que las leyes existentes. John Stuart Mill
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Embargos de nóminas o salarios
Publicado el 15/07/2012

El cálculo de lo que te pueden o no embargar de tu salario o pensión en caso de deudas cambia según el caudal de recursos que tengas, y es más sencillo de lo que a priori parece.

El artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, titulado embargo de sueldos y pensiones aclara bastante el cómo hacerlo, pero voy a tratar de darle aún más facilidad de entendimiento con la explicación que voy a dar a continuación. Te informo también que si te quieres ahorrar todo esto y sólo quieres saber qué te van a poder embargar, he creado una calculadora de embargos de nóminas o salarios de muy fácil utilización.

Por lo tanto, hay que seguir la regla explicada en la norma señalada anteriormente, que es la siguiente:

1º. La legislación indica que el salario mínimo no puede tocarse. Actualmente en 2013 corresponde a una cantidad de 645,30 euros.
2º. Teniendo eso claro, la Administración puede embargar un 30% de la nómina hasta el doble del salario mínimo, que son 1.290,60 euros.
3º. Ese 30% aumenta al 50% para la parte del sueldo que equivalga al triple del salario mínimo y así proporcionalmente hasta llegar al 90% para contribuyentes que ganan más de 3.871,80 euros.

Como nota, indicar que para la deuda hipotecaria se sigue la misma regla, pero el mínimo aumenta situándose en 967,95 euros (el SMI más su 50%) cuando tras el embargo de la hipoteca y su ejecución aún quedare cantidad de deuda por pagar.

Ahora trataré de resolver algunas de las dudas más comunes a la hora de enfrentarse a este tipo de situaciones:

1º. ¿Qué salario se debe computar? La regla de cuantificación se hace sobre el salario neto mensual, esto es el salario después de deducirle todas las cargas fiscales y sociales a las que esté sujeto.

Además hay que mencionar que si el trabajador percibe prorrateadas las pagas extraordinarias, ha de tomar el salario mínimo con inclusión de las mismas. Sin embargo, si recibe las pagas extraordinarias semestralmente, calcularemos por separado el salario ordinario de cada mes y, cuando toque, la paga extraordinaria.

2º. ¿Qué importes se deben incluir? En caso de que el trabajador sea beneficiario de varias percepciones, se acumularán sus cuantías para deducir de una sola vez la parte inembargable.

3º. ¿Qué ocurre si estoy casado? En cuanto al régimen matrimonial, éste goza de una vital importancia. Se acumulan los salarios, sueldos y pensiones, retribuciones o equivalentes de los cónyuges cuando el régimen económico que les rija no sea el de separación de bienes.

4º. ¿Es el mínimo en todo caso inquebrantable? No, los mínimos mencionados no son inquebrantables, y se podrán rebasar en favor del pago de alimentos al cónyuge e hijos en virtud de una sentencia, ya que el legislador ha querido dar preponderancia a estos valores.

Si aún después de todo esto te ha quedado alguna duda sobre esta materia que, por desgracia, es hoy en día tan habitual, házmela llegar a través de los comentarios y trataré de resolvértela.
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Categoría: Financiero y Tributario - Etiquetas: bermejo, calculo, deudas, ejecucion, embargo, financiero, hipotecaria, impagos, nomina, pension, salario, sanchez, smi, tributario.
745 comentarios en “Embargos de nóminas o salarios”

Escrito por susana palomino peña el 02/11/2012 en 14:29, que dijo:

Solicito informacion de embargo de nomina,cantidad de deuda son 2000 eur,y la nomina es de 683 eur.Desde que llevanotificacion de juzgado cuanto tiempo tarda en ponerse en contacto cn empresa.Como viene detallado en nomina y si en algun momento tengo que hacer uso de la nomina para financiacion etc esta inservible o no tiene nada que ver??? Un saludo gracias.
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 03/11/2012 en 13:58, que dijo:

Buenos días Susana. En lo relativo a cuanto se te podría embargar, te recomiendo usar la calculadora que tengo en la web: http://sanchezbermejo.com/herramientas/calculadora-de-embargos-de-nominas-y-salarios/ pero igualmente te informo que para unos ingresos de 683€ te podrán embargar aproximadamente y con los datos que me proporcionas, 12.48 €.

El tiempo que puede tardar el juzgado en comunicar el embargo a tu empresa pagadora es muy variable e imposible de predecir. Dependerá de la carga de trabajo del juzgado y de cuando parta la diligencia.

Por otro lado, la empresa te tendrá que facilitar un justificante de la transferencia abonada por el embargo o documento que acredite que ha cumplido la obligación impuesta en el embargo de tu nómina.

Finalmente, en cuanto al uso que le pudieras dar para obtener financiación dependerá de la entidad que te financie el querer aceptar o no esa garantía.

Un saludo.
Responder ↓
Escrito por mariano valle leon el 18/05/2013 en 11:33, que dijo:

y cuanto tiempo debe pasar si te embargan la nomina por un prestamo es decir debes estar pagando toda la vida ya q con lo q te quitan creo q solo pagas intereses gracias
Responder ↓
Escrito por laura el 13/06/2013 en 16:15, que dijo:

buenas tardes,
yo tengo una duda al respecto, haber si me puedes ayudar.
tengo un embargo de nomina, mi salario es de 1.341,31 € y me gustaria pedir una reduccion de jornada para que trabaje solo 6,5 horas.
me podrian seguir embargando el sueldo?
y otro punto es, respecto al punto tuyo que peqo aqui:
Además hay que mencionar que si el trabajador percibe prorrateadas las pagas extraordinarias, ha de tomar el salario mínimo con inclusión de las mismas. Sin embargo, si recibe las pagas extraordinarias semestralmente, calcularemos por separado el salario ordinario de cada mes y, cuando toque, la paga extraordinaria.

segun eso las pagas extras no se deberian de meter junto con el sueldo del mes;
a mi me dan 2 pagas una en junio y otra en diciembre y a la hora del embargo me suman las 2 cantidades y de hay me hacen el calculo para el embargo, estaria bien o tendrian que hacerlo por separado?

espero que me ayudes,
un saludo
laura
Responder ↓
Escrito por ROBER el 11/07/2013 en 15:08, que dijo:

hola tengo una deuda con la seguridad social,y yo en estos momentos no tengo trabajo,mi conyuge esta trabajando,le pueden embargar a ella la nomina si la fecha de la deuda es anterior a la fecha del matrimonio?si no se la pueden embargar,como es el escrito que he de hacer para que no se la embargen puesto que ya le llego la carta de embargo???
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 12/07/2013 en 14:48, que dijo:

Hola Rober, si la deuda es personal tuya, no debe afectar al patrimonio de tu mujer ni en el ganancial. Tendrás que reclamar en este caso al secretario judicial que decretó el embargo. Un saludo
Responder ↓
Escrito por jose el 28/11/2014 en 11:59, que dijo:

pero si estas en gananciales , si le pueden embargar la nomina al conyuge verdad? a mi me ha pasado
Escrito por David Sanchez Bermejo el 28/11/2014 en 12:01, que dijo:

Hola Jose, en principio sí, pero dependerá del caso concreto pues hay situaciones en las que no es así. Un saludo
Escrito por jose el 28/11/2014 en 13:01, que dijo:

a mi esposa le acaba de llegar una carta de tesorería que le anuncia el embargo de nomina por una deuda mia. tenemos 3 hijos y dos hipotecas asi que me preocupa la cantidad que puedan retener , ella cobra 1800 netos.tambien ceden a una empresa la gestión de la retención ?
Escrito por David Sanchez Bermejo el 28/11/2014 en 13:04, que dijo:

Hola Jose, la cantidad la podrás calcular tu mismo desde mi calculadora. Para más información, puedes escribirme directamente a david@sanchezbermejo.com . Un saludo
Escrito por sergi el 20/11/2012 en 15:51, que dijo:

Hola, mi duda es:
me estan embargando un 30% de lo que supera el 1º SMI, pero si a final del año, tenemos un Bonus por objetivos, como afecta al embargo a ese bonus?., es decir me embargaran el 30% (o más según el importe) de ese bonus, o se reparte el bonus entre los 12 mese y añade a los sueldos , quitando los porcentajes que hubieran resultado de ese nuevo suledo prorrateado.

gracias
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 20/11/2012 en 16:45, que dijo:

Hola Sergi.

El cálculo de lo que te van a embargar se realiza sobre lo efectivamente cobrado cada mes. Es decir, si un mes cobras un bonus, ese mes te embargarán más, pero no afectará al resto de meses en los que cobras tu salario habitual.

Un saludo
Responder ↓
Escrito por javier el 26/11/2012 en 12:35, que dijo:

hola tengo un embargo de 2000 euros y cobro 675 euros brutos, pero yo tengo comisiones segun haga (al rededor de 120 euros a 200).¿cual seria mas omenos la cantidad que me pueden embargar?
gracias un saludo
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 27/11/2012 en 17:54, que dijo:

Hola Javier.

Los embargos se calculan respecto a lo efectivamente cobrado cada mes. De manera que el mes que ganes 200€ de comisiones, te podrán embargar respecto un salario de 875€, aproximadamente 70,08€. Por el otro lado, si ganas 120€ de comisiones, te podrán embargar para un salario de 795 aproximadamente 46,08 €.

Un saludo.
Responder ↓
Escrito por Noe el 27/11/2012 en 17:13, que dijo:

Hola, ha llegado un embargo de nómina de 147 euros por no pagar la viñeta del coche. No tendría ningún problema en pagarla pero me comentan en la empresa que puede que después tengan problemas ya que a ellos les ha llegado la comunicación y deben embargarlo. El problema es que se me alargaría durante tres meses ese pago y preferiría dejarlo zanjado. Después del pago en el banco, ¿qué tendría que hacer para que la empresa no se vea obligada a realizar ese embargo?
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 27/11/2012 en 17:56, que dijo:

Hola Noe.

Tu empresa hace bien al retenerte la cantidad que debe embargarte. Si quieres saldar la deuda de una vez, deberás acudir al juzgado que lleva tu procedimiento de ejecución para instar ante el secretario que quieres pagar el resto de lo adeudado.

Un saludo.
Responder ↓
Escrito por Noe el 27/11/2012 en 18:19, que dijo:

No existe ningún juzgado de por medio, esta misma mañana he ido a Hacienda y me daban la carta de pago sin problema. De lo que me quiero asegurar es de que después desde Hacienda no les reclamen nada a mi empresa. Se trata de un impuesto.
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 27/11/2012 en 18:27, que dijo:

Hola Noe.

Si en la misma delegación de Hacienda te han dado la carta de pago, no creo que vayas a tener posteriores requerimientos por su parte, ni tú ni tu empresa. En caso de ser así, siempre podrás alegar con el documento de pago.

Un saludo.
Responder ↓
Escrito por Noe el 27/11/2012 en 18:36, que dijo:

Ok, muchas gracias
Escrito por Mari Carmen el 27/11/2012 en 22:58, que dijo:

Hola,tengo pendiente un embargo hipotecario y quisiera saber cual es el salario minimo interprofesional.Mi sueldo es de 1030 euros pero tengo pendiente para el proximo año una paga extra,cobraria 1030 de nomina y 1700 de paga extra.Voy a ser madre soltera en 2 meses y me gustaria saber si eso influye.Me comentaron que el minimo inembargable eran 961 euros pero no lo se con certeza.Gracias
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 28/11/2012 en 15:01, que dijo:

Hola Mari Carmen. El salario mínimo interprofesional está estipulado para el año 2012 en 641,40€, pero no es eso en lo único que debes fijarte. Si tu embargo hipotecario llegase a ejecutarse y aún con la vivienda ejecutada (subastada y vendida), te quedare parte de la misma por pagar, los mínimos cambian y sí estarían en torno a los 961€, si bien aquí hay que tener en cuenta más cosas, como las personas que vivan y dependan de ti.

En cuanto a lo de la paga extra, te van a embargar conforme a lo que efectivamente cobres cada mes. Si un mes ganas 1.030€ te van a embargar sobre esa cifra, y si otro mes tienes además la extra de 1.700€ te embargarán sobre 1.700+1.030.

Concretamente, si llegan a embargarte la casa y aún así te queda parte por pagar, teniendo en cuenta los datos que me has proporcionado y cuando nazca tu hijo/a, no te podrán embargar nada pues los 1.030€ están por debajo del mínimo. Ahora bien, cuando recibas la paga extra, te podrán embargar aproximadamente 631€.

Un saludo
Responder ↓
Escrito por Mari Carmen el 28/11/2012 en 16:16, que dijo:

Gracias por aclararme estas dudas,pero aun me gustaria preguntarte algo mas,¿esta deuda del prestamo hipotecario tiene un tiempo para que prescriba?porque me habian dicho que en 15 años.Y otra cosa,cuando mi hija nazca,ese dato ya figura para el embargo o yo tengo que hacer algun tramite?.
Un Salugo y gracias
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 19/12/2012 en 13:50, que dijo:

Hola Mari Carmen, siento la demora en contestar, no vi tu respuesta.

Sobre la prescripción precisamente he escrito recientemente un artículo en el blog que quizás pueda interesarte: http://sanchezbermejo.com/la-prescripcion-y-la-caducidad/

Sobre el tema de tu hija, tendrás que notificar a la administración cuando nazca para que puedan tener en cuenta que es una persona a tu cargo y así tratar de disminuir la cantidad que te pueden embargar.

Un saludo
Responder ↓
Escrito por francisco el 06/12/2013 en 12:05, que dijo:

Soy un jubilado de 75 años de edad,¿Me pueden embargar mi jubilación?
me gustaría que me aclarasen esta duda.
Escrito por David Sanchez Bermejo el 06/12/2013 en 12:29, que dijo:

Hola Francisco. Sí, pueden embargártela igual que si de una nómina se tratase, siguiendo las reglas de las que hablo en este mismo artículo. Un saludo
Escrito por Antonio Paredes el 19/07/2014 en 21:21, que dijo:

Creo que estas equivocado en lo referente al embargo de la cantidad a embargar el mes que corresponde con paga extra, ya que se suman dos SMI y de la cantidad restante se aplican los varemos correspondientes de 30% 50% etc
Es decir si el salario minimo interprofesional esta en 645
645×2=1290, esta seria la cantidad libre de embargo, todo lo que exceda estaría sujeta sujeta a los porcentajes de embargo

Un saludo
Antonio
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 20/07/2014 en 12:50, que dijo:

Hola Antonio, ¿podrías indicarme en qué ley se defiende lo que comentas? El artículo 607.3 de la LEC dice lo siguiente: “3. Si el ejecutado es beneficiario de más de una percepción, se acumularán todas ellas para deducir una sola vez la parte inembargable.” y en la práctica lo que me he encontrado es lo que defiendo aquí. Un saludo
Responder ↓
Escrito por Antonio Paredes el 21/07/2014 en 14:23, que dijo:

Te paso lo que dice al respecto una asesoria de gestion de empresas, asi como también sabrás que en el caso de tener solo 12 pagas y las extras prorrateadas en dichas doce pagas la cantidad a embargar no es el SMI si no que serian inembargable los primeros 752, 85 € , por esta regla de tres seria una injusticia el embargar mas cantidad a losmque no las tienen prorrateadas.

Copio y pego parte lo que dice una asesoria SanPer Asesores de gestión de empresas:

Tenemos que distinguir dos situaciones:

Las pagas extras no están prorrateadas en las nóminas: En este caso, en los meses sin paga extra el primer salario mínimo interprofesional será inembargable. En los meses con paga extra, se sumará el líquido de la paga extra y de la nómina y los dos primeros salarios mínimos (1.290,60 euros) serán inembargables. A partir de dicha cantidad, los porcentajes serán idénticos a los comentados.

Las pagas extras están prorrateadas en las nóminas: Para calcular los embargos, el primer tramo será el salario mínimo interprofesional prorrateado. Lo obtenemos multiplicando por 14 y dividiendo por 12 los 645,30 euros del SMI mensual. El resultado es de 752,85 euros. Entonces los primeros 752,85 euros no se podrán embargar. De los siguientes 645,30 euros, se embargará el 30%. El 50% de los siguientes 645,30 euros. Y así sucesivamente hasta llegar al 90%.
Escrito por David Sanchez Bermejo el 21/07/2014 en 17:15, que dijo:

Hola Antonio, comprendo la lógica de lo que dices, y así creo que debería ser, pero no es lo que indica la ley, y yo a ella me remito. Un saludo
Escrito por Francisco el 13/12/2012 en 17:39, que dijo:

Hola, debido al cierre de la empresa y como responsable de la misma , teniendo al cierre crédito bancario y créditos financieros de vehículos pendientes. La empresa en la que estoy desde hace 4 años , me esta reteniendo por orden del juzgado nº 1 un embargo y por el juzgado nº 2 dos embargos , mi salario oscila entre 900 y 1200 € , según el art. 607 me corresponde el embargo del 30% , pero me están haciendo el 30% en los 3, lo que supone el 90% . Esto esta bien así, o por el contrario tengo otro conocido con una situación similar, y la gestoría sobre le embarga el 30%, correspondiente a 1º y el resto tienen que esperar a que se termine este. Me indicar que es lo correcto por ley. Agradecido por su contestación . Saludos
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 15/12/2012 en 15:17, que dijo:

Hola Francisco. Lo correcto es lo que aplican a tu conocido, es decir, si un acreedor ya te embarga el máximo que se te puede embargar, el resto de tus acreedores deberán esperar a que termines de saldar su deuda.

Un saludo.
Responder ↓
Escrito por Francisco el 16/12/2012 en 16:12, que dijo:

agradecido por su contestación, pero el pasado día 14 fui a consultar a la secretaria de dicho juzgado, puesto que hay dos embargos en dicho juzgado, ella me indicó que es el 30 % por cada procedimiento , asi mismo le consulte sobre la rebaja del 10 al 15% al tener viviendo conmigo una hija que esta sin trabajo a mi cargo. Me pregunto la edad, tiene 20 años , me contesta que al ser mayor de edad no tengo derecho. Me pregunte a otra secretaria de otro juzgado me indica que lo procede es lo que vd. me indica. ¿que es lo que puede hacer, denunciar a la secretaria, acudir a un abogado, que me aconseja? Gracias.
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 16/12/2012 en 21:07, que dijo:

Hola Francisco. Sigo insistiendo en que el método correcto es el que te he comentado en mi anterior comentario. En ningún caso se te puede embargar más allá del mínimo inembargable. Si tienes más de un embargo de tu salario y te embargan más, tendrás que hacerle ver al secretario de los tribunales que tramiten tus embargos que éstos no pueden exceder del mínimo. En cuanto a lo de tu hija ya sí el tribunal tiene mayor criterio para decidir. En cuanto a las acciones que puedes realizar, si el secretario no te presta cuenta a tus reclamaciones, será que te pongas en contacto con un letrado de tu localidad y recurra el decreto del secretario que ordena el embargo.

Un saludo
Responder ↓
Escrito por miguel el 30/09/2013 en 11:09, que dijo:

me gustaria hacerle una pregunta, a mi me ha pagado el fogasa una cantidad importante y me la tiene retenida el juzgado de 1ªinstancia por una deuda hipotecaria de 12200euros .A mi me tiene retenido el juzgado 13600euros .me lo pueden quitar todo o la parte proporcional, sabiendo que yo estoy en el paro y divorciado y pago una pension de 500euros mensuales, me gustaria que me dijese que puedo hacer no puedo pagarme un abogado muchas gracias por su blog y por su ayuda
Responder ↓
Escrito por mari carmen el 19/12/2012 en 20:07, que dijo:

Donde debo ir exactamente cuando nazca mi hija?gracias por tu ayuda
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 21/12/2012 en 13:25, que dijo:

Hola Mari Carmen, tendrás que ir al juzgado que tramita tu deuda y comentárselo al secretario para que lo tenga en cuenta en tu expediente.

Un saludo
Responder ↓
Escrito por Mª José el 30/12/2012 en 13:33, que dijo:

Hola. Me pusieron una multa de tráfico en junio 2012 se notifico en casa de mi padre. Yo estoy actualmente en Francia y no me he enterado de nada. Me pueden embargar la nómina y si es así tienen que avisarte o no ? Muchas gracias
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 14/01/2013 en 16:12, que dijo:

Hola Mª José. Cuando intentan realizar una notificación y no consigue localizar a la persona, la multa se publica en los tablones oficiales de tu municipio o provincia, con lo que se considera que has sido informada.

De esta forma, me temo que no podrás alegar mucho y que sí, te podrán embargar la nómina por el impago de la multa.

Un saludo
Responder ↓
Escrito por Juan Carlos Lopez Cuenca el 19/04/2013 en 09:19, que dijo:

Hola buenos dias hace dos años pedi la capitalizacion de mi paro me la concedieron pero el negocio que monte con un amigo me fue mal ahora me pide que devuelva el dinero y me han embargado la nomina mi salario es de 899 euros y con pagas extras prorrateadas tengo hipoteca y familia pero tambien me embargan el coche yo estoy de acuerdo en que me embargue la nomina pero el coche se puede hacer algo para que eso no ocurra o si se puede llegar a alguna clase de acuerdo con la administracion la deuda es de 13007.06 euros
Responder ↓
Escrito por javier el 04/01/2013 en 18:32, que dijo:

Hola, tengo una duda sobre el embargo, tengo un contrato en España en calidad de expatriado a los Paises Bajos. Tengo un embargo de hacienda y cada mes me quitan un porcentaje dado. Si yo pongo a mi mujer y mi hijo junto en la seguridad social, dado que ellos no trabajan, se puede obtener una reducción del embargo por este concepto? y por otro lado, cuándo se modifica el porcentaje embargable si el bruto se mantiene y el IRPF cambia por otros conceptos.

Gracias de antemano.
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 14/01/2013 en 16:00, que dijo:

Hola Javier. Para que las personas que tengas bajo tu cargo sean tenidas en cuenta se debe tratar de una deuda de índole hipotecario y que se cumplan algunos otros requisitos, con lo que en principio no variará este concepto por ellos.

El porcentaje embargable sigue las reglas del artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que puedes encontrar aquí: http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l1-2000.l3t4.html#a607

Un saludo
Responder ↓
Escrito por David el 06/01/2013 en 16:27, que dijo:

Hola : Tengo una duda , si por ejemplo debo una deuda la cual no puedo pagar , porque estoy en paro y aun no tengo ingresos , si procedieran a un embargo nomina ya que es lo único que tengo cada mes , soy soltero y no tengo cargas familiares , pero estoy pasando por una mala racha , me gustaría saber , si se procediese un embargo cuanto me embargarían de una nomina de 961 euros . Muchas gracias , un saludo
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 14/01/2013 en 15:56, que dijo:

Hola David. En una nómina de 961€ te podrán embargar aproximadamente 95.88 €.

Un saludo
Responder ↓
Escrito por antonio el 14/01/2013 en 13:40, que dijo:

hola quisieraexponer mi caso. haber tengo una nomina de 1060 euros, y han llegado a mi empresa 2 embargos de 7.000€ y 22000 € respectivamente, mi pregunta es , ¿tengo que pagar la parte proporcioinal de los dos o solo de uno?, puedo hacerlo yo directamnete y no involucrar a la empresa??
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 14/01/2013 en 15:55, que dijo:

Hola Antonio. Si te realizan embargos de nóminas, le llegarán efectivamente a tu pagador (empresa), la cual deberá ingresar la parte correspondiente a tu sueldo embargable en la administración judicial que le indiquen, siempre sin vulnerar tu mínimo inembargable.

En cuanto a qué ocurre si hay más de un embargo, sólo te pueden embargar de uno a la vez, de manera que si han llegado dos, el primero de ellos es el que deberá ser pagado en primer lugar, para posteriormente cuando se termine de saldar la deuda, pasen a embargarte por el segundo.

Un saludo
Responder ↓
Escrito por paco el 15/01/2013 en 17:45, que dijo:

muy buenas cuanto me enbargaria un sueldo de 1165 euros netos y una compesacion economica de 240 euros ingresada tanbien como nomina total nomina 1165+240 -1405 euros muchas gracias
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 22/01/2013 en 22:13, que dijo:

Hola Paco, puedes introducir tu mismo los cálculos en mi calculadora: http://sanchezbermejo.com/herramientas/calculadora-de-embargos-de-nominas-y-salarios/

Para un salario de 1405€ te podrán embargar aproximadamente 253.52 €.

Un saludo
Responder ↓
Escrito por paco el 24/01/2013 en 19:57, que dijo:

muchisimas graciass
Responder ↓
Escrito por María el 18/01/2013 en 17:37, que dijo:

Hola, buenas tardes. He visto su página por casualidad y me gustado mucho, es usted muy claro. Aprovecho para contarle un problema y espero que me saque de dudas, que en este momento tengo muchas.
Mire, desde hace 10 meses tengo un embargo en la nómina. En dicha nómina van prorrateadas las pagas extra, también incentivos, etc. Los embargos se me han estado haciendo por meses completos, al tener las pagas extras, me salen los tramos de 748,30. El primer tramo es inembargable, del 2º me descuentan un 30% y así sucesivamente, según la escala indicada en el Juzgado.
Este mes de Enero, he terminado el contrato el día 16 y no acabo de entender las retenciones del embargo. Me explico, de 16 días tengo neta la cantidad de 1.524,41 y una retención por el embargo de 980,22. Yo estoy muy sorprendida pues supone casi un 65% del neto. Solo cobraré 562,19 . En la asesoría de la empresa me dicen que la nómina está bien, que cuantos menos días tenga para cobrar, más alto es el embargo.No lo entiendo. ¿Que clase de cálculo hace la asesoría? No me dan más explicaciones. Yo creo que no puede ser así. ¿Usted que opina? Muchas gracias.
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 03/02/2013 en 21:52, que dijo:

Hola Maria,

Sinceramente desconozco el cálculo que te realiza la asesoría, pero el embargo siempre va por el líquido de la nómina, no tienen nada que ver los días.

Un saludo
Responder ↓
Escrito por mari el 24/07/2013 en 20:08, que dijo:

debo una tarjeta de credito desde hace 2 años me pueden embargar la nomina o la casa
el importe es 1200 i gano yo 710
Responder ↓
Escrito por Guillermo el 22/01/2013 en 20:19, que dijo:

Buenas tardes
Mi nombre es julian y Sufrí un embargo en mi nomina de 422 euros al no poder hacer frente a unos pagos… En unos meses voy a pasar a cobrar 350 euros menos… Me van a seguir quitando la misma cantidad de dinero??? Debería comunicarlo al juzgado??? La orden de embargo es de una cantidad o es de un porcentaje que se calcula automáticamente??? Gracias anticipadas
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 22/01/2013 en 22:11, que dijo:

Buenas noches Julián, todas las preguntas que me realizas están en este mismo artículo. Si quieres saber cuánto te pueden embargar aproximadamente, te recomiendo que uses mi calculadora: http://sanchezbermejo.com/herramientas/calculadora-de-embargos-de-nominas-y-salarios/

Un saludo
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Escrito por Dolores el 24/01/2013 en 17:08, que dijo:

Buenas tardes, Ayer recibí la sentencia de un juicio que que celebró el banco con el que mantengo una deuda de 20000 y al que yo no asístí por no saber ni tan siquiera que estaba denunciado. De hecho en los anexos de la sentencia viene fotocopia de Correos en los que se pone que no se entrega el burofax y que se deja un aviso. Que yo no recuerdo haber recibido. Me condenan a pagar en unos diez días 26.000 y pico euros o me embargarán mis bienes, que lo único que tengo es el salario de la nómina que tengo desde hace un año que encontré trabajo.. He utilizado su calculadora mi salario es de 1400 y tengo dos hijas a mi cargo. En este cálculo vienen dos tramos que no entiendo y además, la sentencia dice que es firme y sin posibilidad de recurrir. ¿Cómo se puede celebrar un juicio sin que la otra persona se haya enterado, sin abogado? Me podría decir que debo hacer, si puedo hacer algo
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 24/01/2013 en 18:00, que dijo:

Hola Dolores,

Si las notificaciones del juzgado no te llegaron seguramente fueron publicadas también en los tablones de anuncios de tu provincia o municipio, con lo que pueden continuar el proceso sin que tu asistas al mismo.

Me temo que no podrás alegar gran cosa en tu situación y que el embargo de tu salario seguirá adelante.

En cuanto a los tramos, si tienes alguna duda en concreto estaré encantado en solventártela.

Un saludo.
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Escrito por Dolores el 25/01/2013 en 12:46, que dijo:

Muchas gracias por la primera aclaración. Además me gustaría, si puede ser, que me aclarara que son los dos tramos en el embargo.

Gracias.
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 03/02/2013 en 21:49, que dijo:

Hola Dolores,

Los tramos corresponden a lo que explica el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l1-2000.l3t4.html#a607), son una serie de porcentajes que se realizan en función de los ingresos que percibas y sirven para calcular lo que te pueden embargar.

Un saludo
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Escrito por JOSE el 31/01/2013 en 16:49, que dijo:

Hola David yo gano 1600€ limpios al mes y me estan embargando unos 350€ pero en las pagas no me tocan nada, las cobro siempre a mediados de mes, y en febrero tengo una paga de objetivos y ya el año pasado como va incluida en la nomina me quitaron todo, si yo pidiera que me hicieran la nomina por un lado y la paga por otro cobraria pa paga integra?como me pasqa en la pagas extras
La empresa me lo podria hacer si se lo pidiera?

Gracias
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 03/02/2013 en 21:32, que dijo:

Hola Jose.

Los embargos se realizan sobre lo que efectivamente cobres cada mes, independientemente de que sea en una sola nómina o en dos. Otra cosa es que les pueda costar más identificar tus ingresos, lo cual también dependerá de si tienes un embargo de cuentas corrientes o directamente de salarios y rentas. Pero lo correcto es que te embarguen por ambos conceptos conjuntamente.

Un saludo
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Escrito por JOSE el 04/02/2013 en 12:38, que dijo:

Llevo 2 años con el embargo y en las pagas nunca me han embargado nada, eso es normal?
Porque por lo que me dices me las tendrian que embargar tambien
Por eso te preguntaba si pide que la paga de beneficio me la den en otra nomina si me la quitarian tambien?

Y sobre todo la empresa si se lo pido tendria que hacerme dos pagos? uno con la nomina y otro con la paga de beneficio
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Escrito por Marta el 31/01/2013 en 21:20, que dijo:

Hola me embargaran la nómina en breve yo cobro salarió base más plus de transporte más comisiones variables… De q me quitarían el embargo de todo el neto? Gracias
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 31/01/2013 en 22:13, que dijo:

Hola Marta, el embargo te lo realizarán sobre todo el importe neto en su conjunto.

Un saludo
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Escrito por jose el 31/01/2013 en 22:07, que dijo:

hola david estoi en el paro i cobro 924 me quieren embargar ,pero mi pregunta es segun e leido el smi 2013 en españa se basa en 14 pagas anuales pero a mi estando en el paro no me pagan 14 sino 12 al año eso quiere decir q se me aplicara de 12 pagas anuales o no ..?. tambien pone q puedo poner un recurso de revision en el plazo de cinco dias ante el secretario q lo dicto … me recomiendas q lo recurra o es perder el tiempo ? crees q recurriendo lo paralizare i ganare mas tiempo i asi me librare algun mes mas antes q me embarguen es q en abril se me acaba el paro es por ganar tiempo q me recomiendas ? gracias .
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 31/01/2013 en 22:12, que dijo:

Hola Jose. El SMI en 2013 está en 645,30 € mensuales, independientemente de que tengas 12 o 14 pagas.

En cuanto al recurso, si bien ganarás tiempo, seguramente te acabarán cobrando las costas asociadas al recurso, así que deberás valorar qué te sale más rentable.

Un saludo
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Escrito por ALIENA el 03/02/2013 en 16:51, que dijo:

Buenas tardes, tengo una duda, como reacciona la empresa cuando le notifican que debe aplicar un embargo en la nómina de uno de sus trabajadores?
Yo no puedo pagar varias tarjetas de crédito desde hace mas de tres meses, tengo una hipoteca y mis hijos han perdido el trabajo, por lo que he dejado de pagar lo que me ha parecido más oportuno, pero no paran de llamarme por teléfono para amenazarme.
supongo que no tardarán en embargarme la nómina….
Gracias.
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 03/02/2013 en 21:27, que dijo:

Hola Aliena. Cuando a tu empresa le llegue la orden de embargo tendrá que realizar los pagos al juzgado reteniéndote la parte que te pueden embargar, siempre respetando los mínimos, de tu nómina.

Un saludo
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Escrito por ALIENA el 04/02/2013 en 15:28, que dijo:

Hola de nuevo,
Si una persona no puede pagar un crédito, o tarjetas como es mi caso, y las entidades financieras te llevan a juicio, evidentemente lo pierdes, las tasas judiciales que esto genera, también te las pueden cobrar embargando de la nómina?
Gracias
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 04/02/2013 en 18:00, que dijo:

Hola Aliena, las tasas judiciales se suelen incluir en forma de costas del proceso. Costas que además suele pagar la parte que pierde, en este caso, serías tú, ya que estas costas se adicionarían a lo que debas por la deuda más los intereses.

Un saludo.
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Escrito por ana el 06/02/2013 en 03:35, que dijo:

Buenas noches!!
Mi situacion es la siguiente,, mi marido tiene un embargo de costes de abogados de una cantidad de 25000€ de una vivienda que le embargaron cuando se separo de su ex y tiene dos hijos con ella que le pasa una manuntencion de 440 € ,ella esta en paro nos dice que el embargo es solidario por tanto lo tiene que pagar el ya q ella se niega a pagar.Nosotros tenemos 3 hijos menores de 10,7 y1 año a mi se me termina el plan prepara y la verdad q nos estamos agobiando un poco.El cobra al mes 1552€ y tiene 3pagade 700€ y una bolsa de vacaciones de 800 euros todas las cantidades en neto.
Quisieramos saber que cantidad es la que le tienen que proceder a embargarle y si le tienen que tener en cuenta los: hijos y la manuntencion que pasa en concepto de alimentos?y a quien nos tenemos que dirigir para cambiar la cantidad embargada al juzgado o a la empresa?
Ya que en meses anteriores le han embargado 500€ ya que trabajo dias extras y gano 1900€;Muchas gracias
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 11/02/2013 en 21:27, que dijo:

Hola Ana,

Para un salario de 1.552 le podrán embargar a tu marido 324,29€. Sobre cuánto le podrán embargar al recibir las pagas extras, te recomiendo que uses mi calculadora para averiguarlo: http://sanchezbermejo.com/herramientas/calculadora-de-embargos-de-nominas-y-salarios/
Por ejemplo para un salario de 1.900€ efectivamente lo que le pueden embargar está cerca de los 500€ que mencionas: 498.29 €.

En cuanto a quién te tendrías que dirigir, sería directamente al juzgado, concretamente al secretario que decretó el embargo.

Un saludo
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Escrito por belen el 11/02/2013 en 01:20, que dijo:

buenas noches tengo una srie de dudas mi marido es eutonoo y tiene una empresa con deudas en hacienda y ss. yo soy asalariada en otra empresa me pueen embargar a mi sus deudas y si es asi cono tengo que hacer.pues la verdad mi nomina es muy peqeña . me gustaria. que me informarais pues no tengo ni idea por donde empezar
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 11/02/2013 en 21:19, que dijo:

Hola Belén.

Si estais casados en regimen de bienes gananciales y la deuda es ganancial, podrán embargarte a ti también por sus deudas. Eso sí, siempre en el embargo deberán respetar los mínimos de inembargabilidad de los que hablo en este mismo artículo.

Un saludo
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Escrito por maria el 11/02/2013 en 21:10, que dijo:

por favor necesito una aclaracion tengo dos embargos en mi nomina y quiero saber si me ponen alguno mas q hacer ya que son por deudas de mi exmarido y encima que no me pasa pension que estoy sacando a mis hijos yo solas me faltaba esto por favor alguien me puede ayudar gracias
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 11/02/2013 en 21:14, que dijo:

Hola Maria. Lo que te embargan debe respetar los límites de los que hablo en este artículo, independientemente de cuantos embargos tengas. Si por ejemplo cobrases 1.000€, te podrían embargar 106.41 €. Si el primero de tus embargos ya te quitase esa cantidad, el segundo tendría que esperar a que saldases por entero la primera deuda. Y así sucesivamente, el tercero tendría que esperar a que terminases de pagar la segunda deuda.

Un saludo
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Escrito por Alberto el 12/02/2013 en 15:21, que dijo:

Hola, tengo un salario de 2.500 euros mes, actualmente me quitan dos embargos, el primero es de 800 euros y pico, del restante se cobran el segundo embargo que es de cerca de 400 euros.
Total, me están embargando la mitad de mi salario por los dos embargos.
¿Es esto correcto?, en el trabajo me dicen que es así.
Gracias
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 12/02/2013 en 16:02, que dijo:

Hola Alberto. Para un salario de 2.500€ te pueden embargar a lo sumo, aproximadamente, 854.7 €. Si te están quitando más de lo que te corresponde tendrás que acudir al juzgado que decretó tu embargo y decirle al secretario que revise tu caso.

Un saludo
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Escrito por aziz el 12/02/2013 en 16:38, que dijo:

soy padre de tre hijas y un hijo y pregonto que me pueden embargar de una nomina que no llego a 1200euros y la mujer no trabaja ni cubra prestacio y tengo una ejecucion epotecaria y ha subastado el piso y dicen entre los entereses y los gastos me gedo con una deuda de casi 100 000 euros mas los gastos de la comonidad y de l ayudamento y hecho un avogado y ma cobrado 2400 euros y no me aclara nada que me recomendas sr david?
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 12/02/2013 en 16:57, que dijo:

Hola aziz,

Para un salario de 1.200€ y con 5 personas a tu cargo, en el supuesto que me has planteado de la ejecución de tu vivienda, no te podrán embargar nada de la nómina pues el salario mínimo en tu caso es superior a la cantidad que ganas.

Un saludo
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Escrito por ana el 12/02/2013 en 16:49, que dijo:

Muchas gracias Sr.David pero no se tienen en cuenta q tiene una manuntencion para sus otros hijos? Y por hijo a cargo hay ademas un tanto por ciento que no se puede embargar ademas del minimo inembargable,un saludo y muchas gracias
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 12/02/2013 en 16:55, que dijo:

Hola Ana,

Lo que comentas solo es válido cuando la deuda es por una hipoteca ejecutada de la que te queda parte de la misma por pagar. Creo haber entendido que no era tu caso.

Como mucho, el secretario judicial puede, si lo ve oportuno, reducir el embargo en un 10% por la situación familiar.

Un saludo
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Escrito por aziz el 12/02/2013 en 17:13, que dijo:

hola sr david muchas gracias que puedo hacer con el l abogado que ma inganiado en este 2400 euros que cetado de la comida de mes ninios y estoy pagando l alqueler de 400euros y otra pregonta sr david la ceuta donde me engresan la nomina me la pueden embargar o no?
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 12/02/2013 en 17:17, que dijo:

Hola Aziz. Si tienes problemas con el servicio que te ha prestado el abogado podrás reclamar ante los tribunales en otro asunto civil, según las características concretas del asunto litigioso.

En cuanto a si te pueden embargar la cuenta, la respuesta es sí. De hecho, antes que la nómina, se suelen efectuar los embargos de cuentas corrientes.

Un saludo
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Escrito por ALIENA el 13/02/2013 en 09:51, que dijo:

Hola de nuevo David,

Creo que una persona física puede declararse en suspensión de pagos por estar sobre endeudado…..(creo que es muy caro el proceso)
Yo no puedo con todas mis deudas, hipoteca y tres tarjetas de crédito, por problemas personales, pero NO, por haber perdido el trabajo, sigo trabajando gracias a Dios, lo único que no me alcanza el sueldo.
Crees que en mi caso sería mejor declararme en bancarrota? es posible ? o es mejor dejar que me embarguen la nómina que es lo único que tengo?? Mi sueldo es de unos 1500 euros/mes en verano y 1000 en temporada baja. Tres pagas extras al año
Por último decirte que no es posible la reunificación de deudas, pues ninguna entidad me lo acepta.
Llevo tres meses sin pagar las tarjetas de crédito, cuanto tiempo aprox. pueden tardar en ejecutar un embargo???
Muchas gracias
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 17/02/2013 en 11:18, que dijo:

Hola Aliena,

En tu caso lo mejor será que te pongas en contacto con un letrado de tu localidad para que pueda estudiar con profundidad tu situación y cuales son las mejores alternativas de las que dispones.

En cuanto al tiempo para ejecutar el embargo, dependerá de la administración judicial que lleve tu caso, es muy difícil decir un tiempo aproximado.

Un saludo
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Escrito por David el 17/02/2013 en 02:13, que dijo:

No me quedo claro lo fe los tramos del embargo lo demas esta estupendo.Gracias.
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 17/02/2013 en 11:03, que dijo:

Hola David, ¿En qué te quedaron dudas?

Un saludo
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Escrito por David el 18/02/2013 en 21:30, que dijo:

Bueno te explico tengo hipoteca de 240.000 euros yo cobro 1045 euros y mi mujer parecido me gustaria saber al mes cuanto nos podrian embargar ya que el banco se a negado rotundamente a negociar , todabia no debemos nada pero la situacio se agraba por momentos y pronto no podremos hacer frente, para saber a que atenerme. Gracias
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 20/02/2013 en 20:46, que dijo:

Hola David,

Si ambos ganáis lo mismo, y estais casados en régimen de gananciales, para unos ingresos de 2090€ os podrán embargar aproximadamente 608.7 € en total.

Un saludo
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Escrito por David el 21/02/2013 en 00:05, que dijo:

Estamos casados en separacion de bienes pero supongo que no habra mucha diferencia.Gracias. Un saludo.
Escrito por David el 21/02/2013 en 00:12, que dijo:

Y si estariamos casados en separacion de bienes habria diferencia? un saludo y gracias por tu paciencia.
Escrito por David Sanchez Bermejo el 21/02/2013 en 00:15, que dijo:

Hola David.

La cosa sí cambia bastante. En primer lugar habrá que saber la titularidad de la deuda. Si está a nombre de uno sólo de vosotros, con unos ingresos de 1.045€ le podrán embargar al titular 119.91 € aproximadamente. Si la deuda está a nombre de los dos y ganáis ambos como hemos dicho antes la misma cantidad, os podrán embargar a cada uno 119.91 € aproximadamente.

Un saludo
Escrito por David el 25/02/2013 en 20:30, que dijo:

El echo de haber comprado el piso antes de casarnos influye en algo?
Escrito por David Sanchez Bermejo el 04/03/2013 en 14:35, que dijo:

Siendo propiedad de los dos, no. No influye en nada. Un saludo
Escrito por David el 11/03/2013 en 11:25, que dijo:

Buenas David he estado en el registro civil para asegurarme del estado y no consta nada ni gananciales ni separacion de bienes, creo que si vamos al notario podriamos cambiarlo pero ¿me valdria hacerlo ahora para que el embargo seria como en separacion de bienes? gracias por tu gran ayuda. Un saludo
Escrito por David Sanchez Bermejo el 13/03/2013 en 18:39, que dijo:

Hola David,

Depende de donde residas pero por regla general, si no pone nada en el registro, estarás en el regimen de bienes gananciales. No te servirá cambiar ahora la forma del matrimonio puesto que la deuda se ha contraído anteriormente.

Un saludo
Escrito por David el 14/03/2013 en 13:43, que dijo:

Por lo que veo tengo pocas opciones para salir lo menos perjudicado. Gracias David.
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Escrito por David el 17/03/2013 en 22:07, que dijo:

Vivo en Navarra, pero no se habria alguna manera de modificar mi situacion para que nos embargen como en separacion de bienes? no se, modificar el matrimonio o algo. Mil gracias de nuevo David.
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 23/03/2013 en 13:34, que dijo:

Como te comenté, si la deuda la has contraído en un determinado régimen, da igual lo que hagas posteriormente.

Un saludo
Escrito por belen el 18/02/2013 en 02:11, que dijo:

buenas noches queria hacerte la siguiente spreguntas.
lllevo 20 años trabajando en una empresa pido una escedencia de cuatro años y me pongo de autonoma y cobtraigo una deuda con la ss me vuelvo a incorporar a mi empresa .pue se me acaba la escedencia. y sigo trabajanndo con un nomina embatgada por la ss.cuando llegue la fecha y el tiempo pa cobrar la jubilacion la cobrare por la empresa? y si sigo teniendo algun resto dedeuda
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 18/02/2013 en 21:03, que dijo:

Hola Belen,

La pensión de jubilación la cobrarás normalmente, pero te embargarán la parte que corresponda utilizando las tablas de embargabilidad, igual que un salario normal.

Un saludo.
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Escrito por Angel Lascano el 18/02/2013 en 20:54, que dijo:

Hola:
Un agradecimiento por su labor, me gustaria que me ayuden, me han aplicado un embargo salarial y no se que cantidad corresponde ser retenida, partiendo que mi salario bruto es de 1800 euros, gracias por su atencion.
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 18/02/2013 en 21:02, que dijo:

Hola Angel,

El embargo se calcula sobre el salario neto. Tú mismo podrás saber la cantidad utilizando en mi calculadora http://sanchezbermejo.com/herramientas/calculadora-de-embargos-de-nominas-y-salarios/ dicha cantidad.

Un saludo
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Escrito por LuisMartinez el 19/02/2013 en 19:57, que dijo:

Hola David,

Ya he leído algo referente al embargo de los bonus. Si yo tuviera un bonus anual que supone el 30-40% del sueldo total del año y mi sueldo neto mensual (sin contar el bonus) es 1.500 euros, ¿es posible que la totalidad del bonus fuera embargado o al menos un porcentaje elevado?. Supongamos que el bonus me lo ingresan el 15 de Diciembre (al margen de la nómina que es a finales de mes), ¿me considerarían el cálculo del bonus como embargable por sí solo, es decir, de lo que me tuvieran que ingresar el 15 de Diciembre me hacen los cálculos del SMI más los porcentajes del 30% añadidos por tramos, y de eso me embargan una cantidad determinada?.

Supongamos que el bonus son 4.000 euros ¿me embargarían directamente casi 3.000 euros y me quedaría el bonus en unos 1.000 euros o meterían el bonus en el total anual y me embargarían mucho menos?. Otra pregunta relacionada con el bonus. Obviamente yo quiero pagar mis deudas pero no quiero que me lleven la casi totalidad del bonus, ¿existe alguna forma de evitarlo?. Lo pregunto pq supongo que al ser el bonus una paga atípica y el juzgado no conoce si tengo derecho a bonus ni la cantidad, ni siquiera sé yo la cantidad que cobraré de bonus ese año, ¿es posible hacer algo?. Por ejemplo, ¿sería posible hablar con la empresa y decir que te hagan un cheque por el importe del bonus para que así no te lo quiten casi todo?. ¿Les puede suponer algún problema para la empresa a nivel legal o judicial?. ¿Se puede negar?. ¿Conoces casos que se haya podido hacer -el pago del cheque para cobrar bonus-?. Es que es prácticamente imposible conocer la cuantía (ni yo, ni la empresa, ni el juzgado, etc) que se recibe de bonus porque es un variable que puede oscilar mucho de un año a otro. Es que es incluso mejor ya que es más fácil negociar quitas diciéndole al banco acreedor que les pagas una cantidad X y si la aceptan liquidas tu deuda a que te quiten el 100% del total de la deuda más el 30% de costas e intereses añadidos. Por eso, prefiero ahorrar el bonus 2 o 3 años y luego negociar una quita.

Y luego, ¿15 días después del pago del bonus me volverían a embargar la parte del sueldo correspondiente también no?.

Gracias.

Saludos.
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 20/02/2013 en 20:44, que dijo:

Hola Luis,

La ley establece que si eres beneficiario de más de una percepción, se acumularán todas ellas para deducir una sola vez la parte inembargable. De manera que el embargo se contabiliza sobre lo que efectivamente ganes cada mes. Si un mes cobras el bonus, entiendo que el cálculo de inembargabilidad se calculará sobretodo lo que ganes ese mes.

Un saludo
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Escrito por LuisMartinez el 24/02/2013 en 13:55, que dijo:

Hola David,

Gracias por la respuesta. Pero vamos a ponernos en una determinada situación. No sólamente yo no conocería la cuantía del bonus, sino que tampoco la empresa, ¿cómo puede un acreedor o juzgado conocer cuánto se tiene que embargar si la propia empresa o el trabajador no conoce el importe del bonus hasta días antes de cobrarlo (ya que es en %)?. Y si además tenemos que el bonus se cobra (por decir algo) el día 15 de un mes al año y las nóminas son siempre a fin de mes, ¿cómo puede enterarse el acreedor o es que la empresa tiene la obligación legal si no lo hace todo correctamente de tener algún conflicto legal?. Lo digo porque si hacen eso que dices, el mes de cobro del bonus se están llevando el 90% de lo ingresado ese mes y claro a nadie le gusta estar trabajando durante 1 año para obtener un bonus que luego te lo vayan a quitar. Sé que se van a pagar las deudas pero el no tener embargado el bonus te permite negociar quitas posteriormente (por ejemplo, el famoso 30% de costas, intereses, que le meten a las deudas).

¿Se podría hablar con la empresa para que te paguen el bonus no por la cuenta corriente sino de otra forma (por cheque por ejemplo)?. ¿Conoces casos así?.

Saludos.
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 25/02/2013 en 18:27, que dijo:

Hola Luis,

Si el embargo que tienes es de nóminas, tendrá la obligación de retenerte tu pagador, así que este sabrá en el momento de abonarte la cuantía lo que te ingresa y lo que te debe retener.

Un saludo
Responder ↓
Escrito por LuisMartinez el 25/02/2013 en 19:07, que dijo:

Hola David,

Pero para terminar porque no me terminan de quedar claros los conceptos cuando dices “si el embargo es de nóminas”. ¿Se considera un bonus como parte de una nómina o es un extra o tiene otro tipo de adscripción diferente?. Es decir, si se cobra en fecha diferente a las nóminas, si no se sabe la cuantía ni el % del bonus, ni se sabe si se va a cobrar o no (si es por objetivos), ¿el bonus entra dentro del concepto de nóminas y es embargable o no entra dentro de él y es inembargable bajo estos supuestos que digo?.

Es decir, se embarga la cuantía que debe ingresarse mensualmente en mi cuenta corriente de una nómina a fin de mes, o se embarga la totalidad del año (incluyendo el bonus) dividido por 12 y aplicándole las escalas (mínimo no embargable, 30%, etc)?. Porque de ser por el primer caso, me podrían quitar el 80-90% del bonus. Si es por el 2º, no porque iría sobre el bruto total anual.

Gracias y perdona la insistencia,

Saludos.
Escrito por David Sanchez Bermejo el 25/02/2013 en 20:15, que dijo:

Hola Luis,

Los embargos se computan mensualmente conforme a lo que cobras cada mes. Cuando me refiero a embargos de nóminas lo digo así para diferenciarlo del embargo de cuentas corrientes, pero al decir nóminas incluyo, y cito a la ley: “Los salarios, sueldos, jornales, retribuciones o pensiones..” es decir, se incluirían tus ingresos por objetivos. Cuando cada mes sepas lo que vas a ganar, tu pagador, si el embargo es de nóminas, tendrá la obligación de retenerte lo necesario para cumplir con la escala que estipula el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Espero que ahora sí te quedase claro.

Un saludo
Escrito por LuisMartinez el 26/02/2013 en 16:06, que dijo:

Todo claro. Gracias. Saludos.
Escrito por rebeca el 20/02/2013 en 13:51, que dijo:

Le puedo proponer a mi empresa que me pague el sueldo en dos nominas? una en concepto de horas? para que me embarguen menos cantidad
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 20/02/2013 en 20:40, que dijo:

Hola Rebeca,

Aunque así fuera, te tienen que embargar por lo que efectivamente cobras cada mes, así que el embargo debería ser el mismo.

Un saludo
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Escrito por CARMEN el 21/02/2013 en 20:28, que dijo:

HOLA MUY GUENAS TARDES ERA PARA HACERTE UNAS PREGUNTAS SOBRE UN EMBARGO K ME VAN HACER POR CAUSA DE UNA VIVIENDA SOY MILITAR Y MI SUELDO ESTILA SOBRE LOS 950EE Y ME GUSTARIA SABER CUANTO ME VAN A SQUITAR APROX
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 21/02/2013 en 23:44, que dijo:

Hola Carmen,

Con los datos que me has facilitado, con unos ingresos de 950€ te podrán embargar aproximadamente 91,41€.

Un saludo
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Escrito por CARMEN el 22/02/2013 en 12:47, que dijo:

muxas gracias por responderme pero antes de embargarme me congelaran la cuenta y si lo hacen cuanto tiempo seria o el embargo se produce desde la nomina como es del ministerio de defensa, y si a los 950 se le une una ayuda que cobro de180 tambien la embargan. muxisimas gracias!!!!!!
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 25/02/2013 en 17:52, que dijo:

Hola Carmen. En cuanto al tiempo que tardarán es muy difícil saberlo pues dependerá de la administración que lo tramite.

El embargo puede ser de cuentas bancarias o de nóminas, si es de nóminas, te embargaría tu pagador, en este caso, el ministerio.

Y sí, para el cálculo del embargo deberian sumar todos los importes que recibas, nóminas y ayudas.

Un saludo
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Escrito por Juan Mendoza el 21/02/2013 en 20:42, que dijo:

Tu salario: 1800
El mínimo inembargable es 1548.72 €
La diferencia de lo que cobras respecto del mínimo es 251.28 €, calculando tramos…
Embargado en el primer tramo: 75.384
Total embargado: 75.384 €
HOLA DAVID, mira, entiendo que la cantidad que me quedaría del sueldo neto sería 1548,72 €; que sólo me quitarian 251, 28 €; si tengo 3 personas (esposa con gananciales) y dos hijos adultos de 34 y 33 uno estudiando todavía carrera y la otra licenciada en el paro y agotado, sin cobrar nada, que viven todos conmigo y comen de mi sueldo. Pago 550 de alquiler, pues me embargaron la casa y todavía me piden 104.000 €, más 30.000 de costas.
No entiendo tampoco lo del primer tramo embargado y ese total de 75.384 que marca la calculadora.
Y también he entendido, que si tengo más embargos, se tendrán que esperar a cobrar, cuando termine con el primero ¿no?
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 21/02/2013 en 23:46, que dijo:

Hola Juan,

Lo que te embargarán será lo que señala la calculadora en el “Total embargado”, es decir, en tu caso, 75,38€ aproximadamente. Con lo que la cantidad que te quedaría neta será tus 1.800 menos esa cifra.

Lo de los tramos se refiere a los tramos que exige la Ley de Enjuiciamiento Civil para el cálculo del embargo, a efectos prácticos lo único que necesitas saber es el total, que será lo que te deben retener.

Y efectivamente, si tienes más embargos, te podrán embargar, pero si con tu primera deuda ya te están reteniendo el máximo posible, tendrán que esperar el resto de embargos a que termines la primera deuda.

Un saludo
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Escrito por Juan Mendoza el 22/02/2013 en 18:46, que dijo:

Muchísimas gracias David. al tener tres cifras tras cero, creía ver 75 mil, 384 euros.
Me dijeron que embargan el 30 % de la nómina y temía que la cantidad embargada fuera de casi 500 euros, que es lo que sale de quitar el 30 % a 1800.
Y… ¿cómo sabrá el Juez cuántos familiares tengo a mi cargo para aplicar el baremo?
¿Acaso me citará el Juez antes de aplicar el embargo, para aclarar esos términos?
¡Ah, Ojalá fueran esos 75,38 euros lo que me quitaran, ya firmaría yo, ahora mismo!
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Escrito por francisco javier el 22/02/2013 en 13:02, que dijo:

hola mi situacion es dificil de resolver soy pensionista de una incapacidad permanente absoluta devo una deudas de unos 2000 euros me an puesto en moroso cobro una pension de 631 euros y no puedo acer frente alos pagos solo dependo de mi paga no tengo bienes ni nada me pueden embargar mi pension ya que tengo otras obligaciones y no me he negado a pagar y quiero acer unos pagos pequeños pero ellos me dicen que no tienen que ser lo que ellos pidan hay alguna solucion gracias
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 25/02/2013 en 17:54, que dijo:

Hola Francisco Javier,

Tu pensión está por debajo del mínimo, así que no te podrán embargar nada de la misma.

Un saludo
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Escrito por Juan Mendoza el 22/02/2013 en 21:13, que dijo:

DAVID, ¿hace falta Procurador y Abogado para hacer el Recurso de Revisión (del que me piden 20 euros de tasa) para darle a conocer al Juez que tengo mujer y dos hijos a mi cargo y estudiando. O, simplemente personarme y hablar con el seceetario judicial y decírserlo? ¿Supongo que el Recurso de Revisión será para eso, o no? ¿Puedo hacerlo yo mismo y prsentarlo en Secretaria del Juzgado?
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 25/02/2013 en 18:07, que dijo:

Hola Juan, para darle a conocer la situación al juzgado lo mejor es que te dirijas tú directamente al secretario judicial que lleva tu caso para que sepa todo lo que acontece al mismo.

Un saludo
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Escrito por Juan el 25/02/2013 en 20:17, que dijo:

Muchas gracias, amigo David. Así lo he hecho y me ha dicho que le haga un escrito, con una copia de la declaración de renta (para certificar que mi mujer está en casa y no trabaja) y un certificado del Paro de mi hija, que es Bióloga y está en paro y en casa, y un certificado de la Universidad de mi hijo, como que está estudiando y ya está.
Gracias por todo.
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Escrito por Emilio el 23/02/2013 en 20:07, que dijo:

Hola.
Me van a hacer dos juicios monitorios una misma empresa por dos créditos que pedí. Tengo una pensión de 1069€, mi pregunta es la siguiente:

¿Me embargarán los dos créditos con base a 1069€ o me embargarán uno con base a 1069€ y el otro con base del dinero que resulte de restar el primer embargo a los 1069€?.

Gracias por su respuesta y felicidades por esta web.
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 25/02/2013 en 18:23, que dijo:

Hola Emilio.

Te embargarán ambos teniendo en cuenta los 1069€, si bien tendrán que respetar los mínimos de inembargabilidad, de manera que si el primer embargo ya te retiene todo lo que te pueden retener, el segundo tendrá que esperar a que saldes la primera deuda para poder embargarte.

Un saludo
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Escrito por Paula el 25/02/2013 en 16:23, que dijo:

Buenas tardes,

Tengo dudas acerca de como tratar los embargos en la declaración de la renta.
En el caso en cuestión, hay un salario base de unos 2300, pero netos tras retenciones y embargo, quedan unos 1150 euros.
En este caso, se debe tener en cuenta los 2300 para la obligacion de realizar la renta o el neto cobrado?
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 04/03/2013 en 14:33, que dijo:

Hola Paula.

Debes tener en cuenta el salario base, en renta tributas por tus rendimientos del trabajo, sin tener en cuenta el destino de esos rendimientos.

Un saludo
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Escrito por Fernando el 28/02/2013 en 09:53, que dijo:

Buenos dias
hace unos dias, llego un embargo de nomina a la empresa en la que trabajo, he ido a renegociar la deuda para pagarla fraccionada, pero me han dicho que tarda unos dias, el caso es que en esos dias me pagan la nomina, lo que queria saber es si la empresa puede esperar un plazo para realizar el embargo de nomina, para que me de tiempo a que me den el fraccionamiento y que no afecte e este mes si no al siguiente, ya que faltan pocos dias para el pago o si tiene que ser inmediato?, y si en el caso de que espere, si le pasaria algo a la empresa por no aplicarlo, ya que en un par de dias, segun el trabajador de la seguridad social, tendre el fraccionaiento y la detencion del embargo
Gracias de antemano
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 04/03/2013 en 14:04, que dijo:

Hola Fernando,

La empresa tendrá que acatar lo que la notificación de embargo el diga para no tener problemas. Igualmente lo que te embagará tu empresa será una parte de tu salario, con lo que te servirá como pago fraccionado ya que la deuda aminorará. Para futuras mensualidades entiendo que ya podrás aplicar lo que hayas negociado.

Un saludo
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Escrito por Mariano el 01/03/2013 en 02:57, que dijo:

Hola. Tengo un misero sueldo minimo de 715€ y me han embargado la nomina por ni se que multa de todas o porque… pero el caso que el mes pasado he visto yo la nomina con 78 euros menos…. por embargo nominal. Es cierto que me pueden llegar a quitar todo? Gracias.
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 04/03/2013 en 14:02, que dijo:

Hola Mariano,

Como mucho te podrán quitar los porcentajes que explico en este mismo artículo. Para unos ingresos de 715€ según la escala de embargabilidad, te pueden embargar aproximadamente 21€.

Un saludo
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Escrito por Raúl el 05/03/2013 en 04:32, que dijo:

Buenas noches David. Comento mi caso. Tengo una vivienda compartida con mi expareja la cuál ya no estamos juntos desde hace un año y medio, no matrimonial. Como digo, llevamos un año y medio sin estar juntos y este año y medio él no ha pagado nada de nada respecto a la vivienda, yo he echo frente a todos los pagos de hipoteca cada mes. Quiero dejar de pagar porque tampoco quiero la vivienda ya que en este año no la he podido vender ni alquilar. Tengo una deuda de 176.00 euros con el banco y ya no puedo hacer frente yo solo a pagar la hipoteca. Cobro 800 euros y he intentando negociar con el banco seis veces y solo se agarran a que al estar mi nómina no se puede hacer nada, ni dación de pago, ni extensión de condominio… en fin… ¿Qué pasaría si dejo de pagarla? ¿Qué me embargarían, ya que no tengo nada a mi nombre solo mi nómina y mi hipoteca?. Recordar que cobro 800 euros y que pasaría para el futuro. Necesito su respuesta porque no puedo más y al leer todos sus comentarios me han facilitado ayuda menos con mi situación. Un cordial saludo.
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 05/03/2013 en 11:38, que dijo:

Hola Raúl,

Con un salario de 800€ te podrán embargar aproximadamente 46,41€. Eso sí, también exigirán el pago al otro propietario embargándole a él, así como a los avalistas que responderán también por los impagos.

En cuanto al futuro, por las deudas se responde con tu patrimonio presente y futuro, así que en cuanto tuvieras algo a tu nombre, o ganaras más dinero, te lo podrían embargar siempre hasta que la deuda sea saldada.

Un saludo
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Escrito por Raúl el 06/03/2013 en 10:48, que dijo:

Gracias! Aunque tengo esta duda respecto a su calculadora, he puesto el sueldo que cobro y me indica que “El mínimo inembargable es 967.95 €”, ¿cómo que entonces me embargarían 46.41? Muchas gracias por su respuesta.
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 06/03/2013 en 16:03, que dijo:

Hola Raúl,

El mínimo de 967,95€ se aplica para los casos en que se trate de una vivienda habitual, y por lo que me has comentado, no es tu caso. Por ello apliqué en la calculadora el importe que me dijiste que ganabas sin marcar la casilla que hay disponible.

Un saludo
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Escrito por Raúl el 07/03/2013 en 03:39, que dijo:

Hola de nuevo y miles de gracias por sus respuestas porque me está ayudando muchísimo aunque con respecto a vivienda habitual, qué significa. Es la única vivienda que tengo, ya que ahora estoy en casa de mi familia, ¿a lo que creo es habitual no?
Escrito por David Sanchez Bermejo el 07/03/2013 en 12:45, que dijo:

Hola Raúl,

Vivienda habitual se considera aquella vivienda en la que vivas de forma continuada. Con lo que si no estás viviendo en ese inmueble, no puede ser considerado tu vivienda habitual.

Un saludo
Escrito por Raúl el 05/03/2013 en 04:36, que dijo:

Por cierto, avisar también que la cuenta de la hipoteca no la tengo con el mismo banco, solo tengo que ir a hacer el ingreso los días 5 de cada mes. También que los avalistas son sus padres. Muchas gracias.
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 05/03/2013 en 11:38, que dijo:

Hola Raúl,

Eso no influye demasiado en este supuesto. Los avalistas como te dije, responderán también de la deuda en caso de impago.

Un saludo
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Escrito por belen el 05/03/2013 en 18:12, que dijo:

Hola,tengo una deuda con hacienda,una es del 2008 de 2000e
y la otra es de 3000e de la declaracion de la renta de 2011.en total 5000e
he pagado algo,hasta que he podido pero ahora me embargaran la nomina,cobraria unos 2000e me gustaria saber cuanto me embargaran,en porcentaje y numero.
Gracias y espero su respuesta
un saludo
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 06/03/2013 en 15:53, que dijo:

Hola Belén,

Para unos ingresos de 2.000€ te podrán embargar aproximadamente 554,70€.

Un saludo
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Escrito por esther el 05/03/2013 en 22:00, que dijo:

hola tengo un embargo en el paro, hubo dos meses que no cobre la totalidad del mes en una 11 dias y en otra 19, les puse una queja porque no llegaba al salario minimo y ellos hicieron la retencion,me acaba de llegar una carta en la que me dicen los del INEM que se ha respetado en ambos casos el limite legal del SMI limite de referencia para una nomina de 30 dias, la retencion se hace por la nomina que cobras o por una estimacion de lo que cobrarias en un mes si no completas los 30 dias??
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 06/03/2013 en 15:55, que dijo:

Hola Esther,

En el caso de que no recibas el importe por los 30 días, el salario mínimo se calcula de forma diaria, no mensual. El mínimo diario es de 21,51 €.

Un saludo
Responder ↓
Escrito por kiko k garcia nieto el 06/03/2013 en 20:48, que dijo:

Hola David:

Te explico un poco mi situación. En el año 2012 me he quedado sin empleo por lo que no he podido hacer frente a un préstamos personal y a una tarjeta de crédito. Por lo tanto, he recibido varias cartas de las entidades bancarias en las que me comentan que se va a iniciar un proceso judicial. No tengo ni bienes ni avales por lo que segun tengo entendido la alternativa es el embargo de la nómina. Tengo a mi cargo dos familiares sin ingresos. Actualmente tengo trabajo desde hacer un par de meses con un salario neto de 1500 euros. ¿Qué es lo que puede pasar a partir de ahora en caso de que decida no pagar?¿Que porcentaje me pueden embargar?¿Cuanto suele tardar el proceso? ¿Economicamente sale mejor el embargo? mucha gracias.

Un saludo
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 07/03/2013 en 12:48, que dijo:

Hola Kiko,

Si decides no pagar afectivamente procederán a embargarte tu patrimonio presente y futuro. Lo primero que atacarán si no tienes bienes, seguramente será tu cuenta corriente. Posteriormente, probablemente irán a por el salario. Para un salario de 1.500€ te podrán embargar aproximadamente 298,29€. En cuanto al tiempo que pueden tardar, dependerá exclusivamente de la carga de trabajo y agilidad del tribunal que lleve tu caso.

Un saludo
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Escrito por VANESA CAMPOS FRANCISCO el 07/03/2013 en 14:32, que dijo:

Me encantaria saber si estando asegurado a media jornada te pueden embargar el sueldo la TGSS la deuda asciende 6510€ y el sueldo a cobrar sobre 450€ por mes .
Con tres hijos a cargo y mujer en paro cobrando 452€.
yo puse un recurso de pagar 30€ por mes pero me contestaron para que pagara la deuda entera cosa que es imposible .
me gustaria saber cual es ti opinion y que puedo hacer .
GRACIAS POR ESCUCHARME .
Espero respuesta.
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 13/03/2013 en 18:48, que dijo:

Hola Vanesa,

Sí, te pueden embargar, pero tendrán que respetar los mínimos de inembargabilidad igualmente. En tu caso parece que no es así. Así que tendrás que reclamar al secretario judicial que dictó tu embargo para que revise tu caso.

Un saludo
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Escrito por ALIENA el 07/03/2013 en 15:41, que dijo:

Hola de nuevo David,
Es posible que me bloqueen la cuenta asociada donde tengo domiciliada una tarjeta de crédito? con lo que no podría pagar todos los demás recibos, o deben aplicarme el embargo de nómina con los porcentajes que ya nos has explicado?
Gracias por tu paciencia
Un saludo
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 11/03/2013 en 18:21, que dijo:

Hola Aliena.

En cuanto a dinero líquido existen principalmente dos tipos de embargos. Embargos de nóminas y similares, del que os he hablado, y embargos de cuentas corrientes. Así que sí, te pueden efectuar un embargo de cuentas corrientes reteniendo todo lo que ahí haya y congelando la cuenta.

Un saludo
Responder ↓
Escrito por Rosa María Rosa el 08/03/2013 en 12:00, que dijo:

Buenos días.
Estoy a punto de volverme loca.
Mi nómina es de
Rem. total 763 €
prorrata pagas 171
Total 934 euros
Esta nómina de febrero la empresa me descontó tres dias enferma si baja -148euros
y en la misma nómina en concepto de embargo de salario que parece ser del Ayuntamiento de Madrid me han descontado -143 E
Por lo que me han ingresado en el Banco 456 euros.
Mi marido está sin trabajo y mi hijo de 22 años también.
Además debo decirle que no he recibido ningun certificado ni notificación alguna avisándome de este embargo. ¿Esto es legal?
¿Y que puedo hacer?
Espero su respuesta con ansiedad. Un millón de gracias
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 11/03/2013 en 18:24, que dijo:

Hola Rosa María,

Si no has recibido ninguna notificación del embargo lo más probable es que no hayan conseguido localizarte y lo hayan publicado mediante edictos, boletines oficiales o tablones de tu localidad y no te hayas enterado. Esto es perfectamente legal.

Sobre las cantidades que me comentas, no me ha quedado claro lo que me preguntabas, si quieres que te comente algo al respecto intenta aclararme un poco más las cantidades que has escrito.

Un saludo
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Escrito por diana el 08/03/2013 en 22:48, que dijo:

Mi marido tenia un embargo por manutencion de 441, 73. quedando salario liquido a percibir 1026.AHora se le aplica otro embargo judicial de 282, 14 €.
El problema es que no se le ha calculado del salario liquido sino de la suma de este y la cuantia del otro embargo (1467, 70)
Por lo que he visto esta mal y la cuantia a aplicar del liquido serian 114, 24 €
Porfavor me gustaria saber si lo que pkanteo es correcto y como proceder para reclamar si realmente esta errado, ya que van dos meses que le descuentan dicha cantidad
Gracias y un saludo
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 11/03/2013 en 18:26, que dijo:

Hola Diana,

El salario a tener en cuenta para el embargo será el que perciba sin descontar el embargo por pensión de alimentos. Esto es así porque la pensión de alimentos tienen un régimen especial y no respeta los mínimos de inembargabilidad.

Un saludo
Responder ↓
Escrito por Jorge el 09/03/2013 en 09:34, que dijo:

Hola David.
Yo queria saver,si las dietas ,que cobro mensualmente-?tambien son embargables?porque estoy cobrando la nomina de 1200€ y aparte me pagan sobre 1000€/mes en dietas.
Entonces queria saver si me “embargan la nomina “se refiere a los 1200 € que cobro de nomina o al total de 2200,ya que la cantidad de 1000€ que cobro en dietas no viene reflejada en la nomina.
Gracias y un saludo.
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 11/03/2013 en 18:32, que dijo:

Hola Jorge,

Las dietas son perfectamente embargables. Es más, no están consideradas como salarios, así que pueden ser embargadas sin límites y sin respetar lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Civil y las tablas de las que hablo en este artículo.

Un saludo
Responder ↓
Escrito por David Sánchez Utrera el 08/09/2013 en 17:14, que dijo:

Buenas Tardes David, (Tocayo)

Felicitarte en primer lugar por tu blog. Seguramente estés ayudando a mucha gente,
Las dietas, si son necesarias para desarrollar tu trabajo, ¿Te las pueden embargar?
Responder ↓
Escrito por Tatiana el 11/03/2013 en 05:13, que dijo:

Tengo una duda y espero q me la puedas resolver . Tengo 2 tarjetas de créditos con diferentes bancos y tengo un préstamo con otro banco y quisiera saber si dejo de pagar las tarjetas de créditos para poder pagar el préstamo ,teniendo en cuenta q estoy sin trabajo y solo ingresare los 200 euros para q se cobren lo del préstamo .Me embargan esa cuenta donde tengo el préstamo o q pasa ?
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 13/03/2013 en 18:36, que dijo:

Hola Tatiana. Si tus acreedores te embargan las cuentas corrientes, todo lo que ahí ingreses podrá ser retenido para el pago de las deudas.

Un saludo
Responder ↓
Escrito por jorge sanchez el 12/03/2013 en 08:41, que dijo:

Hola cobro 1200 netos paso una pensio a mis hijos y ex esposa de 600 euros y mi deuda con el banco por mi antigua vivienda es de 150.000….
como la variante de pension de manutencion no esta en la calculadora me surge la duda de cuanto me podran quitar cuando le llegue la orden a mi empresa.
Gracias.
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 13/03/2013 en 18:30, que dijo:

Hola Jorge. La pensión por alimentos tiene un regimen especial, de modo que lo que decrete el juez es lo que podrán embargar, no existen límites de inembargabilidad.

Un saludo
Responder ↓
Escrito por jorge sanchez el 15/03/2013 en 09:05, que dijo:

Muchas gracias por el tiempo que dedicas a esto ya que, como no hace falta decir, vivimos tiempos dificiles para el ciudadano de apié y gracias en particular por mi respuesta.
Responder ↓
Escrito por Rosa María Rosa el 12/03/2013 en 08:46, que dijo:

Buenos días David.
Mi nómina me la mandan mensualmente con estas cantidades reflejadas.
Mi nómina es de
Remuneración. total 763 €
prorrata pagas 171 €
Por lo que descontándome mi parte de los Seg. Sociales y la retención a cuenta de la renta, vengo percibiendo unos 720 € netos.

Sobre esa nómina cual es la cantidad máxima que me puede embargar de mi salario el Ayuntamiento?
Creo que debe ser inferior a la cantidad de 143 € que ha retenido la empresa por este concepto.
Y en caso de ser un error por parte de mi Empresa, ¿Tienen la obligación de reponerme la diferencia retenida indebidamente?
Gracias anticipadas.
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 13/03/2013 en 18:32, que dijo:

Hola Rosa María,

Si tu salario neto es de 720€ te podrán embargar aproximadamente 22,41€.

Si tu empresa te ha retenido incorrectamente, tendrás que acudir al juzgado para que el secretario judicial modifique el embargo.

Un saludo
Responder ↓
Escrito por Diana el 12/03/2013 en 10:42, que dijo:

Gracias por la aclaracion
Ahora mi pregunta es:
Con 741€ que percibe tiene que pagar 490 € de hipoteca (solo esta a su nombre) y con los 231€ restantes comer y atender un hijo a su cargo.
Se puede hacer algo?
Gracias
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 13/03/2013 en 18:33, que dijo:

Hola Diana. Me temo que no se puede hacer mucho al respecto. Los pagos que cada uno tiene que hacer no se tienen en cuenta en los embargos.

Un saludo
Responder ↓
Escrito por Jorge el 12/03/2013 en 16:11, que dijo:

Hola David y gracias por la respuesta.
Quero saver tambien, si por no pagar un prestamo,con un banco espanol,se puede llegar a embargar una cuenta,nomina o una propriedad que se tiene en un pais diferente a Espana ya que yo tengo una casa en Rumania,que figura a mi nombre.
Gracias de nuevo y un saludo.
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 13/03/2013 en 18:34, que dijo:

Hola Jorge. Los casos de extranjería tienen muchas complicaciones, pero en principio, no se puede.

Un saludo
Responder ↓
Escrito por Jorge el 13/03/2013 en 23:11, que dijo:

Muchas gracias por aclararnos las dudas que tenemos.
Un cordial saludo.
Responder ↓
Escrito por JESUS AGUADO el 14/03/2013 en 05:12, que dijo:

Buenas tardes David. Te ruego contestes a una duda que tengo. Tengo un embargo de 600 € sobre mi pensión de jubilación por parte de mi ex-mujer y me temo un embargo posterior por parte de la Agencia Tributaria. Cual de los dos tiene prioridad? Como resultarían los tramos que explicas? Te agradezco tu respuesta de antemano. Me estan llegando opiniones contradictorias. >Mi enhorabuena por tu lavor. Recibe un cordial saludo. Jesus
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 14/03/2013 en 13:51, que dijo:

Hola Jesús,

Tendrá prioridad el que primero gestione el juzgado. Los tramos dependerán del importe de tu jubilación.

Un saludo
Responder ↓
Escrito por Manuel alcantara huesca el 09/02/2015 en 14:53, que dijo:

Buenas tarde Señor me gustaria saber que boy a cobrar el paro solo un mes y el banco me mando una carta diciendo que el Juzgado me tenia la cartilla si yo boy a cobrar la ayuda de 42o solo un mes me pueden quitar el dinero lo que debo es la comunidad 1500 e por eso me metieron a juicio cracias un SALUDO
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 09/02/2015 en 18:38, que dijo:

Hola Manuel, si son tus únicos ingresos podrás justificarlos como tal ante el banco para que no te los embarguen al ser inferiores al SMI. Un saludo
Responder ↓
Escrito por Pilar el 14/03/2013 en 13:03, que dijo:

Buenos días David:
hemos tenido la nómina de mi marido embargada durante dos años. Ahora nos mandan una notificación del juzgado con el importe de las costas + los intereses + el procurador. Me gustaría saber si las costas del juicio se pagan por medio del embargo de la nomina. Muchas gracias.
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 14/03/2013 en 13:51, que dijo:

Hola Pilar,

El importe de las costas se une al de la deuda, así que sí, se puede obtener mediante el embargo de la nómina.

Un saludo
Responder ↓
Escrito por Pilar Gaspar el 15/03/2013 en 01:12, que dijo:

Muchas gracias David por la información, nos quedamos mas tranquilos.
Un saludo.
Responder ↓
Escrito por Jorge el 14/03/2013 en 15:59, que dijo:

Hola David.
Queria saver sobre embargo de coche.Llevo dos anos que ya no puedo hacer frente al pago de las letras de un cohe que compre nuevo.He pagado la mitad del precio durante 3 anos pero ya no puedo seguir.Ahora me dicen que tengo que entregar el coche y que ellos lo sacaran a la subasta y lo que saquen de la subasta me lo restan de la deuda que tengo con ellos y el resto que va quedar pot pagar sera considerado como deuda que voy a seguir teniendo con ellos.
Es corecto asi?Tu que opinas?
Muchissima gracias y un saludo.
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 23/03/2013 en 13:30, que dijo:

Hola Jorge,

Es correcto, pueden hacer lo que me comentas, pero todo a través de un juicio y un procedimiento de embargo, si bien, las costas seguramente te tocaría pagarlas a ti, así que tendrás que valorar que te conviene más.

Un saludo
Responder ↓
Escrito por Aurelio el 20/03/2013 en 15:32, que dijo:

El juzgado me comunica que tengo que embargar el sueldo a un empleado. Este empleado no llegar al mínimo. Como debo comunicarlo al juzgado?. Hay alguna carta modelo para ello?. Debo demostrarlo con algún documento (nomina)?
GRACIAS
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 25/03/2013 en 11:01, que dijo:

Hola Aurelio. Debes comunicarlo con un escrito explicándolo, y el aporte documental de la nómina o del modelo 190, si el empleado lleva tiempo en la empresa, nunca está de más. Un saludo
Responder ↓
Escrito por Sergio el 21/03/2013 en 20:15, que dijo:

Hola mi caso es el siguiente tengo 6 prestamos y se me iba 800 euros,haora me arrepiento de haberlos pedido en fin,ya hace que decidi no pagar ni uno y esperar a que me embarguen,asin que yo tengo una nomina de 1300 limpios y tres pagas extras,quisera saber si me pueden embargar todos de golpe o a de ser uno a uno?es decir se ponen en cola o pueden todos atacar la nomina?
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 23/03/2013 en 13:33, que dijo:

Hola Sergio,

El primero que decida embargar tu nómina será el que podrá solicitar el máximo que se te puede embargar para la cuantía que cobras, el resto deberá esperar a que pagues su deuda para poder embargarte, y así sucesivamente.

Un saludo
Responder ↓
Escrito por Oscar el 25/03/2013 en 10:11, que dijo:

Buenos días y muchas gracias de antemano, a mi me están embargando en la nómina 500€ de pensión alimenticia, que se puso así por que el Sr. Juez con muy buen criterio ordeno que hicieran ya que mi empresa no hacia caso a que tenía que pasar la pensión y me embargaba la nómina sin descontar esto. Pero aún así creo que lo están haciendo mal ya que me embargan de la suma de todos los conceptos, incluso dietas, y sin los descuentos. Mi pregunta es se puede embargar del concepto de dietas? Gracia Mª de nuevo
Responder ↓
Escrito por cristian el 01/04/2013 en 19:54, que dijo:

hola buenas mira mi pregunta es la siguiente mi pareja cobra 515 euros al mes y tenia un multa de trafico.le pueden quitar los 100 euros de todos esos meses hasta pagar la multa sabiendo que cobra ese dinero minimo muchas gracias un saludo
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 02/04/2013 en 20:12, que dijo:

Hola Cristian, en principio no podrían embargar porque ese salario está por debajo del salario mínimo interprofesional. Un saludo
Responder ↓
Escrito por Enrique el 01/04/2013 en 22:50, que dijo:

Hola buenas, mira tengo una nomina de 1064 euros aprox., la tengo embargada por no pagar durante unos meses las letras del coche y al no tener otros bienes me embargaron y llevo desde hace 1 año y medio con el embargo de unos 120 euros (más o menos).La cosa es que el gerente de la empresa me dijo el otro dia que llevaba varios pagos que se los devolvian, ¿qué debo hacer? Además me gustaria saber cuanto me queda por pagar (en tiempo y/o dinero) y no sabria donde acudir. Gracias de antemano
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 02/04/2013 en 20:11, que dijo:

Hola Enrique, lo mejor es que acudas al juzgado que decretó tu embargo y preguntes al secretario judicial. Un saludo
Responder ↓
Escrito por Enrique el 03/04/2013 en 10:23, que dijo:

Muchas gracias por el consejo.
Responder ↓
Escrito por emilio garcia el 03/04/2013 en 03:09, que dijo:

Hola buenas noches.

Quisiera saber si se modifico la ley de embargos ya que hace unos dias me llamaron de una agencia de cobros amenazandome para pagar y me dijeron que la ley cambio y que desde el dia 1/1/2013 te pueden embargar la nomina tantas veces como quiaran asta el minimo 645 euros. Eso es cierto?

Yo en mi nomina ya tengo don embargos uno judicial y otro de hacienda es legal o no? Ya ando desesperado y no creo que nadie pueda vivir con 645 euros.

Espero su respuesta y muchisimas gracias por la ayuda que nos presta.
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 03/04/2013 en 12:18, que dijo:

Hola Emilio,

El procedimiento de embargo está regulados en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y no ha habido cambios significativos al respecto. En todo caso, se debe respetar el mínimo inembargable, que no solo son los 645€ sino que también incluye los tramos de los que hablo en este artículo.

Es legal que te embarguen varias veces la nómina siempre que se respeten, en cómputo total, el mínimo inembargable antes citado.

Un saludo
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Escrito por pablo el 04/04/2013 en 14:55, que dijo:

Buenas tardes es posible que te embarguen una nomina completa por el impago de una declaracion de la renta que salio a devolver 2000 euros y no ha sido satisfecha
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 05/04/2013 en 20:43, que dijo:

Hola Pablo,

No. Se debe respetar lo que marca la Ley de Enjuiciamiento Civil en lo referente a embargos, el SMI más los tramos.

Un saludo
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Escrito por emilio garcia el 05/04/2013 en 03:39, que dijo:

Hola buenas noches.

Perdona David hay algo que no me queda claro, se puede embargar tantas veces como quieran pero respetando el SIM y los porcentajes.

Por lo cual si yo tengo dos embargos estos se tienen que repartir los porcentajes entre ellos o a cada embargo le aplican dichos porcentajes.

En mi nomina me aplican un embargo con el 30% y con el sobrante asta el SIM me aplican otro embargo del 30%.

En la nomina de febrero tenia de sueldo ya con las deducciones 1489,14 se me aplico un primer embargo de RETENCION JUDICIAL 292,86- y con el sobrante asta el SIM un segundo embargo de EMBARGO SALARIOS 165,29- por lo cual cobre 1.030,99 estos calculos estan bien.

Por favor ya no se ni que hacer y necesito ayuda muchas gracias.
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 05/04/2013 en 20:42, que dijo:

Hola Emilio,

Los cálculos no son correctos. Se te puede embargar en total lo que marca la Ley de Enjuiciamiento Civil, que es el SMI más los tramos de inembargabilidad. Es decir, si se te puede embargar en total, digamos, 300€, y el primero de tus embargos ya te retiene 300€, el segundo no podrá embargarte nada. Si el primero te hubiese retenido 200€, el segundo podrá retenerte el restante hasta los 300€, es decir, 100€.

En tu caso, para un salario de 1489€ te podrán embargar en total 292.79 € con los datos que me has facilitado. Así que entiendo que no está bien realizado el cálculo sobre lo que se te puede embargar y podrás protestar para hacer valer tus derechos.

Un saludo
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Escrito por emilio garcia el 08/04/2013 en 03:17, que dijo:

Hola buenas noches.

Mi pregunta David como podria reclamar a la Agencia Tributaria la paralizacion y devolucion del dinero embargado.

Estoy redactando un escrito para le levantamiento del embargo pero ando bastante perdido.

Agradeceria cualquier ayuda para poder reclamar mis derechos.

Muchas gracias.
Responder ↓
Escrito por Yolanda el 06/04/2013 en 09:14, que dijo:

Hola David, espero que me puedas resolver una duda.

Voy a tener una deuda con el Ayto. de mi ciudad a causa de que van a derribar la casa de mis padres por declararla ruina.
Yo tengo un trabajo y un piso con hipoteca. Si el Ayto me va a embargar, me embargarán las dos cosas, el piso y el sueldo ??

En la parte del sueldo, para aplicar el porcentaje, descontarían el importe de lo que tengo que pagar de hipoteca o no se tiene eso en consideración ??
Mi sueldo es de 1200 € y la hipoteca de 500 €

Espero haberme explicado y que puedas responderme.
Muchas gracias.
Un saludo
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 06/04/2013 en 10:33, que dijo:

Hola Yolanda,

El juzgado podrá decretar que te embarguen ambos, tanto el sueldo como la vivienda, pero el primero seguramente tendrá efectos mucho antes que el embargo de la vivienda. El juzgado tendrá que intentar de hacer caso a lo que el acreedor, en este caso el ayuntamiento, solicite.

En cuanto a tu otra pregunta, la hipoteca no se tiene en consideración, con lo que te embargarán por tus 1.200€.

Un saludo
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Escrito por ARMANDO el 07/04/2013 en 21:03, que dijo:

Buenas tardes, mi pregunta es la siguiente: yo tengo una nómina de 698€/liquidos, y tengo 16 pagas.
12 las cobro mensualmente y 4 en los meses de paga extra, en Marzo, Julio, Octubre y Diciembre.

¿se aplicaría el embargo por separado a cada nómina mensual ó paga extra?, supongo que el mes que hay dos pagas, no se suman las dos nóminas, porque las cobro en nóminas separadas y en distintos días del mes. Le agradecería me conteste lo antes posible, ya que estoy pendiente de que me apliquen el embargo. Muchas gracias y un saludo.
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 29/05/2013 en 12:07, que dijo:

Hola Armando,

El embargo, según la ley, se efectúa sobre la cantidad que efectivamente ganes cada mes, así que se hará sobre la cantidad que cobres de nómina mensual con la paga extra sumada. En el caso de que lo cobres en días distintos, será tu pagador el que tendrá que distribuir este embargo ya que es suya la obligación de retener el salario.

Un saludo
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Escrito por Andrés el 08/04/2013 en 12:10, que dijo:

Hola David

Enhorabuena por tu web y por la claridad de tus comentarios.
Mi pregunta es la siguiente: si sobre una persona pesa un embargo y le sale un trabajo en el extranjero y se marcha a vivir fuera, ¿puede el juez reclamarle el salario que cobra fuera de España?

Gracias!
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 29/05/2013 en 12:10, que dijo:

Hola Andrés,

Puede reclamar el salario, pero puede ser difícil de encontrar ese salario con lo que en la práctica se realiza poco.

Un saludo
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Escrito por monchin el 09/04/2013 en 18:43, que dijo:

mi pregunta es , tengo una deuda con la ss y por lo cual estoy embargado y lo que me gustaria saber es lo siguiente cuanto me suben el embargo anualmente? al no poder pagarla , cuanto me sube? y la mas importante si empezara a trabajar la cantidad que me embargan me la descuentan de mi deuda? y bueno si me saldria rentable solicitar un credito para pagar ese embargo en caso de que lo intereses de la ss sean mas altos que los del banco o caixa? un saludo y muchas gracias por la respuesta anticpadamente
Responder ↓
Escrito por Jorge el 09/04/2013 en 21:28, que dijo:

Hola David.Queria saver, si a un trabajador,se le puede ingresar la nomina en una cuenta que no sea la suya.En la de un familiar un amigo etc..
Gracias y un saludo.
Responder ↓
Escrito por antonio el 09/04/2013 en 20:41, que dijo:

mi pension es de 631€ la seguridad social/ministerio de trabajo me podría embargar alguna cantidad mensaul?
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Escrito por Sara el 10/04/2013 en 00:20, que dijo:

Buenas noches David:
Me casé en gananciales en el año 2010. Mi marido solicitó un préstamo personal sin avalistas en 2009. (Siempre entendimos que la deuda era suya) En enero de 2013 solicitó una refinanciación y se la concedieron. A día de hoy estamos en una situación en la cual es imposible hacer frente a dicho préstamo.
Mi pregunta es la siguiente: ¿Puede mi nómina en un futuro ser embargada por haber mi marido refinanciado su crédito estando casado en régimen de gananciales conmigo? O por lo contrario ante la Ley la deuda sigue siendo solo suya por lo que no se produciría ningún embargo en mi nómina.
Muchas gracias por su respuesta y enhorabuena por su especial servicio.
Un saludo
Responder ↓
Escrito por francisco javier el 11/04/2013 en 12:39, que dijo:

hola mi pregunta es tengo una pension de 631 euros estoy en asnef devo varias deudas suman unos 2500 euros y no puedo acer frente .no tengo casa ni propiedades solo dependo de mi pension en la casa donde vivo es particular tengo que pagar luz agua tlf. y alimentacion estoy emfermo tengo 50 años no tengo lujos ni vicios y las medicinas me salen caras ya que tengo una ilostomia por vida gracias
Responder ↓
Escrito por aliena el 14/04/2013 en 16:47, que dijo:

Hola David,
La Agencia Tributará me ha mandado notificación de diligencia de embargo de sueldos, salarios y pensiones, por un importe de 175 euros de un plazo de la renta del año pasado que no pagué en su momento,
Mi pregunta es.
No es raro que Hacienda recurra a mi empresa para que me embarguen dicha cantidad en lugar de embargarme directamente de la cuenta corriente, como otras veces me han hecho con una multa de tráfico por ejemplo???
Gracias David por lo pesada que soy
Aliena
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Escrito por chavi el 14/04/2013 en 20:44, que dijo:

En el caso que haya dos embargos y uno de ellos sea de alimentos; tendrá preferencia el cualificado (alimentos) o se aplicará la regla general de trámite en el juzgado?
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Escrito por MARI TONY el 16/04/2013 en 13:41, que dijo:

Buenas tardes:
A mi pareja le ha llegado un embargo de sueldo a relacion de una importe de 7.160,37 €uros emitido por hacienda.
En la actualidad cobra en nomina 800 €uros con las pagas porrateas.
A día de hoy esta soltero y tiene una vivienda con hipoteca.
Que cantidad le saldria a pagar mensualmente.
Gracias por tu ayuda.
Saludos
Responder ↓
Escrito por Mar Carvajal Almira el 16/04/2013 en 17:14, que dijo:

Buenos dias David, enhorabuena por tu web lo primero.
Mi duda es la siguiente: Me estan practicando un embargo sobre mi nomina por un Juzgado de Instruccion, por una deuda, que finaliza en el mes de junio, hasta ahi, todo correcto. Pero desde otro juzgado, por una deuda distinta, me ha llegado un embargo a mi cuenta corriente donde cobro la nomina, y exclusivamente la nomina, (puesto que no tengo mas ingresos) y se han “chupado” el resto de la nomina. Al embargarme todo el sueldo, una parte en la nomina, y otra del banco, no estan respetando los porcentajes minimos, puesto que en la practica me han embargado el 100% de la nomina. ¿Es esto legal, que puedo o debo hacer?

Gracias
Responder ↓
Escrito por mari carmen el 16/04/2013 en 21:12, que dijo:

Hola,hace un tiempo le hice una consulta sobre un embargo hipitecario q tengo,le comente q iba a ser madre y si eso ers motivo para modificar la cantifad del embargo.Al dar a luz me fui donde me entregsman las notificaciones y me dijeron q tenia q hacer un escrito y enviarlo a ls ciudad q lleva el procedimiento(ya q me mude y no vivo alli) y asi lo hice.Tambien hable directamente con el juzgado y me dijeron que ya se habia tramitado el alza del piso y No sabian si se podria hacer algo,y no entiendo que quiere decir esto….entonces cuando ejecuten el embargo no miran cargas familiares ni nada?no se q mas puedo hacer y tampoco se cual es el minimo inembargable en mi caso.un saludo y gracias
Responder ↓
Escrito por pepe el 17/04/2013 en 21:53, que dijo:

hola, tengo un sueldo de media jornada y gano 480 euros mensules, tengo una deuda de 439 euros con movistar, y me envian cartas como de advertencia que si no pago me embargaran? es posible esto?..gracias
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Escrito por miguel el 18/04/2013 en 02:03, que dijo:

hola,tengo un sueldo base de 1415 ,en la misma nomina ya me viene un embargo de 400 euros de pensiones alimenticias,otro de 43 del suma y ahora otro de 138 que aun no se de que es,y al final me quedo con 777 de liquido a percibir,no puedo vivir con eso,eso es legal?
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Escrito por Antonio el 18/04/2013 en 20:07, que dijo:

Hola, y gracias de antemano.
La pensión compensatoria a pasar a mi exmujer mensualmente son 472 €, un tercio de mi pensión de jubilación que importa 1.233 €. Como he sido condenado en ejecución de sentencia, – en la que no me he defendido – a pagar los retrasos que ascendía a 6.500 €. Resulta que me embargan los 472 € para entregárselos a mi ex mujer, más otros 460 € que no se de donde salen para ir pagando los 6500 € de retrasos, con lo que me quitan 962 € de 1233 € de pensión, dejándome para subsistir 301€ que es lo que me entrega la SSocial., ¿es esto legal, al no respetar el mínimo inemabrgable? GRACIAS
Responder ↓
Escrito por Jose el 21/04/2013 en 23:16, que dijo:

Hola, quisiera preguntar si de una deuda que tengo por el juzgado que se ejecuto pero no pudieron embargar nada porque estoy en el paro, eso fue el año pasado por Octubre es por saber si la devolución que me tengo ahora de la renta el juzgado aviso a hacienda el año pasado pero no se si eso queda grabado y se quedaran con la devolución de esta año de la renta
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Escrito por Veronica el 22/04/2013 en 18:46, que dijo:

Hola David, tengo una duda y quisiera que me des información sobre el embargo de nomina. Lo que pasa es que soy aval de una hipoteca de una hermana en Barcelona y ese piso ya fue subastado pero nunca le ha llegado a mi hermana ninguna notificación de deshaucio al piso.
He hecho la declaración de hacienda y me salió a devolver, pero como se ha celebrado el juicio de la hipoteca sin haberme hecho llegar ninguna notificación, no estube presente en el juicio, lo cual, la deuda asciende, de esa deuda hipotecaria a 281.398,99 euros con lo que me retiene hacienda se queda en 280.394,99 euros, ¿Puedo yo acudir a alguna asociación para ver si ese piso aunque ya haya tenido un juicio, se podria dar por dación con la nueva ley que se esta proponiendo?.
También quería consultar, si me llegaran a embargar mi nómina, ¿cuánto me llegarian a embargar de mi nomina? sabiendo que mi nomina es de 960,00 euros.
Te agradecería mucho la ayuda de antemano. Un saludo.
Responder ↓
Escrito por SANTIAGO el 22/04/2013 en 20:44, que dijo:

Hola David, mi consulta es la siguiente:
yo actualmente tengo una nomina de 990€ y tengo varios embargos de hacienda, s.social ,hipotecario ,y alguno mas,a mi cargo tengo dos niños de 5 y 7 años y mi mujer en paro,nosotros estamos casados con bienes gananciales, mi pregunta es que si con este sueldo me pueden embargar mi nomina y si es asi cuanto mas o menos .
Gracias y un saludo
Responder ↓
Escrito por manuel remedios el 24/04/2013 en 21:28, que dijo:

Hola:
Quisiera felicitarle por su pagina, me ha parecido muy interesante y sobre todo entendible para la gente que no tenemos idea de numeros ni leyes ni nada eso, quisiera aprovechar la ocasion para consultarle si a pesar de que me estan embargando parte de la nomina, tambien me pueden embargar dinero de la cuenta corriente, sabiendo que mi unica entrada es la nomina y se ingresa en esa cuenta.
Muchisimas gracias.
un saludo cordial!!!!
Responder ↓
Escrito por gines el 24/04/2013 en 23:01, que dijo:

hola buenas noches
tengo un embarco que me van a ejecutar de una deuda contraida junto a varias personas la deuda en de 19000 € pero el unico que trabaja y tiene nomina soy yo la deuda es solidaria creo y quiero saber cuanto me podrian embargar si yo gano un sueldo de 1156€ tengo mi mujer que no trabaja un alquiler de 400€ y vamos a tener un hijo a final de año
espero que me pueda aclarar un poco las cosas gracias
Responder ↓
Escrito por miguel el 25/04/2013 en 08:55, que dijo:

Hola buenas,m an encargado la nomina me esta- quitando un 30% de 1050 euros q gano tengo tres hijos y mi mujer no trabaja y encima m an quitadi todo Lo q me. devolvian de la declaración de la renta.Mi pregunta es esto es normal? Espero tu respuesta gracias
Responder ↓
Escrito por m.m.g.5@hotmail.com el 26/04/2013 en 16:40, que dijo:

Hola mi duda es, las pagas son embargables ? segun embargos de hacienda en el calculo de ellos, puedes marcar paga extraudinaria. ?
Embargo de nomina sueldo variable afectado por comisiones de venta. media variable, 1600 euros al mes. 3 pagas extras. de 1190 euros cada una. en el mes de paga extraudinaria me computan todo el sueldo: ejemplo 1600 + 1190 = 2790,
observacion
nomina paga y nomina mes por separado.
regimen separacion de bienes.
agradecerte de ante mano tu ayuda. gracias
un saludo
Responder ↓
Escrito por LAURA BIEDMA FERNANDEZ el 26/04/2013 en 23:21, que dijo:

tengo un embrago de nomina por multas e impuestos no pagados gano unos 1200 euros netos al mes mas dos pagas extraordinarias del mismo importe mas o menos las partes de las pagas se suman al mes a la hora de tener encuenta la cantidad a embargar o se descuenta en el momento de cobrar las pagas,tengo un hijo pequeño y soy madre soltera que cantidad me tiene que retener la empresa cada mes ya que el embargo ha llegado a mi empresa para el embargo de salario.gracia
Responder ↓
Escrito por Pilar el 27/04/2013 en 02:53, que dijo:

Hola yo cobro 1415 euros más comisiones estas no siempre tengo 2 hijos al embargar me el salario puedo solicitar una reducción o exención del embargo alegando los gastos que tenemos gracias!!
Responder ↓
Escrito por mario el 28/04/2013 en 12:37, que dijo:

Buenas tardes. Debido a una deuda que acumulo con entidad financiera de 1700 euros, la pasada semana procedieron a embargarme mi cuenta. Mi saldo en cuenta por entonces ( de 350 euros) y mi nómina, la cual está por debajo del Salario Mínimo Interprofesional ( 270 euros) han sido embargados en su totalidad. Qué puedo hacer? Pensé solo era embargable una parte de la nómina, no la totalidad de mi cuenta. Han procedido bien con mi embargo? O debería reclamar?
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Escrito por jesus garcia el 30/04/2013 en 11:12, que dijo:

hola buenas. mira tengo un contrato de media jornada y cobro 390 euros al mes ,y no tengo ningun ingreso mas y aun asi he recibido un emargo judicial que me ha quitado todo el dinero que tenia en la cuenta ( unos 100 euros ) pero en teoria no llego al minimo.querria saber como se podria paralizar y saber si este mes que entra me van a quitar tambien dinero.
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Escrito por Javier el 30/04/2013 en 15:43, que dijo:

Buenas tardes. Tengo una orden de embargo en nómina de Hacienda. Cobro neto 1050 euros mes más dos pagas semestrales de 950 euros. Sé que existe un mínimo inembargable para las hipotecas pero no así para deudas con Hacienda. Estoy casado y tengo tres hijos (19, 15 y 5 años). Mi mujer está en el paro desde hace tres años y sin cobrar ya paro ni subsidio alguno. ¿No existe un mínimo inembargable mayor para situaciones similares a la nuestra? ¿Se puede recurrir y que embarguen menos cantidad? Si con 1000 euros vivir una familia a día de hoy se hace casi imposible con ciento y pico euros se torna milagroso. Espero su respuesta. Un Saludo y Gracias.
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Escrito por Alfredo el 30/04/2013 en 18:15, que dijo:

Buenas tardes:
Tengo una pensión por incapacidad de 1077,48€ cantidad líquida . Pero la Seguridad Social me descuenta 264,45€ cada mes del pago de deuda aplazada de cotizaciones atrasadas en la cuenta que ingresan mi pensión . Y tengo un embargo y retención judicial de 129,65€

Basándome en el apartado 5 del artículo 607 Sección III LOS BIENES INEMBARGABLES de LEC que dice textualmente: “Si los salarios, sueldos, (1)pensiones o retribuciones estuvieran (2)gravados con (3)descuentos permanentes o transitorios (4) de carácter público, (5)en razón de la legislación de Seguridad Social, (6)la cantidad líquida que percibiera el titular X, (7)deducidos éstos (descuentos permanentes (Y)) (8) será la que sirva de tipo para regular el embargo.(X-Y=Z)”

Yo digo que de mis 1077,48€ debería descontarse primero los 264,45€ que pago a la URE de la Seguridad Social, para despues aplicar el embargo de la cantidad resultante que sera la cantidad tipo para aplicar el embargo. Es decir la que sirva de tipo para regular el embargo que es 813,03 y no los 1077,48€ que se aplican hasta ahora( es decir 1077,48€-264,45,-€=813,03€)

Y en virtud del APARTADO 5, art. 607 de la LEC ya mencionado para que la retención correcta es de 50,31€ y, no son 129,65€:

¿Ve posibilidades de reclamar este supuesto? Gracias
Saludos
Alfredo
Responder ↓
Escrito por fina el 01/05/2013 en 00:12, que dijo:

Hola porfavor podria alguien decirme a mi email cual es el plazo que tienen la parte contraria para presentar un levantamiento de embargo de pension si hemos llegado a un acuerdo ( me ttienen embargado el total del inem)gracias
Responder ↓
Escrito por Sandra Reyes el 04/05/2013 en 01:24, que dijo:

Buenas noches, tengo una inquietud, tengo un ingreso de 867 euros mensuales aproximadamente, es lo que me abonan en la cuenta de nómina en el banco y además tengo un acuerdo de pago con el mismo banco para que me descuente 300 euros mensuales, es decir, me quedarían en la cuenta 567 euros, me acaba de llegar un embargo es por 3000 euros cuanto me pueden descontar y a cuanto tiempo?, gracias por su respuesta.
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 29/05/2013 en 12:26, que dijo:

Hola Sandra,

Te recomiendo que utilices la calculadora de la que hablo en este mismo artículo, y el cálculo lo deberás hacer sobre los 867€.

Un saludo
Responder ↓
Escrito por salva el 05/05/2013 en 14:50, que dijo:

tengo un embargo de nomina pero ahora estoy en el paro quiero pedir el pago unico para hacherme autonomo me pueden embargar el pago unico grazie
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 29/05/2013 en 12:25, que dijo:

Hola Salva,

Si la deuda que tienes es con la administración, no te concederán el pago único. En caso contrario, si podrás recibirlo y no debería ser embargado.

Un saludo
Responder ↓
Escrito por David el 06/05/2013 en 11:26, que dijo:

Buenos días David.
Muy aclarador el articulo pero me gustaría hacerte una consulta.
Tengo piso en propiedad con mi pareja, estamos casados por separación de bienes, además tenía una segunda propiedad solo a mi nombre, la cual está pendiente de subasta.
Queria saber si al ser segunda propiedad pero deuda hipotecaria entra dentro del SMI de 967,95 € que mencionas y el descuento por carga familiar, tengo dos hijos menores. Mi nomina en estos momentos es de 1372,53 €.
En lo referente de las pagas extras las cobro el 18 de julio y el 20 de diciembre en otra nomina a parte de la mensual, ¿se hace la suma de las dos cantidades o embargan por nomina?
Y en cuanto a la vivienda habitual el 50% es de mi mujer, ¿Qué pasaría con mi mitad? ¿Pueden echarnos de la vivienda? La vivienda está hipotecada, me quedan 11 años, y los pagos al día.
Gracias y disculpa las molestias.
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 29/05/2013 en 12:23, que dijo:

Hola David,

Respondo a tus preguntas:

1º. Al ser segunda propiedad, y no vivienda habitual, no se aplicará el SMI aumentado.

2º. Las pagas extras se embargarán sumándolas al salario normal y haciendo el cálculo a partir de ahí.

3º. Si la deuda es de tu mujer también, podrían embargaros, en caso contrario, no podrían en ningún caso echaros de casa.

Un saludo
Responder ↓
Escrito por Mª Carmen el 06/05/2013 en 20:58, que dijo:

Buenas tardes
Tengo un embargo solidarios sobre mi nomina y la de mi marido de un montante de 8800 euros desde el año 2010 y ya se ha sobrepasado la cantidad y todavia siguen haciendo la retencion en la nomina.
Que puedo hacer?
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 29/05/2013 en 12:20, que dijo:

Hola Mª Carmen,

Si ya has pagado la deuda tendrás que acudir al juzgado que decretó el embargo y hacer constar ante el secretario que la deuda se ha saldado.

Un saludo
Responder ↓
Escrito por Pepe el 07/05/2013 en 10:58, que dijo:

Hola, tengo una duda, me van a hacer un embargo por una deuda de 3000€ actualmente, tengo mi cuenta corriente donde ingresan mi nomina y una cuenta a mi nombre donde ingresan la de mi hermano por que no le gustan los bancos por decirlo de alguna manera, puede afectar a la cuenta donde ingresan lo de mi hermano o solo se embarga la nomina como tal?
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 29/05/2013 en 12:19, que dijo:

Hola Pepe,

El embargo puede ser de nómina pero también puede serlo de cuenta corriente, así que podrán embargarte dinero de ambos sitios.

Un saludo
Responder ↓
Escrito por jose el 08/05/2013 en 21:59, que dijo:

Hola buenas mi consulta es porque tengo la nomina embargada por la hipoteca pero como tengo dos personas a mi cargo no me quitan nada ya que no paso la cantidad de dinero ahora me aviso el trabajo q les llego un nuevo embargo de una tarjeta y q al mes q viene me lo iban aplicar es legal o al tener lo de la hipoteca no pueden embargarme y si me embargasen por la tarjeta si me pueden reducir algun porcentaje muchas gracias.
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 29/05/2013 en 12:15, que dijo:

Hola Jose,

Si por tu hipoteca ya te embargar el máximo que te pueden embargar con tu sueldo, no podrán embargarte por la tarjeta.

Un saludo
Responder ↓
Escrito por miguel angel el 09/05/2013 en 11:35, que dijo:

Buenos días mi duda es:
Es posible solicitar a la empresa que me embargue mas cantidad de la legalmente establecida para abonar el embargo en menos tiempo??
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 29/05/2013 en 12:12, que dijo:

Hola Miguel Ángel,

Lo mejor será que hables con tu acreedor para que pactes con él un método de pago del que seguro que será favorable, ya que cobrará antes la deuda.

Un saludo
Responder ↓
Escrito por pepeluis el 09/05/2013 en 11:54, que dijo:

Buenos dias.

cuando prescriben los prestamos personales no pagados, si no intermedia proceso judicial alguno por medio ¿?.
Y otra pregunta.
Los fondos buitres que compran la deuda impagada por un valor inferior al 20% del total adeudado, Tienen posicion de fuerza para reclamarte el 100%¿?, o suelen negociar por ese 20 %¿?
Responder ↓
Escrito por armando el 10/05/2013 en 16:33, que dijo:

No responde a nuestras preguntas desde el 7 de Abril.
¿Esta bien?, así lo espero. porque nos sirve de mucha ayuda sus comentarios para resolver nuestras dudas.
Hasta pronto
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 29/05/2013 en 12:05, que dijo:

Hola Armando,

Muchas gracias por el interés, estoy bien, simplemente no podré volver a la total normalidad hasta que llegue Julio, de momento contesto a lo que el tiempo me permite.

Un saludo
Responder ↓
Escrito por hicham el 10/05/2013 en 18:06, que dijo:

hola tengo una hipoteca de 240000 llevo 8 años pagando mi hipoteca pero ahora no puedo hacer frente a este hipoteca ,tengo dos niños y gano 1000€ al mes me pueden embargar la nomina
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 29/05/2013 en 12:04, que dijo:

Hola Hicham,

Sí, te podrán embargar la nómina respetando los mínimos de los que hablo en este artículo.

Un saludo
Responder ↓
Escrito por Bea el 12/05/2013 en 15:07, que dijo:

Hola David, a ver si me ayudas en un problema, tengo un préstamo de un coche con mi ex marido al que no puedo pagar, ayer me dieron en el trabajo una carta de embargo de la nomina, cobro unos 450 euros, cuanto me pueden embargar con este sueldo, a mi ex pareja también le embargarían?
otra duda es, se me cumple el contrato y quiero pedir la ayuda también me pueden embargar la ayuda?
si no saben de donde embargarme preinscribe o caduca el embargo, y si es así hasta cuando?
muchísimas gracias
un saludo
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 29/05/2013 en 12:04, que dijo:

Hola Bea,

Si los 450€ los cobras por todo el mes, no te podrán embargar nada ya que son inferiores al SMI.

En cuanto a si embargarían a tu expareja, si es titular también del préstamo, sí podrán embargarle.

Sí, también te pueden embargar la ayuda, igual que un salario.

Y finalmente no, el embargo no prescribe hasta que la deuda queda saldada.

Un saludo
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Escrito por Ana el 13/05/2013 en 13:06, que dijo:

Buenos días,
Tengo la siguiente duda. Tengo un empleado en el que me han llegados tres embargos distintos de tres juzgados distitnos. Cómo tengo que actuar con los embargos? El importe a embargar lo entrego en el primer embargo que me ha llegado?
Muchas gracias.
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 29/05/2013 en 12:01, que dijo:

Hola Ana,

Tendrás que entregar el importe por el primer embargo que te ha llegado efectivamente, si con el importe que te han reclamado ya se llega al tope de lo que pueden embargar a tu empleado, los demás no podrán cobrarlo. Si no se llega, el restante será para el segundo y así consecutivamente.

Un saludo
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Escrito por luis el 14/05/2013 en 16:47, que dijo:

hola mira el caso que no puedo asumir el pago de 2 tarjetas de credito por un monto total de 2500 en estos momentos estoy cojiendo la ayuda familiar de 426 euros me lo pueden embargar la cuenta corriente que es lo que puede pasar
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 29/05/2013 en 12:00, que dijo:

Hola Luis,

La cuenta corriente efectivamente puede ser embargada, pero podrás demostrar que son tus únicos ingresos los recibidos de la ayuda y siendo así estos inferiores al SMI, deberían respetarlo y no embargártelos.

Un saludo
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Escrito por E.V el 15/05/2013 en 17:07, que dijo:

Hola.
Voy a comentarle mi dudas a ver si puede echarme una mano.
Tengo un embargo en mi nómina por un préstamo impagado a una entidad bancaria. Llevo 3 años con el embargo y hoy el juzgado ha mandado una petición de embargo de los saldos de mis cuentas, es esto legal?. Si ya tengo la nómina embargada pk me embargan también el saldo?…
Por otro lado el embargo del que hablo se hizo un juicio monitorio donde se reclama la cantidad principal y los intereses, estos interés siguen subiendo??.

Muchas gracias espero su respuesta
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 29/05/2013 en 11:59, que dijo:

Hola,

Es totalmente legal, pueden decretar tantas medidas como consideren necesarias para saldar la deuda, y el embargo de cuentas corrientes es una de ellas.

En cuanto a los intereses, depende del tipo de intereses que se trate.

Un saludo
Responder ↓
Escrito por E-V el 28/07/2013 en 19:53, que dijo:

Gracias por su respuesta.

Me puede aclarar lo de los intereses por favor.
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Escrito por vicente villoria el 20/05/2013 en 14:04, que dijo:

buenos días para pagar todos los meses tengo embargada la pension y he llegado a un acuerdo para pagar todos los meses r si tengo un nuevo embargo gracias
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 29/05/2013 en 11:58, que dijo:

Hola Vicente,

Si tienes un nuevo embargo tendrás que llegar a otro acuerdo con el acreedor o te podrán embargar tu pensión igualmente.

Un saludo
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Escrito por Vicente Villoria Roza el 30/05/2013 en 12:00, que dijo:

es me4jor que pague por el embargo y rompa el acuerdo pues asi no podrían volver a embargarme gracia
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Escrito por vicente villoria el 12/06/2013 en 20:27, que dijo:

es mejor dejar de pagar y siga el embargo asi no podrían volver a embargar pues son los mismos graciads
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Escrito por carolina el 22/05/2013 en 22:44, que dijo:

Hola
Me ha llegado un embargo de 1600 euros y en el cual me comunican el embargo de sueldo, pero llevo casi un año sin trabajar y no cobro subsidio , que puede ocurrir?
gracias espero su respuesta
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 29/05/2013 en 11:57, que dijo:

Hola Carolina,

Si no tienes ingresos irán a por tus propiedades para embargarlas. Si tampoco tienes nada a tu nombre, el embargo se quedará en suspenso de manera que, en cuanto empieces a ganar dinero o pongas algo a tu nombre, puedan embargarlo.

Un saludo
Responder ↓
Escrito por juan el 23/05/2013 en 19:35, que dijo:

hola señor me puede desir si la paga extra de verano la puede embargar?ya que tengo la nomina embargada grsias
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 29/05/2013 en 11:56, que dijo:

Hola Juan,

Sí, la paga extra la pueden embargar.

Un saludo
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Escrito por marisol el 24/05/2013 en 01:23, que dijo:

.Buenas noches David,hace como unos 4 años avalamos mi marido y yo a mi hermana y cuñado un credoto personal por valor de 37.000 euros,bueno para pagar “picos” que tenian,hasta ahí todo bien,le avalamos porque los dos trabajaban y al ser familia pues pensamos en que no nos iban a defraudar,eso fue en 2007…en 2008 solo habian pagado 1 año de prestamo que era de 542 euros mensuales.Ahora en Enero del 2012 le llega una notificacion a la empresa de mi marido por la cantidad de 49.000 euros del prestamo de 37.000,le estan embargando la nomina desde enero del 2012 porque es el unico que trabaja en estos momentos,yo por problemas de salud no puedo,y los titulares del prestamos hace 3 años estan separados ninguno de los dos trabajan tienen dos niñas de 15,y 10 años,no le pasa un duro a mi hermana,ella no trabaja (ni hace el mas minimo esfuerzo en buscarlo),porque sabe que si cobra mas de 645 la pillaria,él 3/4 de lo mismo esta en cadiz y no pega golpe,nosotros estamos desesperados porque estamos hasta el cuello de deudas,el piso me lo reclamo el banco,un coche recien comprado tambien,y ellos a la buena vida.Yo quisiera saber porque cada mes a el le embargan cantidades diferentes…sí tiene un buen sueldo pero en nomina del banco 1200…claro que me supongo hasta que no trae la nomina no sabemos la retencion que es,algunas veces 300,400 hasta 615 euros,él se lo declaran todo en la empresa,pero esto asi no puede seguir el hace 14 horas matandose como un mulo para que luego veas a estas personas pasandolo bien y yo sin poder tener para comer y darle a mis hijos la comida,llega el deia 5 y ya no tengo nada….hemos hablado con la empresa pero ellos no pueden hacer nada al respecto,pero yo lo que me extraña es que nunca es la misma cantidad ya sé que gana dinero pero lo he querido calcular y no doy como lo hacen ellos para saber la cantidad,nunca he dado por mas que lo intento de donde sale la cantidad que le embargan,en definitiva que tengo que pagar un dinero que no es mio,que ellos disfrutaron y que son 8 o 9 años pagando un prestamo sin comerlo ni beberlo por hacer un favor a la familia,que puedo hacer?,hablar con el banco que no le retengan tanto,con la empresa que le ponga las horas en mano,porque yo ya no se que hacer,mis hijos no tienen que comer hay dias,yo tengo una emfermedad en los huesos y no puedo trabajar y tampoco me dan la invalidez,nos podrias sugerir algo y donde ir para que por lo menos sea una cantidad exacta y no tan elevada cada mes,porque claro aparte de eso detras tengo hacienda por lo del piso pero los dos embargos en una misma nomina me dijeron que no…sino qué les doy de comer a mis hijos,por favor necesitaria un consejo,alguna sugerencia,algun sitio donde ir,abogado de oficio no me dan por la nomina,estamos deseperados ver como unos disfrutan mientras los demas pagan las deudas de ellos,sé que avalamos pero nunca,nunca pensamos en que iban hacernos esto y cargan nosotros con todo,sé que es largo el problema pero algo pudo hacer?..por favor necesito ayuda urgentemente,los problemas en casa son cada vez mas,la cria no encuentra trabajo esta desesperada por lo menos para ayudar el niño esa en edad escolar..por favor decirme algo o donde puedo ir……ESTOY MUY,MUY DESESPERDA Y LO QUE ME QUEDA POR PAGAR,pudiendo pasar el mes tranquilamente con la nomina de el
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 29/05/2013 en 11:55, que dijo:

Hola Marisol,

Lo único que te puedo decir es que para el embargo de la nómina de tu marido deben respetar siempre la Ley de Enjuiciamiento Civil, artículo 607, con lo que nunca podrán embargarle más de lo que le corresponde. Si infringen dicho artículo en algún mes, podrás reclamar la cantidad embargada indebidamente. En la calculadora de la que hablo en este artículo podrás saber la cantidad máxima que le podrán embargar según sus ingresos.

Un saludo
Responder ↓
Escrito por nelida el 24/05/2013 en 16:05, que dijo:

Tengo 2 pagadores, una empresa 1223,52 hasta dentro de 2 años que dejaria de percibir,sin retencion fiscal hasta final de año que hago la Declaracion de la Renta y embargada preventivamente judicialmente por 173 euros, ademas otro pagador, S:Social 1505,24 netos incluidos descuentos IRPF ¿ cuanto me corresponderia realmente de embargo? sino hiciese declaracion de la renta que me sale a pagar y mucho ¿me podrian embargar el otro sueldo? ¿si dejo de pagar una multa y dicidiesen embargarme podrian hacerlo sobre el sueldo que no esta embargado ó no?
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 29/05/2013 en 11:52, que dijo:

Hola Nelida,

Lo siento, no entiendo bien los datos que me das para poder ayudarte.

Un saludo
Responder ↓
Escrito por Jesus el 25/05/2013 en 13:00, que dijo:

Otra cosa: cómo se puede extinguir un embargo por sentencia judicial por indemnización? llegando a un acuerdo con la otra parte?
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 29/05/2013 en 11:50, que dijo:

Hola Jesus,

Si te realizan un embargo este no se extingue hasta que se paga completamente la deuda. Pero sí, si llegas a un acuerdo, todo se puede pactar con tu acreedor.

Un saludo
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Escrito por Jota el 28/05/2013 en 14:16, que dijo:

Hola David,
ha llegado a la empresa donde trabajo una orden de embargo sobre mi nómina, yo cobro 452€ por media jornada ¿pueden embargar al no llegar a los 641? ¿o en este caso el mínimo es la mitad del SMI esdecir 320?
Gracias,
un saludo
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 29/05/2013 en 11:49, que dijo:

Hola Jota,

No podrán embargarte al no llegar al SMI. Este no se divide al ser media jornada.

Un saludo
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Escrito por JORGE el 29/05/2013 en 11:18, que dijo:

HOLA DAVID, SE ME HA COMUNICADO UNA DEMANDA POR FALTA DE INGRESOS DEL BBVA, TENGO UN PRESTAMO QUE LO PEDI POR MI PADRE PERO EL NO SE ESTÁ HACIENDO CARGO DEL PAGO.

DICEN QUE ME VAN A EMBARGAR, ACTUALMENTE NO TRABAJO,VIVO CON MI NOVIA PERO NO TENGO NADA A MI NOMBRE, NO APAREZCO EN LA ESCRITURA DE LA CASA DE MI NOVIA, PERO SI APAREZCO COMO AVAL EN UN PRÉSTAMO PUENTE QUE ELLA PIDIO, PERO ELLA NO TIENE DEUDAS NINGUNAS , PAGA REGULARMENTE SU HIPOTECA Y SUS FACTURAS. PUEDEN IR CONTRA ELLA EN EL CASO DE QUE YO NO PUEDA SALDAR LA DEUDA.GRACIAS.
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 29/05/2013 en 11:49, que dijo:

Hola Jorge,

No, no podrán ir contra tu novia en este caso.

Un saludo
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Escrito por Roberto García el 29/05/2013 en 13:54, que dijo:

Buenas tardes, llevo dos años divorciado. Mi ex mujer y yo tenemos un préstamo personal de 220 euros por un total de 7.000 euros y uno hipotecario de 195.000 euros. Ella no se ocupa de ninguno de los préstamos, haciéndolo yo íntegramente, así como derramas de comunidad, suministros, IVI… La vivienda se encuentra vacía, no siendo disfrutada por ninguna de las partes. Ambos vivimos en otra comunidad, por lo que tengo un alquiler de mi domicilio actual, mas 200 euros de manutención de mi hija de 7 años. Mi sueldo es de 1.500 euros, pero se ve reducido por los impagos de mi ex conyuge, estoy planteandome el impago de la deuda hipotecaria por no poder hacer frente, pero me da pánico que mi situación empeore por los embargos que puedan venir. Te agradecería un consejo certero, ya que he tenido el tema en manos de un abogado y me ha hecho flaco favor. Gracias
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 30/05/2013 en 12:18, que dijo:

Hola Roberto,

Darte un consejo en tu situación es complicado y quizás necesites una atención más personalizada que no puedo darte a través de este medio para tratar de resolver tus dudas. Siento no poder ayudarte más.

Un saludo
Responder ↓
Escrito por yoales el 29/05/2013 en 23:44, que dijo:

Hola, tengo un embargo de S.S de 3.200€. He estado mucho tiempo en paro, ahora tengo un trabajo y gano 480€ al mes, pero como soy comercial me van a incluir todas las comisiones en la nomina y. Este mes he vendido mucho y tendré unas comisiones de 3.000€, que cantidades me van a embargar?, porque según lo que he leído puede ser que lleguen a embargarme hasta un 90%. me podrías decir como cobraría con el embargo en este mes?
un saludo
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 30/05/2013 en 12:19, que dijo:

Hola Yoales,

Tienen que respetar lo que establece la Ley de Enjuiciamiento Civil en lo que se refiere a embargos, de manera que si este mes cobras en la nómina 3.000€ te podrán embargar aproximadamente 1217,52€.

Un saludo
Responder ↓
Escrito por David Cordero Machuca el 30/05/2013 en 16:50, que dijo:

hola David hoy me han ingresado en la cuenta corriente la nomina de 550e y la seguridad social me ha embargado 465 por una deuda que tengo pendiente mi pregunta es¿ pueden tocarme ese dinero de la cuenta aun no llegando al minimo?tengo que presentar la nomina o estracto¿?
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Escrito por Jose el 30/05/2013 en 18:39, que dijo:

Te comento mi caso, tengo un embargo de nómina, y este año la declaración me salia a devolver y el juzgado me ha embargo la devolución de hacienda.
Como puedo saber exactamente cuanto me queda por pagar de mi embargo? existe alguna página web del juzgado donde pueda ver con detalle como está mi embargo (cantidad exacta que debo a dia de hoy)?
La cantidad embargada genera intereses? es decir, si cada mes pago unos 100 euros de mi nómina, y debo x ejemplo 2000 euros, al mes siguiente debo 1900 eur. o debo 1900 + intereses de demora?
Gracias.
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Escrito por francisca el 30/05/2013 en 19:48, que dijo:

la empresa me hizo un prestamo ordinario de 2800 euros a devolver en 36 meses a los 14 meses renuncio a mi plaza como estatutaria y abcedo a otra plaza estatutaria en la misma comunidad por lo tanto mismo organismo cual es mi sorpresa que al cobrar la parte proporcional de la extra de junio me dejan la nomina a cero se cobran parte de la deuda y la otra la trasladan al otro hospital pueden dejarme a cero la nomina?
Responder ↓
Escrito por Jesus el 30/05/2013 en 20:36, que dijo:

Hola, mi pregunta es la siguiente: si yo, voluntariamente, incremento mi retención de IRPF y como resultado el neto de la nómina es menor me retendrían igualmente menos?
Gracias y un saludo.
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Escrito por nat el 30/05/2013 en 21:13, que dijo:

Buenas noches. Me parecio muy buena su explicacion, pero alguna cosa no entendi. Si tengo un salario de 1400 e y ya me aplikan un embargo de hacienda, si recibo ahora por ejemplo otro embargo de una tarjeta, pueden aplicarme en nomina dos embargos? O tengo q terminar uno para q me apliquen el otro? Y hasta cuanto me podrian kitar? Del primero ya me kitan unos 200 y algo euros.
Muchas Gracias
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Escrito por inmaculada el 31/05/2013 en 13:37, que dijo:

cobro 512 uros y por un juicio que perdi me quitan asta240 mensuale mi marido no cobra nada eso puede ser
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Escrito por rojoygris1 el 31/05/2013 en 22:11, que dijo:

-tengo una hija de 7 con custodia compartida -pension de alimentos de 220 euros.
-tengo un hijo de 3 sin custodia y pensión de 350 euros de alimentos,y a la madre de este le paso una pensión compensatoria de 200 euros.
-tengo una hipoteca (solo a mi nombre) de 200000 euros,pago 800 euros al mes.
-actualmente el trabajo a empeorado y trabajo 12 días al mes y cobro 1000 euros.
-dos preguntas:
-1-¿cuanto me pueden embargar de mi nomina si dejo de pagar la hipoteca?
y -2-estamos reconciliándonos la madre de mi hijo de 3 años y yo,y queremos hacer la reconciliación por el juzgado,¿cuanto me podrían embargar entonces?

-muchas gracias
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Escrito por oscar marin moreno el 01/06/2013 en 18:35, que dijo:

buenas tardes , tengo mi cuenta congelada me dicen en el banco que es por un embargo judicial yo no e recibido ninguna notificacion de tal embargo mi pregunta es cuanto tardaran en ejecutarlo y donde puedo enterarme de quien me embarga y por que
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Escrito por patricia el 02/06/2013 en 20:46, que dijo:

hola mi compañero y yo (no estamos casados) tenemos una hipoteca de 68000€ la cual no podemos pagar. yo tengo un sueldo de 891€ netos y mi compañero 1070€ tenemos dos hijos en común de 16 y 18 años los cuales dependen de nosotros
mi pregunta es cuanto no pueden embargar de la nomina y si suman las dos o lo harían por separado ya que estamos al 50% en la hipoteca
gracias
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Escrito por patricia el 02/06/2013 en 20:49, que dijo:

perdón me olvide de comentar que el piso lo tenemos en alicante y actualmente vivimos en madrid de alquiler por el cual pagamos 600 €
por falta de trabajo nos tuvimos que venir
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Escrito por Jose diaz garcia el 03/06/2013 en 12:43, que dijo:

es embrgable la pension de 631€ por embargo de no abonar la pension compesatoria.
Atentamenta.
Jose Díaz
Responder ↓
Escrito por victor el 04/06/2013 en 13:12, que dijo:

Hola, tengo embargada la nómina en su correspondiente cantidad, pero ahora me encuentro que sobre la cantidad sobrante de la nomina que me ingresan en la cuenta, valora gestión tributaria me embarga parte de esa cantidad, es eso posible cuando ya me están embargando el máximo de la nómina por otro lado, gracias
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Escrito por Áxel el 04/06/2013 en 13:14, que dijo:

Hola buenos días Sr. Sanchez, me han notificado un embargo desde el juzgado de mi nomina, la cual es de 642 € al mes, la empresa me retiene 50€ ¿es correcta esta retención? según la calculadora no debería ser esta cantidad.
¿Que me sugiere usted que debería hacer?
Quedo a la espera de su comentario, gracias por anticipado.
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Escrito por artur el 04/06/2013 en 16:49, que dijo:

hola buenas , tengo varios embargos pendientes , y queria saber de un sueldo de 2000 euros cuanto pueden embargarme , es posible que me realicen varios embargos a la vez?? o solo pueden embargarme un solo acrredor ?
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Escrito por Cristian David Araque Pedraza el 06/06/2013 en 10:03, que dijo:

Buenos dias, en el caso en que el embargo se realice con la paga extra de 1800 con sueldo de 940 incluidos. Cuanto sera la suma del embargo?
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Escrito por marta el 07/06/2013 en 16:42, que dijo:

hola David, quería hacerte una consulta: tengo la nómina embargada hace unos meses, mi sueldo neto es de 1300€, por lo que me embargan unos 196€ mensuales. Hoy acaba de llegarme a la empresa otro embargo de otra deuda que tengo pendiente. La pregunta es: entiendo que este segundo embargo de momento no tengo obligación de pagarlo, cierto? al menos hasta que no termine el primer embargo. Si esto es así, dónde o cómo debe la empresa notificar que este segundo embargo no es posible porque mi nómina ya está embargada por otro asunto ?
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Escrito por Alberto el 12/02/2014 en 13:35, que dijo:

Pues tendrá que comentarlo al Juzgado que corresponda ese segundo embargo y decir que actualmente se está embargando la nómina del Juzgado nº tal.
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Escrito por Paola el 08/06/2013 en 15:54, que dijo:

Hola quisiera saber ayer por la noche me doy cuenta que me han embargado de una cuenta de ahorros 60 euros y de mi cuenta corriente 579,80 euros, pero resulta qu este dinero es del famoso plan prepara que me debian desde el mes de Marzo/2013 y que lo recibi el dia 7/6 y la diferencia es lo que deposite en el banco para pagar recibos y que proviene de mi sueldo actualmente que es de 719 euros netos, puedo hacer algo para que me devuelvan dichas cantidades?
Responder ↓
Escrito por mary el 10/06/2013 en 14:48, que dijo:

Hola, tenemos un problemita a mi marido le llego un embargo en el mes de febrero por la suma de 1600 euros y 560euros por calcula aleotariamente por interese sobre lo que supondria tardaria de pagar la deuda. pasa que nosotros ingresamos en la cuenta del juzgado la cantidad de 1100 euros para amortizar la deuda , en su nomina le seguieron sacando mensualmente 300 euros, supuestamente al dia de hoy mes de mayo esto ya se acaba de pagar, resulta que mi marido ha ido al juzgado que lleva el caso y chica le comento que esperara una carta donde ya daba por terminado el pago, pero esto segun era al final de mayo, ya estamos en junio , mi marido volvio donde ella y le comento le dijo que si no le llegaba el primer viernes del mes de junio, que prodria reclamar el retordo de los intereses, hoy ha vuelto al juzgado y no le dan ninguna respuesta, no que me pregunto es que le van a seguir sacando de su sueldo un embargo que ya pago, donde debemos recurrir para que esto no siga sucediendo, pues ellos cobrar y cuando le toque devolvernos tardaran asi que por favor ayudenos. gracias.
Responder ↓
Escrito por luis el 10/06/2013 en 14:59, que dijo:

Hola tengo alguna duda

cobro una pensión de 455 por invalidez mi mujer cobra 160 al mes pagamos un alquiler de 300 me podrían embargar algo tanto lo mío como lo de mi mujer?
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Escrito por Kam el 11/06/2013 en 13:13, que dijo:

Hola,

me han embargado de la cuenta 400€ el dia 5/6, soy estudiante y no poseo ningun tipo de ingresos sino una beca del MEC que me fue consignada en diciembre del año pasado. No tengo nada a mi nombre. ¿Podria presentar un recurso? ya que este dinero es todo lo que dispongo para subsistir.

Muchas gracias
Responder ↓
Escrito por juan perez sanchez el 11/06/2013 en 18:40, que dijo:

Si me embargan el sueldo por asuntos financieros (avalista por impago de hipoteca de una nave) y posteriormente me llega el embargo de sueldo por impago pensión alimenticia y pensión compensatoria,

¿primaría el segundo embargo, aunque fuese de fecha posterior?

Si así fuera, en que normativa se basa?

Saludos
Responder ↓
Escrito por RUTH el 12/06/2013 en 18:30, que dijo:

Hola, quería preguntar, estoy divorciada y tenia una custodia compartida con mi hijo, mi ex me ha denunciado para quitarme a mi hijo y le puso en mi contra y fingieron unos malos tratos, hubo un juicio donde le di la custodia no quiero problemas, quiero estar tranquila y no quiero estar toda la vida igual, ahora sale la sentencia y no viene nada del acuerdo que se llego en el juzgado no se el juez en que estaba pensando, vamos a recurrir, allí se fijo 150€ de manutención y ahora su abogada a vuelto a pedir los 400€ que pedía en un principio, pero si yo gano mil euros como le voy a dar 400 de que pago mi casa, como y vivo, por favor que me pueden embargar de la nomina si no pago. estoy harta y no puedo mas.

gracias,

un saludo
Responder ↓
Escrito por miguel angel el 13/06/2013 en 09:59, que dijo:

Hola buenos dias , me embargan mi sueldo de 1250 euros mes ya con pagas prorrateadas a traves del juzgado , este mes la cantidad embargada asciende a 350 euros me parece muchisimo , vivo con 2 niños de mi actual pareja , y paso manutencion a mi ex por sentencia de 400 euros mes por 4 hijos .
en resumen teniendo en cuenta estos datos , cual seria la cantidad embargable en mi caso y que acciones puedo solicitar en el juzgado para que me cobren lo que corresponde legalmente , puedo solicitar devolucion de cantidades cobradas de mas por error del juzgado? si es asi que dcumento o accion debo presentar en el juzgado?? muchas gracias y agradezco de ante amno la ayuda que prestais a mi y a los demas , gracias un abrazo.
ps- el juzgado es de lo mercantil
Responder ↓
Escrito por Ana el 14/06/2013 en 06:14, que dijo:

Hola Buenos días, tengo muchísimas dudas sobre un tema con Hacienda y estoy buscando alternativas, quizás me podáis ayudar.
En 1998 compré 2 pisos en una zona en expansión de Valencia y una plaza doble de garaje, estaba todo a mi nombre. En el año 2.000 me casé y se añadió mi marido como fiador de la deuda hipotecaria. Tuve 2 hijos y en 2009 me separé. Mal asesorada por mi abogado me dijo que hiciera una donación de la vivienda principal y la plaza de garaje a mis hijos ya que en mi comunidad solo tributaba el 1%, aún así tuve que pagar mucho dinero por plusvalías y demás ya que me puso según valor catastral de ese momento una cantidad desorbitada en comparación del valor en 1998.Mi abogado me dijo que no tributaba nada más y yo lo creí lógicamente.
Así lo hicimos y en 2010 vendí el otro piso y lo di a cuenta de la hipoteca, además compré otra plaza de garaje doble y la puse directamente a nombre de mis hijos.
Ahora viene lo bueno….., me ha llegado una carta de Hacienda diciendo que no le cuadran los datos y que debo pagar el IRPF de la donación ” es una barbaridad pero tributa como si yo hubiese tenido una ganancia por una venta”. El caso es que mi gestor me dice que me va a tocar pagar unos 50.0000 euros, dinero que no tengo por supuesto. No tengo nada de nada a mi nombre, además yo tengo la custodia de los niños, así como la hipoteca, impuestos derivados etc.. del pago de dichos bienes inmuebles . No paro de darle vueltas a la cabeza de como saldar la deuda sin embargo por lo que mi pregunta es la siguiente.
¿Hacienda en un momento dado aceptaría el pago de las dos plazas de garaje?
¿Tendría alguna consecuencia fiscal para mis hijos? .Tengo entendido que fiscalía de menores si lo justifico convenientemente me aceptaría la posible venta de las plazas de garaje si la familia lo necesita, pero ahora no puede venderse nada.
Podría negociar con Hacienda y de no aceptar podría negociar una cuota fija de embargo al margen de los tramos por ley que habláis.
Muchas gracias
Responder ↓
Escrito por Ana el 14/06/2013 en 06:20, que dijo:

Hola soy Ana de nuevo,
Disculpar, acabo de leer el post y no se si me he explicado bien.
Lo que se me ha ocurrido es hacer los trámites cuando llegue el momento para dar las plazas de garaje a cuenta de la deuda, si quedara saldada estupendo y si no, el resto negociar un aplazamiento. Todo esto ha sido un desastre de mi abogado que me asesoró sin saber nada de nada.
Una lástima y con consecuencias que podéis imaginar para la economía familiar.
Gracias
Responder ↓
Escrito por pedro el 15/06/2013 en 15:25, que dijo:

Hola David, tengo una duda, tengo una deuda de un crédito personal a mi nombre, la cual no puedo pagar. ¿podrían embargar los ahorros que tiene mi mujer en su cuenta corriente? Estamos casados en régimen de gananciales y ella no trabaja. Gracias de antemano
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Escrito por Cristina el 17/06/2013 en 22:53, que dijo:

Hola tengo una deuda en el santander de 12000 eu qe me dejo mi ex marido a mi nombre me puesto a trabajar ahora y estoy pagando un alkiler de 330 eu y tengo 2 nesnes peqeños cuanto me pueden embargar de la nomina y despues qe me la embargen qe debo hacer para recuperar el dinero gracias y un saludo
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Escrito por luis el 18/06/2013 en 14:07, que dijo:

Buenos diyas tengo una duda enorme con el pago de ka extra te suman salario y extra y luego te hacen el calculo del embargo o al ser la
A extra se calcula de otra manera y donde esta escrito q se gace así.
Gracias
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Escrito por Angel el 18/06/2013 en 18:08, que dijo:

Hola David, queria hacerte una consulta, le ha llegado un embargo de nomina por impuestos del ayuntamiento a mi mujer, con un salario de 1285,00€, ya se que le van a quitar unos 197 € mas o menos , pero mi duda es si de ese sueldo vivimos 4 personas ella ,yo y 2 hijos menores de edad, como y donde podemos, parar ese embargo para rebajar de un 30% que la van a quitar a uno porcentaje inferior?
y si es posible que el ayuntamiento pueda embargar la nomina de ella cuando el impuesto esta a mi nombre, estamos casados en bienes ganaciales,
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Escrito por Rosa el 19/06/2013 en 13:09, que dijo:

Buenos días me gustaría saber si te pueden embargar la nomina y la cuenta del banco a la vez el juzgado y hacienda
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Escrito por ricardo el 19/06/2013 en 13:16, que dijo:

Sobre mi pension de 1.595€ NETOS tengo un embargo por valor de 345 tal y como indica tu calculadora. Pero ahora me comunican un 2º embargo, y suman las cantidades, haciendo un total de 524€ de embargo. ¿es esto legal? Supera el % y las cantidades máximas embargables no? Muchas gracias
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Escrito por isma el 19/06/2013 en 14:39, que dijo:

Hola buenas tardes: me solicitan un embargo por 33000 euros y mi nomina es de 1400 euros. Ademas cobro 325 euros por el alquiler de mi vivienda asique percibo unos 1750 euros mensuales. Que cantidad me puede embargar el juzgado?? He leido que el 30% es la administracion y el 50% deudas.hipotecarias. En mi caso es por un prestamo personal que por circunstancias no he podido hacer frente. Ademas pago mi hipoteca por unos 400 euros y otros dos prestamos,uno por 170 y otro por 345 euros. Si me pudieran dar una orientacion……gracias
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Escrito por giorgina el 19/06/2013 en 20:02, que dijo:

3º. ¿Qué ocurre si estoy casado? En cuanto al régimen matrimonial, éste goza de una vital importancia. Se acumulan los salarios, sueldos y pensiones, retribuciones o equivalentes de los cónyuges cuando el régimen económico que les rija no sea el de separación de bienes.
Mi consulta es mi esposa es el que tiene problemas con la hipoteca, el adquirió el piso cuando estaba soltero, al cabo de un año nos casamos en el extranjero y yo soy reagrupada. ¿En el caso que trabaje tendría problemas?
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Escrito por andres el 20/06/2013 en 14:16, que dijo:

Buenos días, quisiera saber So ddejó de pagar las tarjetas de crédito, cuánto me podrían embargar la nomina, cobró 1050, y debido al pago de mi hipoteca no puedo hacer frente a las tarjetas, muchas gracias
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 08/07/2013 en 22:09, que dijo:

Hola Andres, te podrán embargar aproximadamente 121,41€. Un saludo
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Escrito por inma el 25/06/2013 en 17:20, que dijo:

Hola
queria preguntarle, y que pasa si además de la deuda hipotecaria hay más deudas(tarjetas y préstamos personales)? Cuanto pueden quitarme?
Me fui de España porque no podía pagar y me estaban machacando psiquicamente y física . Pero echo de menos a mi familia, y se que puedo encontrar trabajo , pero lo que no sé , es si podre vivir.
Por favor …podrías ayudarme?
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 08/07/2013 en 22:07, que dijo:

Hola Inma,

Dependerá del orden en que lleguen los embargos, se deberá respetar uno u otro mínimo. Pero en cualquier caso, siempre hay un mínimo de inembargabilidad casi-inquebrantable.

Un saludo
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Escrito por maria el 28/06/2013 en 11:42, que dijo:

Kiero saver Cuanto pueden embargar d una monina d 800 euros mensuales donde en eso entram extras y todo casado y con una niña a cargo.la deusa es d 240 euros y es de tráfico Gracias
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 08/07/2013 en 22:06, que dijo:

Hola María, aproximadamente 46,41€. Un saludo
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Escrito por Rafael el 28/06/2013 en 21:47, que dijo:

Hola mi pregunta es una vez que el secretario decreta una reduccion del 10 por ciento en los porcentajes establecidos en el articulo 607.2 esto que quiere decir .; que por ejemplo el proimer tramo pasa del 30 al 20 popr cien de retencion o del total de la retrencion deducir un 10 por ciento
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 08/07/2013 en 21:09, que dijo:

Hola Rafael, por lo que dice la ley yo entiendo que esa reducción se aplica a cada tramo del embargo, no del total. Un saludo
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Escrito por Cándido el 05/07/2013 en 17:38, que dijo:

Hola tengo varias preguntas estoy apunto de que me embarguen. El caso es que tengo deudas hipotecarias y también de préstamos personales yo y mi mujer estamos casados en gananciales los 2 trabajamos cobramos entre los dos 1980€ y tenemos un hijo pequeño. Mi pregunta es cuantos embargos me pueden cobrar ala vez y que cantidades dado aque por lo que e leído por hay los embargos hipotecarios se calculan de diferente manera aló embargos como un préstamo personal actual mente tengo 3 hipotecas y 7 préstamos personales y de consumo de financieras en diferentes entidades GRACIAS UN SALUDO.
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 08/07/2013 en 21:07, que dijo:

Hola Cándido. El embargo que te cobrarán primero será el primero que lo haya solicitado. Si es hipotecario se aplicará un mínimo, y si es otro tipo de deuda, el otro. Si con el primero ya te embargan todo lo que se te puede embargar, del resto de deudas no responderás hasta que satisfagas el primer crédito. Un saludo
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Escrito por jose el 07/07/2013 en 18:25, que dijo:

Hola, mi pregunta es la siguiente trabajo para un ayuntamiento por medio de una contrata gestionada por una empresa,el dia 1 de agosto cambia la empresa y en la que estoy ahora, el 31 de julio nos finiquitaran y en ese finiquito me pagaran la parte correspondiente de vacaciones que las tengo en agosto, esta parte recibida en el mes de julio aunque es de mis vacaciones que disfrutare en agosto , las sumaran con el mes de julio y la paga de verano que tambien recibo ese mes.MUCHAS GRACIAS
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 08/07/2013 en 21:02, que dijo:

Hola Jose. Te computarán lo que efectivamente cobres ese mes. Un saludo
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Escrito por Antonio el 08/07/2013 en 18:38, que dijo:

Hola!

Tengo embargado la nomina y me quita el dinero correspondiente. Como trabajo de seguridad mi sueldo varia de 960 a 1200 dependiendo las horas que haga.
llevan descontandome tres meses de la nomina. pero ahora me han embargado las cuentas quitandome el dinero de donde cobro la nomina,es decir, que en la practica en mismo mes me han quitado dinero de la nomina 2 veces. una por nomina y otra por la cuenta de la nomina. Eso es posible? he visto que dicen que se pueden equivocar porque se piensan q son ahorros y no de la nomina. Que puedo hacer pues me han quitado todo el dinero que tenia. no pudiendo pagar facturas ni nada.
Fui al juzgado y no saben muy bien que hacer.
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 08/07/2013 en 21:05, que dijo:

Hola Antonio, efectivamente te pueden realizar embargo de cuentas corrientes además del de la nómina. Si los ingresos que tienes en la cuenta corriente son correspondientes exclusivamente a la nómina, podrás acudir al secretario judicial que decretó el embargo para hacerle ver la situación, ya que debe ser respetado el mínimo inembargable. Un saludo
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Escrito por SUSANA el 09/07/2013 en 10:32, que dijo:

Hola, muchas gracias por adelantado por su ayuda..

Tenemos embargada la nómina y la cantidad pendiente que nos da el juzgado no nos cuadra, cambiamos de trabajo y el juzgado dice que le envió el requerimiento a la empresa en julio y como se terminaba pronto el contrato, la empresa contestó que no se realizaría puesto que se terminaba el contrato, de eso nos hemos enterado ahora pero resulta que sí tenemos las últimas nóminas con embargo y con el finiquito también parcialmente embargado pero eso no ha ido a parar al juzgado ya que nos dicen que no hay nada de esa empresa ingresado, cómo lo podemos reclamar??
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 09/07/2013 en 10:51, que dijo:

Hola Susana,

Lo mejor será que acudas al juzgado que decretó tu embargo y le comentes la situación al secretario judicial que lo lleve. También será bueno que le lleves todas las pruebas documentales de las que dispongas, como las nóminas con las retenciones de tu empresa no abonadas posteriormente al juzgado.

Un saludo
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Escrito por SUSANA el 09/07/2013 en 11:11, que dijo:

De acuerdo, muchas gracias, le agradezco muchísimo este trabajo que hace contestando a los pobres mortales que no tenemos ni idea de cómo va la cosa y nos tenemos que fiar de algunos abogados que tela, tela….Solo un apunte más….aunque un embargo tarde más de 10 años en pagarse, es normal pasar de un estimado de costas e intereses de 5227.28€ (en el 2002) a 14058.29€ en el 2012?? Empezamos en el 2002 con 27189.88€ y ahora me dicen que aún faltan 7150€… que costas e intereses ahora son 6274.66€ + 7784.26€, me parece una barbaridad, eso es legal????
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 09/07/2013 en 11:13, que dijo:

Hola Susana, me temo que si se ha demorado mucho el cobro del crédito sí se puede solicitar una mejora del embargo. Igualmente, para comprobar las cuentas, el secretario judicial que decretó el embargo puede aclarároslas.

Un saludo
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Escrito por SUSANA el 09/07/2013 en 11:36, que dijo:

Hola, bueno, si la deuda es alta y se paga con el embargo de la nómina, qué quieren, que la tengamos de un día para otro?? Pero me parece una pasada que sea más del doble, tremendo!! EL secretario las puede aclarar pero nada más, son los importes que ponen ellos y en paz, no? Ya me han dicho en el juzgado que si pides un préstamo en el banco, también pagas mucho de intereses….en fin…este es el cuento del nunca acabar y todo por los desgraciados del Pans & Company que nos engañaron al firmar el contrato y nos metieron unas cláusulas abusivas que aunque el juez reconoció que lo eran, que pasaban del límite de lo legal, como el contrato se firmó, pues nada que hacer, al menos, podía haber puesto el % correspondiente, un…ni para tí ni para mí pero en fin, así es la justicia de este país, el pez grande se come al pequeño…Cuidado si firmáis con tiburones de estos que son unos buitres!! Muchas gracias!!
Escrito por teresa lopez garcia el 14/07/2013 en 16:56, que dijo:

Mi consulta es: a fallecido mi hermano y soy la unica heredera de él, en el boletin oficial del estado hay expediente del 2012 de diligencia embargo de cuentas,por ser su heredera tengo que hacer frente a ese embargo, y como me puedo informar de la cantidad ,,tendria en el caso de pago ,los interes de demora. muchas gracias.
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 17/07/2013 en 22:13, que dijo:

Hola Teresa, si aceptas la herencia de tu hermano, aceptas tanto sus bienes activos como los pasivos, con lo que primero con el patrimonio de tu hermano se pagarán las deudas que este tuviera, y si quedase algo, podrías heredarlo. Te recomiendo que si tu hermano tenía deudas, aceptes la herencia pero a beneficio de inventario, de manera que si ves que no vas a heredar nada pues las deudas lo consumen todo, no aceptas la herencia y así no tienes que responder también con tu patrimonio. Un saludo
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Escrito por noelia vizuete el 16/07/2013 en 10:28, que dijo:

Hola,mi problema es que actualmente me separo,,,y tengo una niña de 4 añitos,,,devo unos 8.000 euros de seguridad social,,,de un negocio que me salio fatal…estoy haciendo un contrato de media jornada cobro 568 y no me embargan nada,,,mis jefes me han propuesto hacer jornada completa que cobraria 900,,tengo 2 pagas,,,,que me quitaria la seguridad social,,,si tengo a mi cargo una niña pequeña y son solo mis ingresos…??gracias,,,
Noeka81@gmail.com
Noelia
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 17/07/2013 en 22:10, que dijo:

Hola Noelia,

Para un salario de 900€ te podrán embargar aproximadamente 76,41€ de la nómina.

Un saludo
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Escrito por noelia vizuete el 08/08/2013 en 00:52, que dijo:

Muchas gracias por la respuestames de gran ayuda….
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Escrito por macarena calderon el 17/07/2013 en 19:40, que dijo:

hola.estoy en deuda pero ase menos de un año y me quieren embargar, la persona me trato mal y me dijo que si no pagaba me iva embargar todo lo que estaba a nombre mio, cuyo departamento,mueble.ectrodomestico etc.quisiera saber si esta persona esta mal lo que ase? o esta bien creo que esta asiendo mal .gracias maca
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 17/07/2013 en 22:09, que dijo:

Hola Macarena, por tus deudas se responde con tu patrimonio presente y futuro, con lo que si tienes impagos y tu acreedor te lo reclama por vía judicial, efectivamente pueden llegar a embargarte las cosas que tengas a tu nombre.

Un saludo
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Escrito por maria el 17/07/2013 en 23:41, que dijo:

hola.queria hacer una consulta mi marido tiene una deuda con la seguridad social,no tenemos separacion de bienes, me ha llegado una carta de embargo de mi sueldo, deberia de incorporarme a mi tabajo a final de mes por baja maternal , pero me han dado la carta de despido, que me pueden embargar?sueldo de este mes?finiquito?cuanto me pueden quitar?la carta me ha llegado a finales de junio, pero llevan varios meses embargandome dinero de la cuenta.me pueden embargar dinero de una cuenta de la cual yo sola soy titular?
muchas gracias de antemano
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Escrito por ivan n. el 20/07/2013 en 22:29, que dijo:

Hola,antetodo gracias por esto que haces, es genial. Mi consulta es: Tengo una deuda de 5000 euros con Hacienda y me han embargado el salario y mi nomina es de 1300 euros. Sólo me quedan 2 meses , quizás tres, de contrato y después tenia pensado pedir la ayuda(subsidio económico de 400 euros) durante 6 meses. En el momento de pedir este subsidio, ¿me embargarían el total de la ayuda(unos 2400 euros)? o , al ser menor cantidad mensual que el S.M.I., ¿no me enbargarían nada?De nuevo, Gracias y un saludo desde Ibiza ;)
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Escrito por Sergio el 21/07/2013 en 02:51, que dijo:

Hola David, mire tengo una duda que me gustaría que me la resolviera. Tengo una falta administrativa de 600 euros en la que ayer se terminó el plazo para pagarla. No la pagué debido a que estoy en paro y no tengo medios suficientes para hacer frente a este pago. Mi cuestión es la siguiente: Sabiendo que Hacienda ahora puede hurgar en mi cuenta por no haber hecho el pago, podría quitarme los pequeños ahorros que tengo sin ningún tipo de aviso y en su totalidad o no podría tocar nada de mi dinero al estar en paro y no tener ingresos? Muchas gracias de antemano y enhorabuena por su trabajo.
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Escrito por Jose Manuel Granada el 22/07/2013 en 21:25, que dijo:

Hola,pues mi caso es que me han embargado la nómina desde febrero 2013, pero no se me ha comunicado nada, no se me ha informado y cuando he llamado al juzgado, éstos no me han informado de nada, por lo que tengo la nómina embargada y no sé cuánto es en total y cuánto tiempo la tendré embargada,¿se puede recurrir al no celebrarse vista ni juicio y ser embargado sin aviso?
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Escrito por javier el 26/07/2013 en 00:11, que dijo:

hola me a llegado un embargo de un crédito que deje de pagar,me dice esto embargo de los saldos bancarios en cuentas de ahorro ala vista,,yo me pregunto esto es que tendre siempre las cuentas embargadas y cuando me ingresen la nomina me la quitaran entera,gracias
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Escrito por FRANCISCO JAVIER ARAUJO MARTIN el 27/07/2013 en 21:06, que dijo:

Hola David,mira a ver si me puedes aclarar un poco mi caso,me ha llegado esta semana una carta “amenazadora” de una entidad de creditos rapidos por internet, Vivus.es, debo a esta entidad un pequeño prestamo de 200 euros iniciales,mas 40 de intereses.pero no lo puedo pagar de momento,además se han sacado de debajo de la manga otros 132 euros de recargos sobre los intereses,con lo cual la deuda ya sube a 372 euros,espero que paren.Además amaenazan con metrlo por la vía judicial,no se yo si les merecera la pena por unos prestamos tan bajos.Mi nómina actual es de media jornada,cobro 315 euros y llevo casi un año sin que me den horas extras,estoy agobiado y por eso les pedi hace unos dos meses aproximadamente el prestamo.Si volvieran a darme horas y pudiera otra vez volver a ganar de media 400 euros mas en horas extras mi situación se podria aliviar.Puede esto llegar a un juzgado o es una treta o argucia para ver si suelto el dinerete,enviando cartas comerciales de diferentes niveles de “coaccion ” ya que con mi sueldo actual es practicamente imposible vivir,de hecho creo que soy el que tiene los ingresos mas bajos de todos los consultantes.No me niego a pagar pero con este tipo de entidades es dificil entablar unas conversaciones racionales cuando esta el dinero de por medio.Muchas gracias y espero una pronta respuesta ya que estoy bastante agobiado ultimamente.
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Escrito por Juan el 28/07/2013 en 08:44, que dijo:

Hola buenos días una pregunta tengo un coche del año 2007 ya hace 8 meses que ya no pagó ni una letra. Y la financieta se a puedto en contacto conmigo y me dicen que no quieren en el coche por tener más de 6 años y muchos kilometros y el motor cambiando realmente eate coche lo uso para trabjar ya que soy mensajero.¿ Que me pueden embargar? la nómina , porque yo no tengo bienes , aparte mi nomina es de salio base 728 euros. Con lo que mantengo a mi familia. Ahora mi duda es me embargaran mi coche ya q es mi herramienta de trabajo.
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Escrito por Juan el 28/07/2013 en 12:07, que dijo:

Y a demas el coche tiene reserva de dominio, gracias.
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Escrito por Manuel el 31/07/2013 en 15:03, que dijo:

Buenas tardes, Don David. Hoy me han ingresado la nómina y ésta refleja una retención judicial de 459,45€. Creo que dicha retención no está bien realizada puesto que yo cobro en líquido 1471,04€, por lo que correspondería un embargo de 283,81€. Observando el bruto de la nómina, 1808,22, creo que han aplicado la retención sobre el sueldo bruto y no sobrer el neto. He ido a la unidad de nóminas de mi empresa, pero el encargado de las retenciones y embargos está de vacaciones. ¿Usted cree que existe la posibilidad de recuperar la cantidad de dinero embargado no correspondiente?. Por otro lado, el juzgado no me ha notificado nunca que voy a ser embargado. ¿Es ésto lógico?. Muchas gracias. Atentamente, Manuel.
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Escrito por rafa el 04/08/2013 en 13:30, que dijo:

ola me an retenido judicialmente de la nomina 500eurros segun la empresa no me pueden facilitar los datos del demandante de dicha retencion mi pregunta es donde puedo informarme de que es el embargo de nomina, gracias
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Escrito por Tenty Rodriguez el 06/08/2013 en 12:16, que dijo:

Mi duda es la siguiente: Trabajo para la junta de extremadura y cese en una conserjeria el 15 de Julio para pasar a trabajar a otra en ambas interina(temporal),al percibir la nomina mi sorpresa ha sido q tengo nomina 0.En Extremadura nos adelantaron la paga extra de diciembre y segun ellos al cesar se la debo y por ello no me han pagado nada.¿Es legal q me dejen la nomina a 0?.Muchas gracias.
Un saludo.
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Escrito por Nina el 06/08/2013 en 16:18, que dijo:

Buenos dias! Una preguntita que le iva hacer y con hijos a cargo cuanto pueden embargar? Estube casada con ganansiales nos separamos me dejo un monton de deudas y escapo a Venezuela, deuda s.social, logre quitarla, ahora queda impuesto de patrimonio de la casa, y la hipoteca. La situacion es la siguiente aparezco como duena de la casa tengo clientes pa venderla y sin el no puedo, ya que no esta en el pais. Que hago? Por otra parte recibi nacionalidad ahora cambio de apellido y numero de identidad. Quizas tengo la oportunidad de recurrir por que ahora soy otra persona, y como tal no he firmado nada… Gracias por su atencion!!
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Escrito por enrique el 06/08/2013 en 20:43, que dijo:

Hola don david.yo cobro 2 pensiones que en total son 557euros.mi pregunta es .q tengo deudas de prestamo y de targetas de creditos.me puede embargar las pensiones?me pueden embargar la cuenta?si me embarga la cuenta de la pension.ya no podre sacar la pension?me esta llamando todis loa dias la gente q le debo.esa es mi pregunta.muchas gracias ppr su respuesta.
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Escrito por Jose el 10/08/2013 en 12:48, que dijo:

Hola mi pregunta es la siguiente el juzgado puede embargar la cuenta el dia y a la hora que quiera o lo de la hora es aleatoria es decir el juzgado puede embargarte a las 12 de la noche del dia que quiera por ejemplo, muchas gracias
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Escrito por guido el 12/08/2013 en 13:52, que dijo:

Soy autonomo. Tengo un prestamo personal impago hace 6 meses y me dicen que van a iniciar acciones. Que me podrian embargar de mis ingresos?. Pueden embargarme las cuentas q tengo en otros bancos? De ser asi como haria frente a los servicios q tengo domiciliados?
Gracias
Saludos
Guido
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Escrito por danydam el 16/08/2013 en 21:10, que dijo:

Hola: Tengo una deuda con la Agencia Tributaria y otra con una tarjeta bancaria. Tengo una pensión por una invalidez absoluta y permanente de 990,64€. Por la tarjeta, me estan haciendo una retencion de 104 €. La Agencia Tributaria, en el momento que cobro mi pension, me retiene todo lo que halla ( despues de pagar en el banco, que normalmente son como 450€.). Despues tengo que ir y reclamar, y me retienen 73€ y el resto lo devuelven al banco a los 3-4 dias. Es normal eso?.
Y ya que estoy, cuando cobro una paga extra, me retienen el doble?.
Gracias
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Escrito por danydam el 16/08/2013 en 21:15, que dijo:

Si tengo una retencion de 104€ en mi pension de 990€, hecha por una entidad, puede otra entidad retenerme otra cantidad de la misma pension?
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Escrito por Bogdan el 16/08/2013 en 22:29, que dijo:

Holla! tengo una multa de trafico por circular sin seguro de 1250E Tengo la nomina de 700E, algun mes un poco menos, algun mes un poco mas, depende pero no se de que depende. cunto me puden embargar. y en cuanto tiempo desde la fecha de la multa, aproximadamente. gracias
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Escrito por luis toni el 21/08/2013 en 06:23, que dijo:

buenas noches Dr. Sánchez mi pregunta es la siguiente:
vivi 2 años en España pero por los problemas de la crisis regrese a mi país de origen dejando una deuda de tarjeta de crédito por 1200 euros, ahora pienso regresar nuevamente a España y quisiera saber como tengo que hacer para solventar dicha deuda y cuales son las consecuencias que pueda tener? lo primero que quiero hacer es pagar la deuda y a donde me tengo que dirigir? esa deuda la tiene el banco? me gustaría me ayudara para no estar en los ficheros de asnef y al pagar la deuda si quedaría libre de deuda y pueda solicitar algún crédito? muchas gracias por ayudar a las personas con deudas con este blog
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Escrito por inma el 21/08/2013 en 10:11, que dijo:

Buenmos dias
Tengo que realizar un embargo ed hacienda aun trabajador y estoy superperdida
El trabajador tiene un liquido de 1152, tiene una anualidad de alimentos de 425 al mes y una pension compensatoria al conyuge por otros 425 ambas por sentencia
El embargo a practicar es de hacienda, las pensiones las ingresa el voluntariamente yo no se las quito de la nomina pero le tengo que descontar ese importa del liquido para tomar el resultado como base del calculo?
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Escrito por catalina el 21/08/2013 en 12:41, que dijo:

Buenos días,
Le escribo porque llevo un tiempo muy preocupada ,por culpa de las deudas de mi padre con Hacienda. El caso es que mi padre tiene una deuda con Hacienda muy grande del año 2012 y mis padres aún no están divorciados, pero si en tramite en este año del 2013. Es decir la deuda es anterior al divorcio y es solo de mi padre, la suya personal donde mi madre no ha tenido nada que ver. Si la deuda a nombre d mi padre no se paga, existe riesgo que me afecte a mi o a mi madre en un futuro ( embargo de nominas). No tenemos bienes aqui en España, pero si me planteo para el futuro comprarme un piso.. Eso me afectaria, podria Hacienda reclamarme a mi en elgun momento la deuda de mi padre ? o a mi madre? Le pueden embargar a mi madre la nomina por esta causa? Pregunte en Hacienda y me comentaron que no..que solo afectaria a mi padre. Que opina? a Gracias de antemano. Saludos
Responder ↓
Escrito por catalina el 21/08/2013 en 12:42, que dijo:

Buenos días,
Le escribo porque llevo un tiempo muy preocupada ,por culpa de las deudas de mi padre con Hacienda. El caso es que mi padre tiene una deuda con Hacienda muy grande del año 2012 y mis padres aún no están divorciados, pero si en tramite en este año del 2013. Es decir la deuda es anterior al divorcio y es solo de mi padre, la suya personal donde mi madre no ha tenido nada que ver. Si la deuda a nombre d mi padre no se paga, existe riesgo que me afecte a mi o a mi madre en un futuro ( embargo de nominas). No tenemos bienes aqui en España, pero si me planteo para el futuro comprarme un piso.. Eso me afectaria, podria Hacienda reclamarme a mi en elgun momento la deuda de mi padre ? o a mi madre? Le pueden embargar a mi madre la nomina por esta causa? Pregunte en Hacienda y me comentaron que no… Que opina? a Gracias de antemano. Saludos
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Escrito por Sergio el 23/08/2013 en 23:48, que dijo:

Buenas. Agradecerte de antemano la ayuda y preguntarte la siguiente duda.
El organismo de recaudacion de Toledo me ha embargado nomina y devolucion de hacienda para pagar recibos del año 2011. El caso es que el importe era de 2900€ y me han embargado 3300€ y mencionan que ademas no me lo devuelven porque debo recibos de este año y que ese dinero sirve para cubrirlo. Aun me quedan pagar 200€ de este año y, aunque han dicho que retiran el embargo, lo cierto es que no han mandado aun retirada de embargo a la empresa. La pregunta es, ¿es legal? ¿puedo solicitar la devolucion del dinero cobrado en exceso por el embargo aunque deba recibos que aun no estan en tramite de embargo?.
Gracias.
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Escrito por Rebeka el 26/08/2013 en 15:42, que dijo:

Hola; tengo una duda y necesito que me digas que puedo hacer.
Hace un año me llego una notificación que había sido multada por el ayuntamiento porque se encontraron una bolsa de basura fuera del contenedor; la verdad que no la di mucha importancia porque ese día que cometí esa supuesta infracción yo no estaba en mi pueblo por lo que no había tirado la basura; también he de decir que los contenedores que están en mi calle son de los antiguos y son fácilmente accesibles y a veces me he encontrado con bolsas tiradas en el suelo de gente que parece ser son necesitados y hurgan en ellas. En ningún momento volví a recibir otra notificación ni siquiera del embargo. He ido al ayuntamiento y me han dicho que se mando otra la cual no fui a recoger pero en mi buzón no encontré nada de nada. El expediente está cerrado y la cantidad esta retenida hasta el día 14 de septiembre que se lo cobrarán. Mi pregunta es: ¿puedo pedir la copia del expediente y reclamar que no me quiten ese dinero? Es que considero que es ilegal que a mi no se me notifique el embargo por escrito y encima estoy en paro; ya se que tuve que reclamarlo en el plazo de un mes, pero no llegue a recibir ninguna notificación más…..un saludo y muchas gracias
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Escrito por María el 26/08/2013 en 16:51, que dijo:

Buenas tardes,

ante todo agradecerle por leer este comentario y de antemano por su respuesta.

El caso es el siguiente: Hacienda dio orden de embargar mi sueldo por un total de 1200€, con un cálculo de 270€ euros mensuales de retención legal. Al mismo tiempo, como la declaración de la renta había salido a devolver por 700€, Hacienda (sin notificarme previamente) imputó los 700€ a mi favor a la deuda, motivo por el cual el embargo se quedó reducido a 500€.

PERO, en primer lugar, nunca informaron al empleador sobre la disminución en la cuantía del embargo.

El primer mes del embargo, el empleador embargó los primeros 270€ euros (a cuenta de los 1200€). Haciendo mis cálculos, vi que sumando lo efectivamente embargado hasta el momento y lo compensado por la devolución del irpf, el saldo de la deuda solo era de 200€, por lo que decidí presentarme en la delegación y solicitar una carta de pago para liquidar. El mismo dia fui al banco, pagué y presenté un escrito solicitando el inmediato levantamiento del embargo de sueldo. Me informaron que el escrito no era necesario porque la orden de levantamiento era tramitada inmediatamente, pero por si acaso exigí sellado de la copia de mi escrito.

Un mes más tarde del (supuestamente inmediato) levantamiento, mi empleador ha vuelto a embargar 270€ de mi nómina; me ha dicho que no puede hacer otra cosa que seguir embargando hasta cubrir los 1200€ porque no ha recibido ninguna notificación de Hacienda.

Por lo que hoy he ido a la delegación y me han dicho, tras muchas preguntas que he tenido que hacer porque no querían darme la información, que se les “pasó” de notificar al empleador del levantamiento del embargo, y lo hicieron un mes más tarde, justamente ayer.

Mi pregunta es: ¿a qué órgano y a través de qué tipo de procedimiento administrativo o legal puedo acudir para denunciarlos?

Quisiera aclarar (para los que pueda servir mi caso como ejemplo) que he redondeado las cifras para facilitar la consulta.

Muchísimas gracias.
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Escrito por Kiko el 27/08/2013 en 13:28, que dijo:

Buenas tardes.
Es embargable el importe que aparece en nomina como “Plus de destino” que se me abona una vez al año por vivir en una region insular?.No es retribucion de trabajo.
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Escrito por carlos burne el 30/08/2013 en 14:16, que dijo:

tengo un trabajo con contrato de 20 horas cemanales y gano 345 y otro en una mensajeria q gano por horas cuando hay trabajo y sí me asen contrato por los dias que trabajo y en este mes e ganado 630 , y hasienda a enviado un escrito al primer trabajo reclamando mi deuda por multas de 2300 y piden que se me retenga mi nomina ….. mi pregunta es .. hasienda me puede retener toda mi nomina o que cantidad me quitarian y de cual , o como ……. y que puedo aser yo para q no me la quiten toda ,,,, si fuese el caso
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Escrito por amelia sanchez el 02/09/2013 en 00:15, que dijo:

Yo tengo una deuda con el BBVA y no hay ninguna demanda de retención de salario aun, por error en mi empresa me han metido la nomina en la cuenta de ese banco aunque yo la había cambiado a otro y lo había comunicado a mi empresa, ahora el BBVA me dice que no me da la nomina, a que tengo derecho ? pueden hacer eso ?
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Escrito por Paula el 03/09/2013 en 09:44, que dijo:

Buenos días,
En mi caso tengo una multa con la Justicia por la cual tengo un embargo sobre mi salario ya que es lo único que tengo a mi nombre. Como estoy en una situación de prejubilación pues una parte de mis ingresos mensuales me la paga mi empresa (aquí tengo el embargo correspondiente) y la otra es la pensión de la seguridad social (no me han embargado nada aunque entiendo que debe ser un error). Ahora he alquilado un local comercial que a su vez voy a subarrendar. Mi preocupación es que, dado que tengo que declarar los ingresos, el iva trimestral y todas estas obligaciones con hacienda,¿ la justicia se dará cuenta de que estoy cobrando un alquiler y me lo embargará? o ¿al ser organismos diferentes pasará lo mismo que con mi pensión y no me quitarán nada más que la nómina?
Por otro lado, en un par de años pasaré a estar jubilado y ya sólo percebiré los ingresos de mi pensión. Dado que de la pensión no tengo nada embargado, ¿será ahí cuando me la empiecen a embargar? porque cuando llegue este momento ya no existirá la nómina de mi empresa y por tanto o embargan de ahí o no tienen de dónde sacar. Gracias
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Escrito por Gregor el 03/09/2013 en 19:33, que dijo:

Hola

Acabo de recibir mi nomina con un embargo judicial, como puedo saber a que se refiere este embargo?

muchas gracias por su ayuda

Un saludo
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Escrito por ANGEL el 09/09/2013 en 19:45, que dijo:

esoty ha punto de jubilarme y me gustaria saber si me pueden embargar mi paga de jubilacion
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Escrito por Ainhoa el 10/09/2013 en 19:13, que dijo:

Hola, cobro el RGI de 920 euros porque tengo 2 niñas a mi cargo, y sin aviso ni nada hoy al ir a sacar dinero me ponia que tenia disponible 0 euros habiendo dinero de sobra en la cuenta, es mas me han puesto traba en 2 cuentas, me pueden retener todo ese dinero que es para los gastos de un piso social que tengo, gastos colegio y alimentos para mis hijas? Gracias
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Escrito por Jesus Bueno Marquina el 12/09/2013 en 12:58, que dijo:

Buenos dias:

Soy un mediador de seguros autonomo casado con un hijo a mi cargo. Mi mujer no trabaja y los unicos ingresos que tenemos son los mios. Hasta este mes, tenia un embargo judicial de las comisiones que me abona una de las aseguradoras con las que trabajo, pero este mes, me han embargado las comisiones de otras dos aseguradoras mas con lo que unicamente he percibido comisiones de dos compañias que ascienden a unos 650 €. Estos dos nuevos embargos se deben a otro embargo judicial y a un embargo de la Seguridad Social por impago de las cuotas de autonomos. Entre los 3 embargos, este mes me han retenido 1.800 € y, teniendo que pagar una hipoteca de 750 €, me encuentro a dia de hoy sin dinero para afrontar el resto del mes. Ademas, como cada mes cobro distintas cantidades de las aseguradoras, es posible que en alguna ocasión pueda cobrar unos 200 € de las 2 compañias de las que todavía no tengo las comisiones embargadas lo que me impediria poder afrontar el pago de la hipoteca. Ademas, he recibido una carta de la Seguridad Social en la que me embargan la plaza de garage que tengo en mi vivienda y, sin embargo, me han embargado tambien las comisiones de una aseguradora al mismo tiempo. Desconozco si esto es legal y querria saber si tengo que asumir estos embargos o, por el contrario, puedo solicitar el levantamiento de alguno de ellos ya que, según me he informado, hay un minimo que no te pueden embargar. Entiendo que mi caso es excepcional ya que hay meses que puedo cobrar unos 3.000 € pero, sin embargo, hay otros en los que apenas cobro 1.500 €.

Por otra parte, hay otra aseguradora con la que mantengo una deuda de 2.800 € que se ha ido reduciendo con las comisiones que cobro mensualmente. Hace 3 meses me reclamaron la deuda por el Juzgado y, pese a que me siguen reteniendo las comisiones y el importe de la deuda sigue bajando, me reclaman esos 2.800 €. Querria saber si la aseguradora me deberia abonar las comisiones que me esta reteniendo ya que me reclama una deuda superior a la existente actualmente.

Agradezco su atención de antemano y espero su contestación al respecto. Un saludo.
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Escrito por Jesus Bueno Marquina el 12/09/2013 en 13:05, que dijo:

Buenos dias otra vez:

He olvidado indicar en mi anterior escrito que, desde hace 3 años, el Juzgado me retiene las devoluciones del I.R.P.F.
Un saludo.
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Escrito por mario el 13/09/2013 en 01:36, que dijo:

Estoy separandome en estos momentos. Gano 826 e. regimen de separacion de bienes por matri en cataluña. Ella pago mad cosas que yo por tener mas poder adquisitivo. Pienso que pedira algun tipo de conpensacion. Ahora… Un coche que pague yo y lo pusr,a su nombre se lo quedo y vendio. Me toco comprar otro coche. A mi nombre. Es pisible que le otorguen alguba compensatoria? Si no tengo dinero me quiraran mi coche?
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Escrito por Kiko el 13/09/2013 en 11:06, que dijo:

Buenos dias.
Tras realizarme este mes la retencion en nomina que marca el articulo 607 de la LEC de un embargo,quedaba dinero de mi nomina superior al SMI y me han practicado la retencion de un segundo embargo que estaba pendiente.
Es legal hacer esto o como creo solo se puede realizar un embargo cada nomina mensual?.
Un saludo y gracias.
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Escrito por jesus el 13/09/2013 en 11:40, que dijo:

cobro de pension 1564 euros mensuales por deudas con hacienda me descuentan334 euros a el mes esta bien o es demasiado descuento como tengo deudas con el ayuntamiento cuanto me podrian descontar mas,los ingresos son de una minusvalia permanente total teniendo en cuenta que tengo esposa a cargo y mayor de 67 años sin ingresos ,gracias jesus
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Escrito por jesus alfonsin puñal el 13/09/2013 en 11:44, que dijo:

tengo una pension de 1540 euros netos por invalidez permanente total superior a el 34 por ciento cual es la cantidad maxima embargable que podrian hacerme teniendo en cuenta que tengo esposa sin ingresos y mayor de 67 años gracias jesus
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Escrito por Mónica el 13/09/2013 en 19:39, que dijo:

Muy buenas.
Estoy casada y percibo un salario de 231 euros al mes, mi marido sobre unos 1400 euros al mes. Mantenemos una deuda con la seguridad social por unas cuotas de autónomo de mi marido y nos llegó carta comunicando embargo, tanta a nombre de él como al mio.
Este mes nos han embargado las nóminas a los dos, reteniéndole a él 316 euros y a mi 11,54. Mi pregunta es si es correcto que me retengan mi nómina al superar el salario mínimo o si es que hacen los embargos sumando los salarios de la unidad familiar.
Muchas gracias y un saludo.
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Escrito por dario el 16/09/2013 en 01:48, que dijo:

Hola:
Tengo una deuda por incuplimiento de contrato o impago de alquiler la deuda es de 2000 euros tengo cargas familiares 2 hijas, que pasa si empiezo a trabajar y gano 900 euros al mes, me pueden embargar la nomina y cuanto me quitarian.
gracias de antemano.
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Escrito por PURIFICACION GARCIA el 16/09/2013 en 08:59, que dijo:

Cobro un salario neto de 1.690 €. Tengo un embargo de un Juzgado de 4400 € que me están aplicando desde el mes de Febrero a razón de 340 €/mes. Ahora me llega otro del Ayuntamiento por multas por importe de 850 €. Me pueden aplicar los dos??? Cuántos embargos se pueden aplicar a la vez??? Gracias
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Escrito por MARGARET el 17/09/2013 en 13:37, que dijo:

A MI MARIDO LE LLEGO UN EMBARGO DE SUELDO PERO EL GANA MENOS DEL MINIMO SOLO HACE HORA A LA SEMANA Y PIDEN RETENER 40% DE SU UELDO ESTO E PUEDE HACER? DONDE PODEMOS RECURRIR TENEMOS DOS HIJOS YO NO TRABAJO NI PERIBO NINGUNA AYUDA

GRACIAS
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Escrito por Rocio el 18/09/2013 en 14:05, que dijo:

Buenas tardes,he visto su pagina por casualidad y me ha gustado porque es simple y clara. Mi pregunta es respecto a un embargo de nomina que le ha llegado a mi pareja,no estamos casados ni somos pareja de hecho aunque tenemos dos hijas mellizas en comun con las cuales convivimos los dos. Su sueldo es el SMI,645€, y tiene las pagas extras prorrateadas, mas las horas extras. Asi su sueldo varia cada mes pero sin superar los 1000€. Este mes le ha venido el primer embargo de 180€,segun la empresa a quitar de la nomina de este mes de Septiembre. Mi pregunta es si dicho embargo se ha echo con respecto a la nomina de agosto que fue de 1000€ o respecto a la proxima de Septiembre que seran unos 800€. Tambien me interesa saber si todos los meses seria la misma cantidad embargada sin importar la variacion del sueldo percibido. Asi como si el tanto por ciento se calcula sobre lo que cobra por encima del SMI o la suma de todo el sueldo. Por ultimo me podria decir si existe alguna manera de reducir dicho tanto por ciento al tener hijas a su cargo asi como pagos de alquiler y coche. Ante todo agradecerle su atencion. Espero su respuesta, muchas gracias
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Escrito por Mary Ordoñez el 20/09/2013 en 12:27, que dijo:

hola,soy mary el asunto que nos abarca es el incumplimiento de la empresa a realizar los ingresos que le retienen a mi madre por parte de la seguridad social.Ella tiene un adeuda con ellos desde hace tiempo que se generó en régimen de autonomo y desde hace tres años que llego la carta de embargo de la seguridad a la empresa mensualmente le retienen una cantida, que por lo que hemos deducido la empresa no ingresa periódicamente a la seguridad social,la sorpresa a sido cuando este mes hemos ido a cobrar la nómina al banco y se la habian embargado íntegra,por cuantia de 740€ que es el salario que le queda después de las deducciones y del embargo de 100€ que se le práctica mensualmente ,osease,se le a embargado el salario por la misma entidad dos veces sin respetar por parte de la URE el SMI,esto le a supuesto un importante problema,ya que éste mes no a tenido dinero para sus propios gastos fundamentales,como son la alimentación y todo lo que con ello conlleva.
A parte de éste problema que es el motivo de la consulta para ver como podemos recurrirlo y solicitar los daños y perjuicios que a causado la URE a mi madre,al no estar la empresa haciendo los ingresoso periódicos de los cuales la seguridad social deberia de actuar de oficio y dirigirse contra la empresa por obstruir la colaboracion con la misma,como de la deuda hasta que no esté liquidada aumentan los intereses,si la empresa no va pagando la deuda va aumentando y cad vez a pesar de que ella lo vaya pagando debe en proporción mucho mas.
Muchisimas gracis por adelantado y espero su respuesta.
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Escrito por lydia el 21/09/2013 en 10:58, que dijo:

hola;mira yo fui estafada x un curso ,me hicieron una venta falsa y me condenaron en el juzgado a pagarla,son 2000 euros k voy pagando a traves del juzgado xk no kiero saber nada de esa gente ,5 euros al mes,mi salario es de 420 euros al mes x lo k yo creo k es inembargable y hoy tenia 13,15 en mi cuenta y me lo han retenido x una orden judicial del juzgado y no se k puedo hacer xk si yo estoy pagando todos los meses ,ellos no deberian de retenerme lo poko k me keda de mi sueldo,xk sini de k como?¡
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Escrito por Sergio el 24/09/2013 en 13:49, que dijo:

Hola buenos días
Acabo de recibir una orden en la cual pone que me embargan la parte proporcional de la nómina y los créditos que tenga con la empresa yo tengo un contrato mercantil y me pagan todo en factura no en nóminas. Me pueden quitar un 100%¿ un saludo espero urgente su respuesta.
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Escrito por ana el 27/09/2013 en 15:46, que dijo:

Aparte de tener una nomina de 650 euros percibo una manutecion de alimnentos por mi hija menor de edad de 180 euros . La pregunta es que a dicha pension alimenticia tambien la pueden embargar.?
Gracias.
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Escrito por benito el 30/09/2013 en 20:32, que dijo:

por una deuda me reclamaron 13122,50 euros que incluye el principal mas los intereses y costas calculados. me embargaron la nomina dos años y termine de pagar. la realidad ahora me reclaman otros de intereses por tardar en pagar eso es lo que dicen. pero segun la ley no se puede cobrar mas del 30 % los intereses. es cierto eso??
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Escrito por Rosi el 01/10/2013 en 22:14, que dijo:

hola me gustaria que me ayudara, tengo una nomina de 20 horas semanales con las pagas incluidas por un total aproximado de 615 euros,el embargo es por un crédito personal a nombre de mi marido y mio. mi marido no tiene ningun tipo de ingreso desde hace casi 2 años, las condiciones de embargo son las mismas por una hipoteca, un crédito o una tarjeta de crédito?? gracias de antemano
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Escrito por jose antonio rubio el 01/10/2013 en 23:55, que dijo:

Tengo un credito cetelem que me es imposible pagar por mi alta letra hipotecaria esto casado he firmado la separacion de vienes ara unos tres meses pero el credito cetelem lo firme antes de acer la separacion de vienes lo unico que lo firme yo solo tocarian la nomina de mi mujer?
Gracias
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Escrito por Fatima el 03/10/2013 en 15:57, que dijo:

Hola lo quería saber era se embargan lo que viene el la hoja de la nomina solo o lo que recibo por fuera tan bien?lo que me ingresan en cuenta es el total del dinero que tengo a recibir pero lo que consta en la hoja de nomina es de solo 1250.00 euros como es hecho lo embargo en esta situación??dejo el ejemplo de un mes: tengo a recibir en total 2400 euros pero me descuentan 450 euros que me dan por los viajes de cada semana menos el gasóleo de mi coche o sea :2400-450-(100 mas o menos)=1850 euros e me hacen dos ingresos a lo largo del mes! pero con ya he dicho solo consta en la hoja 1250 euros!entonces me gustaría saber cual seria el embargo!!muchas gracias y perdonar se me he liado con la pregunta!
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Escrito por Florencio Montejano Pujol el 11/10/2013 en 13:49, que dijo:

Buenos dias y gracias por la respuesta me condenaron a pagar una deuda con un banco el cual firmaban mi esposa y yo
Actualmente mi mujer cobra 935 euros y yo estoy en el paro cobrando 355 euros hasta diciembre que se termina .
Dependemos totalmente del sueldo de mi mujer para pagar los gastos de casa + gastos de mis hijos .que cantidad me pueden embargar ,este supuesto
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Escrito por TOMAS SAN CRISTOBAL el 14/10/2013 en 11:52, que dijo:

HOLA TENGO UNA PREGUNTA TENGO CON LA HACIENDA ALEMANA UN DEUDA PEDIENTE DE 30000€ CUANDO ESTUVE ALLI TRABAJANDO DE AUTONOMO EXISTE EN ESPAÑA UNA ORDEN DE EMBARGO CON MI PERSONA QUIERO COMPRARME POR NECESIDA DE TRABAJO UN COCHE POR 11500€ ME LO EMBARGARIA LA AEAT(HACIENDA) EN ESTE CASO SI ME LO COMPRO TENGO AHORA UN COCHE DEL AÑO 2002 (RENAULT LAGUNA 1.9DCI DINAMIQUE Y UN FORD ESCORD DESCAPORTABLE AÑO 1995 Y UNA MOTO AÑO 2006) EN CASO QUE ME LO CPMPRE ME LO EMBARGARIAN ESOY OPOSITANTO Y NO TENGO INGRESOS.

UN CORDIAL SALUDO

TOMAS SAN CRISTOBAL
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 19/10/2013 en 11:44, que dijo:

Hola Tomas, por tus deudas te pueden embargar cualquier bien de tu propiedad, así que sí, podrán hacerlo. Un saludo
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Escrito por Leandro el 17/10/2013 en 11:57, que dijo:

Tengo mi nómina embargada a causa de no poder seguir pagando el préstamo personal.
Creo que el descuento que me hacne en la misma está bien hecho.
Estoy casado en régimen de separación de bienes pero tengo dos hijos de 11 y 9 años, la pregunta es:
¿deberían descontarme menos de lo que me descuentan por este hecho (tener dos menores a mi cargo)?
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 19/10/2013 en 11:46, que dijo:

Hola Leandro, en atención a las cargas familiares del ejecutado, el Secretario judicial podrá aplicar una rebaja de entre un 10 a un 15 por ciento en los porcentajes establecidos, pero dependerá de él. Un saludo
Responder ↓
Escrito por eva maria el 17/10/2013 en 15:13, que dijo:

vivo con mi pareja, y mi hijo menor de edad, le han notificado un embargo de la agencia tributaria esl gana unos 1200 y a su cargo estamos yo y mi hijo, nosotros contamos como nucleo familiar? no n o vale para nada?
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 19/10/2013 en 11:43, que dijo:

Hola Eva María, para ese tipo de deuda, no servirá de mucho. Un saludo
Responder ↓
Escrito por Iñigo el 17/10/2013 en 16:07, que dijo:

Hola. Una duda……si trabajo en dos empresas y cobro 700 eu en cada una….. Como realizan el embargo?
Y si las nominas van oscilando en funcion del trabajo realizado?
Muchas gracias
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 19/10/2013 en 11:42, que dijo:

Hola Iñigo, si oscilan se calculará cada mes en función de lo que ganes. Si tienes dos nóminas, y el tipo de embargo que tienes es de nómina, la empresa que reciba la notificación de embargarte el salario será la que deba hacerlo. Si lo reciben las dos, la primera que lo reciba, por regla general, es la que te deberá embargar. Igualmente, no te podrán embargar entre las dos más de lo que te correspondería. Un saludo
Responder ↓
Escrito por javier el 17/10/2013 en 16:39, que dijo:

me llamo javier y me reclaman una deuda de 95 euros de orange,mi pregunta es cual es la cantidad minima, por la cual un juez puede pedir embargo de salario.
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 19/10/2013 en 11:40, que dijo:

Hola Javier, no hay cantidad mínima por la cual te pueden reclamar, lo mismo puede ser 1 €, que 95 € como en tu caso. Ahora bien, a esos 95 € seguramente te añadirán también los gastos del pleito, con lo que la suma será mayor. Un saludo
Responder ↓
Escrito por otro el 19/10/2013 en 11:13, que dijo:

Hola mi pregunta es la siguiente el juzgado puede retenerme la pension a la hora que quiera ,lo digo por si me da tiempo de pasar a otra cuenta de otra persona de la misma entidad que se queda echa en el momento antes de que me lo retengan muchas gracias
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 19/10/2013 en 11:39, que dijo:

Hola, en el caso de que pudieras saber cuándo se va a embargar, igualmente estarías incurriendo en un delito de alzamiento de bienes, tipificado en el Código Penal.

Un saludo
Responder ↓
Escrito por otro el 19/10/2013 en 11:55, que dijo:

a ver a mi ya me descuentan de la pension la parte correspondiente pero en cuanto entre en saldo de la cuenta se lo quedan yo lo único q hago es hacer una transferencia a otra cuenta en el momento q veo la nomina,eso es un delito? gracias
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Escrito por otro el 19/10/2013 en 12:01, que dijo:

quería decir también q lo que hay en el banco es solo la pension nada mas si ya me quitan lo que corresponde el resto en teoría no deberían tocarlo pero el banco lo retiene lo mismo entonces pq no va a ser licito quitarlo antes de que me lo retengan
Responder ↓
Escrito por coral el 20/10/2013 en 13:42, que dijo:

Buenas tardes.David hace una semana resibi un embargo que esta a nombre de mi marido.La deuda es de 2003 en seguridad social.Nos casamos en noviembre de 2005 y en mayo de 2006 firmamos el separación de bienes.Presente enSs por el escrito que no estoy deacuerdo y que la deuda es prevativa.Pero claro como me case en régimen ganancial ¿Me pueden embargar y si es así tendré que afrontar la deuda a partir el 2006 es cuando firmamos sepseparación de bienes.¿
Responder ↓
Escrito por Rafa el 21/10/2013 en 00:37, que dijo:

Buenos días David.

Hace algo más de un mes solicité un microcrédito a una empresa y no he podido pagarlo. Me dicen que la deuda se irá incrementando un 1% y que finalmente me embargarán la cuenta. Les he enviado un e-mail preguntando qué cantidad de saldo me embargaban y me han contestado que una vez haya saldo suficiente en mi cuenta lo embargarán TODO, que me quedaría inmovilizada. Pero aquí por lo que leo no te pueden tocar el mínimo interprofesional. ¿Qué diferencia hay entonces entre este embargo y el que cuentas arriba? Si el mes que viene cobro unos 800€ significaría eso que lo perdería todo?

Por cierto, la deuda era de 186€ pero me dicen que cada día es un 1% más hasta llegar a un tope (que no mha querido decirme).

Gracias de antemano.
Responder ↓
Escrito por Pris el 21/10/2013 en 18:55, que dijo:

Hola a mi me van a embargar la nomina la mia es de 1200 y me quitaran 160 euros cada mes,pero por otro lado tengo otra deuda y queria saber si teniendo ya esto embargado me pueden embargar mas o no,gracias
Responder ↓
Escrito por Milagros el 23/10/2013 en 20:07, que dijo:

Bnas tardes:
Tanto mi pareja como yo tenemos una deuda con la seguridad social, el actualmente no trabaja ni cobra paro, nos concediero el RMI renta minima de la Comunidad de Madrid que asciende a un total de 532€ al mes para los tres incluida nuestra hija. yo cobro por asistenta domestica 120 € , No hay matrimonio , ni pareja de echo. Después de poner estos datos en comunicación de la ADministracion con la cual tenemos contraída la deuda, puesto que empezaron hacer el embargo sobre la cuenta donde se cobra el RMI,, nos contestaron que al no llegar a la cuantia de embargo , se da por echo que inembargable. Vale hasta ahí todo bien, el problema viene que aun siguen haciendo embargos sobre dicha cuenta sin tener ningún otro ingreso mensual. No sabemos que hacer ni como recurrir ni que hacer, le agradecería de antemano que me ayudara a buscar una solución. Gracias.
Responder ↓
Escrito por Gregorio Jesús el 24/10/2013 en 23:48, que dijo:

Saludos

Me llamo gregorio y quiero hacerle una pregunta sobre embargos:

Me ha llegado sentencia del Trbiunal de Ronda(Málaga) de que tengo que pagar 3500 euros a una entidad de crédito.
Yo ya estoy embargado en mi pensión por el Tribunal de Sarria (Lugo).
Cuando me llegue la notificación de ejecución de mis bienes quiero enviarles a Ronda el documento de la Seguridad Social de que ya estoy embargado por Sarria, pues tengo entendido que el INSS aplica tantos embargos como les llegue.
¿Tienen todos los juzgados el mismo criterio según el artículo 607 de la LEC?
¿Al enviarles yo el documento acreditativo de que estoy embargado ya mi pensión por el juzgado de Sarria, no ejecutarán de nuevo otro embargo en mi salario?
Responder ↓
Escrito por carlos gutierrez el 25/10/2013 en 13:02, que dijo:

Hola buenos dias, quisiera preguntarle por que hace 27 dias que me embargaron el sueldo de mi nomina el mismo dia que me lo ingresaron.Fui a reclamar a la seguridad social que es donde tengo la deuda y tuve que presentar los movimientos de la cuenta y conforme el dinero embargado era de mi sueldo.Presente todo y me comunicaron que me devolverian el importe de la nomina embargada menos el tanto por ciento que ellos calculan.Ha pasado ya 27 dias y aun no he recibido la trasnferencia y me pase por las oficinas y me dicen que ya me lo ingresaran que esta la resolucion en tramite.Mi pregunta es ya que este mes no cobre nada y tengo pagos y que comer claro,no puedo reclamarles el dinero por otra via para que me lo ingresen rapido? podria pedir alguna compensacion por tanto tiempo y tratarse de mi sueldo?

muchas gracias de antemano.
CARLOS
Responder ↓
Escrito por jonathan el 25/10/2013 en 13:59, que dijo:

Hola. En mi caso tengo una deuda de 4000 con la SS. me dicen que me embargaran la nomina como tu bien explicas. Pero tambien me dicen que me pueden embargar la cuenta. Con la diferencia que cobraría. Como tengo que actuar en caso de que eso ocurra?
Responder ↓
Escrito por Antonio. el 04/11/2013 en 13:09, que dijo:

Estimado señor, mi pregunta es: Si tengo una deuda con varios acreedores y me embargan la nómina. ¿que acreedor cobra primero? ¿o lo que me embargan paga proporcionalmente a todos? Gracias por atenderme
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 04/11/2013 en 17:15, que dijo:

Hola Antonio. Cobrará antes el que primero lo solicite. Un saludo
Responder ↓
Escrito por Silvia el 05/11/2013 en 17:36, que dijo:

En mayo recibi una demanda por impago de alquiler.. bien el tema está resuelto, pagado y al día.. a finales de septiembre firmem un nuevo contrato de arrendamiento. Y el administrador de la finca me dijo que el tema del desahucio estaba paralizado. Hoy he recibido una notificación de embargo de la seguridad social.. que hago?…
Responder ↓
Escrito por Mohamed el mard el 06/11/2013 en 19:26, que dijo:

Hola sr. Sanchez,
Tengo una duda sobre un problema sobre las ejecuciones hipitecarias. Ahora mismo estoy en negociacion con el banco popular para poder realizar una dacion en pago de mi piso. El piso lo compramos sobre el año 2005, los propietarios somos mis padres y un servidor. A dia de hoy el unico que percibe un salario soy yo, ami padre se le acabado la prestacion por desempleo y mi nadre no ha trabajado nunca. Mis padres se van para alemania en breve.
Mi salario es de unos 1000€, y la cuota de la hipoteca es de +/-750€. Mis preguntas son: al banco le interesa mas hacer una dacion o esperar a la ejecucion x via judicial? I si se llegara al punto de la ejecucion hipotecaria la deuda pendiente recaeria solo sobre mi o solo el 33% como figura en la hipoteca? Y el salario me lo embargarian igual q si el piso fuese solo mio?
Agradeceria una respuesta
Gracias por tu atencion
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Escrito por jose manuel el 11/11/2013 en 18:15, que dijo:

Hola buenas, yo cobro 779 euros de nomina y hacienda me quita 39’99 euros por un un embargo, pero al ingresar el dinero en el banco un juzgado me ha embargado la mitad del dinero de la nomina unos 370 euros,pueden quitarme tanto de la nomina estoy en un grave probelma por que soy separado y tengo k pasar 200 euros al mes de manutencion para mi hija y debido a esto no puedo pagarlos ya que tambien pago alquiler y luz nose si es legal k cobrando tan poco me quiten tanto podrias informarme ….muchas gracias
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Escrito por mercedes el 17/11/2013 en 12:19, que dijo:

Buenos dias, tengo varias dudas acerca del embargo:
– computan las cuantias salariales o tambien las extrasalariales? Me ha parecido ller en alguno de los correos que has contestado que sí computan e incluso en su totalidad en cuantoa a que no se consideran percepciones salariales (pero a mio modo de ver esto romperia la logica de considerar éstos como cuantias indemnizatorias de un gasto que en realidad debe asumir la empresa, no????
– computa el salarrio en especie o solo las cuantias dinerarias???’
– si el trabajador tiene en su nómina otras deducciones (ej., por ejercicio del derecho de huelga, o por suspension de empleo y sueldo, o por cuota sindical…) ¿se aplicaria el embargo una vez descontadas éstas o antes de ello, descontando solo las cuotas a la SS e IRPF?
– computan las indemnizaciones por despido?? En tal caso, podrian embargar todo en cuanto a que no sosn cuantias salariales, o estarian protegidas estas cuantias igualmente en unos mínimos? En este casocómo se apliacarian los % mínimos?
Un saludo y gracias por aclarar estas dudas.
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Escrito por belen el 20/11/2013 en 10:45, que dijo:

Estoy muy agobiada por eso pido porfavor informacion.tengo una deuda con hacienda por no haber hecho la declaracion una año pues bien la fraccione,pero llevo dos meses que no puedo pagar los trescientos euros quee me fraccionaron,fui a hacienda y me dijeron que me van a quitar la fraccion y que me lo quitaran de mi pension mi pregunta es yo cobro ochocientos y pico mas dos pagas al año y por otro lado la de mi hijo que son trescientos al mes ,cuanto me pueden embargar?la de mi hijo tambien la pueden embargar? Me embargan toda la cuenta o solo un tanto por ciento?y a cuanto tiempo tendria que pagar la deuda que al final me subio casi a tres mil euros y ahora cuantos intereses me van a cobrar?muchas gracias
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 20/11/2013 en 11:35, que dijo:

Hola Belén. En cualquier caso tendrán que respetar los tramos de embargabilidad estipulados en la ley, te recomiendo el uso de mi calculadora para saber cuánto te podrán embargar. La deuda tendrás que pagarla hasta que la saldes por completo, que dependiendo de vuestros ingresos y lo que os embarguen con respecto a los tramos citados, será más o menos cantidad. Un saludo
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Escrito por maria el 22/11/2013 en 11:59, que dijo:

Buenos días, mi pregunta es la siguiente; Me ha llegado oficio de embargo a la empresa a día de ayer, yo cobro 800 euros y mas o menos me han dicho que me embargan unos 52 e aprox. Dentro de una semana se acaba el contrato por obra y comienzo en una obra nueva, mi pregunta es la siguiente; si me liquidan mas o menos 3000 e ( entre sueldo pagas y vacaciones) cuanto me pueden quitar? Otra pregunta si solo tengo una cuenta donde me ingresan la nomina ( de la cual ya me van a embargar) pueden quitarme el dinero al tenerlo ingresado?
Gracias por su atención
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 22/11/2013 en 12:09, que dijo:

Hola María. Te podrán embargar lo que corresponda para los 3.000 € que te den, te recomiendo la utilización de mi calculadora para saber cuánto te podrán quitar. En cuanto a lo de la cuenta corriente, deberían respetar que es tu salario y que no pueden tocarlo puesto que ya ha sido embargado, con lo que si te intentan embargar esa cantidad (que no es extraño que suceda) tendrás que acreditar que son tus ingresos y que deben respetar la legislación vigente. Un saludo
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Escrito por Germán el 25/11/2013 en 21:03, que dijo:

Hola David. Te escribo porque veo que contestas con ánimo de ayudar a “los deudores” que las estamos pasando regular. La situación de mi nómina es la siguiente

Total Devengado 1.736,00 €
Seg. Social e IRPF 319,43 €
Líquido a percibir 1.416,57 €

Embargo 1 202,80 €
Embargo 2 138,28 €
Embargo 3 96,79 €
Embargo 4 67,76 €
Suma Embargos 505,63 €

Líquido total a percibir 910,94 €

Si, a esta cantidad, le resto la cuota de la hipoteca, 756,38 € pues, traigo a casa 154 €

¿Hay algo que pueda hacer para demorar un poco estas deudas y tener una renta mensual algo mejor?

Gracias por anticipado y un cordial saludo
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 25/11/2013 en 22:27, que dijo:

Hola Germán, por lo que comentas, te están embargando demasiado. Si tus ingresos netos son 1.416 € solo deberían poder embargarte unos 256,29 € mensuales, en caso contrario no se estaría cumpliendo con la legislación vigente. Un saludo
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Escrito por INES el 28/11/2013 en 14:36, que dijo:

Mi nómina habitualmente es de 700 netos,aunque algunos meses llega a 826 por incentivos. Este mes ha llegado un embargo de hacienda,del cual me embargan 54 mas o menos. Mi pregunta es:este mes tengo paga extra,no llegará a 700 porque llevo trabajando en la empresa desde el 07 de Julio,y me la pagan a mediados de Diciembre sin coincidir con la del mes. Me aplican la misma regla del 30% de lo que supere SMI para el embargo,o lo suman a la nómina aunque no me las paguen juntas?. Gracias
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 28/11/2013 en 14:46, que dijo:

Hola Inés, el cómputo de lo que te pueden embargar, se debe calcular sumando la paga extra a tu nómina. Un saludo
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Escrito por INES el 28/11/2013 en 15:07, que dijo:

Me habían dicho que entonces se embarga sobre el doble del SMI,p orque este mes cobro asi. Me suena raro
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 29/11/2013 en 10:31, que dijo:

Cuando se cobra la paga extra se suma la nómina normal a la paga extra, y sobre esa cantidad resultante, se aplican los criterios de embargabilidad de los que hablo en este artículo.

Un saludo
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Escrito por angeles el 28/11/2013 en 17:39, que dijo:

tengo un litigio con una tarjeta de credito de citibank, en la cual me pide la cantidad de 6500€, de los cuales no estoy conforme pues ellos en el año 2004 me concedieron una linea de credito de 1115€, les pedi contrato y extactos a traves de burofax certificado, tras pasar dos meses y no tener contestacion por su parte, puse una denuncia en el Banco de España. No paran de llamarme por telefono, mandarme cartas de condonacion de deuda hasta del 50% de la deuda y me han metido en el registro de morosos sin notificar la deuda legalmente, y ahora le han dado mi deuda segun ellos de la cantidad que digo al principio por que dicen que me han subido el credito sin contar conmigo por ser un buen cliente a una empresa llamada LILD para que cobre,Me amenazan con llevarme a juicio y yo les he contestado telefonicamente que hare lo que dicte un juez y que me lleven a juicio cuando quieran.
Yo no tengo ingresos propios solo el salario de mi marido, pago hipoteca, luz, agua, telefono etc y mantengo a mi hijo que esta estudiando y a mi madre con una minusvalia del 82%, mi marido gana 1391€, estamos casados en regimen de bienes gananciales, ellos me pueden embargar la nomina de mi marido.
Pueden ellos subir el credito de la tarjeta sin mi consentimiento, pues me siento en una indefension terriblle,Yo les he dicho que pago lo que debo aunque tenga que perder de mi los 1115€ que en su dia me concedieron de linea de credito pero no lo aceptan.
¿Que puedo hacer porque ni el Banco de España soluciona nada?
Gracias un saludo
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 29/11/2013 en 10:34, que dijo:

Hola Ángeles, en cuanto a si pueden subir el crédito, dependerá del contrato que firmáseis en su día y de las estipulaciones que ahí constaran.

Y por tus deudas sí podrán embargar el salario de tu marido, concretamente si gana 1391 € le podrán embargar hasta 243,79 € aproximadamente.

Un saludo
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Escrito por maria el 29/11/2013 en 09:59, que dijo:

Buenos días, el embargo va en función del bruto de la nómina o de lo que percibo en realidad?. A efectos legales cuanto tiempo tiene la empresa desde que le notifican el embargo para contestar al juzgado?

Gracias
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 29/11/2013 en 10:29, que dijo:

Hola María,

La regla de cuantificación se hace sobre el salario neto mensual, esto es el salario después de deducirle todas las cargas fiscales y sociales a las que esté sujeto.

Un saludo
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Escrito por ernestt gomez el 29/11/2013 en 15:20, que dijo:

Buenos días tengo varias deudas estuve sin trabajo como 4 años ahora comerse a trabajar hase 4meces y gano 780 euros tengo cargas familiares .me citaron en el juzgado y quiero saber si me pueden retener parte de mi nomina desde ys muchas gracias
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 02/12/2013 en 19:44, que dijo:

Hola Ernestt, te podrán embargar parte de tu nómina desde el mismo momento en que el secretario judicial decrete el embargo por tus deudas. Un saludo
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Escrito por Pau el 03/12/2013 en 15:02, que dijo:

En caso de quedar una deuda una vez subastada la vivienda es al 50% si en la escritura hipotecaria hay dos titulares y estos están separados? Si uno de los dos tiene un hijo el embargo es el mismo?
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 03/12/2013 en 16:57, que dijo:

Hola Pau, el propietario con el hijo podrá utilizar en ese caso el mínimo incrementado del que también hablo en este mismo artículo. Un saludo.
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Escrito por jose el 05/12/2013 en 21:23, que dijo:

hola tengo una deuda de un credito personal 39000ya com gastos judiciales y todo, cobro el desenpleo y me van 30% de tengo tres personas a mi cargo, el fogasa me tiene que pagar 5000€ esto me lo enbargan o solo el 30% de los 5000€ ya que solo me quedan tres meses de paro y cuando caduca la deuda de los creditos personales
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 06/12/2013 en 10:29, que dijo:

Hola Jose, dependerá del concepto de lo que te tiene que pagar el Fogasa. Si se trata de salarios atrasados sí se debe respetar el mínimo de inembargabilidad y los tramos establecidos en la ley, en caso contrario te lo podrán embargar por entero. Los créditos personales no caducan hasta que saldas la deuda, y menos si te lo están reclamando y embargando. Un saludo
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Escrito por jose el 07/12/2013 en 09:26, que dijo:

es la liquidacion de la empresa que quebro y me a llevado a la situacio actual el salario atrasado lo cobre pero la liquidacion no
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 07/12/2013 en 10:49, que dijo:

Hola Jose, pues como te indiqué, al no ser salario, podrían embargarlo por completo. Un saludo
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Escrito por Jose el 10/12/2013 en 21:03, que dijo:

Hola, os agradeceria me informaseis, tengo varios embargos y empiezo a trabajar en febrero con una nomina de 1250€ y 14 pagas. Y no consigo tener claro cuanto me embargaran. Muchas gracias
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Escrito por Jose el 10/12/2013 en 21:57, que dijo:

Y por favor si pueden aplicar 2 o mas embargos con esa nomina. Muchas gracias
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Escrito por Marcos el 11/12/2013 en 01:43, que dijo:

Hola,
tengo un una retención de 995€ en mi banco hasta el día 12/12/13. La retención me han dicho en el banco que viene de un embargo de la SS por unos autónomos retrasados. Yo ahora estoy trabajando por cuenta ajena (pero sigo dado de alta en autónomos). Si mi salario es de 1200€, porque me embargarán 995€??? eso está bien??? Puedo reclamar en algún sitio esto??? Qué puedo hacer para que en el pago de mi próxima nómina no me vuelvan a retener/embargar una suma tan elevada???
Se que debería ir a alguna oficina SS a informarme, pero soy nuevo en el trabajo, en un pueblo apartado y los horarios no me dan. Me puedes echar luz en el asunto por favor David ??? Muchas gracias desde ya.
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Escrito por Juan el 11/12/2013 en 21:57, que dijo:

Buenas David , estoy casado en gananciales , pero tengo impagada una deuda de un minicredito a mi nombre.

¿ Pueden embargar la nómina de mi mujer o solo la mía?
Lo comento por que mi mujer no tenía ni idea de que yo habia pedido este dinero.

Tanto ella como yo tenemos nomina , el embargo vendria a la mia o a la de los 2?

Un saludo
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Escrito por luis javier el 17/12/2013 en 00:14, que dijo:

mi pregunta es la siguiente, ha llegado a la empresa donde trabajo un embargo de una entidad privada por unos 7000 euros, el embargo de mi sueldo sera el 30 por cien ya que cobro unos 1325 euros mes, quisiera saber si pagando una pension de 230 euros que tengo que pagar todos los meses a mi hija el embargo seria menor, y de ser asi como comunico yo a mi empresa o al juzgado que ja mandado el comunicado el embargo que yo pago esa pension.
muchas gracias.
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Escrito por Goreneko el 18/12/2013 en 17:59, que dijo:

Hola!
Este sitio está muy bien para enterarse de cosas!
Me van a embargar la nómina. No obstante, en el Procedimiento, y en la orden de ejecución, somos 2 los demandados.
¿Tiene que embargarme solo la mitad de la deuda, o la deuda entera? A mi empresa le han pedido el importe íntegro de la deuda…

Muchas gracias!
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Escrito por Juan Carlos el 21/12/2013 en 12:49, que dijo:

Hola, desearía saber lo que me pueden embargar de una deuda de 17000 euros más gastos de 5000, en total 22000 euros, es de mi mujer, ella es funcionaria y gana 2000 euros mensuales, yó soy pensionista por enfermedad, y cobro 1020 euros mensuales, el problema es de que debemos muchas cosas, hipoteca, coche, y todo lo que lleva un hogar(estas cosas se pagan con toda regularidad), desearía saber cual sería el máximo a que nos pueden embargar, la deuda es de mi mujer, estamos en gananciales. Cuando me llamaron del departamento de recobros de deudas (empresas que se dedican a ello), me dijeron de que el embargo puede tardar unos seis meses aproximadamente (hace una semana que hablé con ellos), y el señor que estaba al otro lado del teléfono me dijo, de que sería bueno me buscase un abogado por lo mercantil, pues cuando reciba la demanda judicial, tengo varios días para reclamar al no estar de acuerdo(creo fue a si el comentario), ruego me explique como son esas cosas. ACLARACIÓN: Podría yó, en ese escrito que se haga en su momento, alegar el estado tan mal que tengo por mi enfermedad(Varios infartos, siete cateterismo con sus correspondientes Stemp (muellecitos), y que mi corazón tengo el 40% muerto, y que por tal motivo he vuelto a recaer más en la enfermedad.Para terminar, un juez te puede embargar, hasta ahí de acuerdo, pero arregla una cosa y desarregla otra al quitarte dinero para pagar la deuda, no puedes hacer frente a la hipoteca.
Gracias por todo y perdone mi extensión tan grande en el escrito. Juan Carlos
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Escrito por ricardo el 06/01/2014 en 23:02, que dijo:

Hola buenas tardes, mi consulta es la siguiente!, me he quedado sin empleo hace un mes no he podido pagar el alquiler de diciembre y ahora no podre pagar enero, he solicitado la capitalización de el paro que llevo tres años trabajando en la misma, quiero ponerme de autónomo, me pagaran el la capitalización entre abril y junio, la dueña de el piso me llamo hoy y me dijo que me iniciara desahucio y proceso de embargo, yo dejare el piso porque no quiero generar mas deuda caclulo que podre hacerlo finales de febrero, tengo dos meses de deposito por lo que solo quedaría debiendo enero, si ella me hace proceso de embargo cuando me embargarían?, muchas gracias
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 04/02/2014 en 11:43, que dijo:

Hola Ricardo, te embargarán en función de tu facturación. Un saludo
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Escrito por Maria el 07/01/2014 en 15:07, que dijo:

Buenas tardes,

Tengo un embargo (por impago bancario) de nómina desde hace unos meses, en septiembre hicieron un barrido de cuenta y me embargaron 100€. Como pertenecía a la parte no embargable reclamé al juzgado y me lo devolvieron. Esta mañana he recibido un embargo de hacienda, nunca dejo nada en cuenta pero era para pagar unos recibos, puedo reclamar este embargo? pertenecía a la parte no embargable. Muchas gracias
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 04/02/2014 en 11:42, que dijo:

Hola María, si previamente tuviste éxito en la misma situación, deberías volver a hacerlo. Un saludo
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Escrito por damaris el 09/01/2014 en 13:47, que dijo:

Hola. Mi situacion es la actual una empresa que se dedica a hacer cursillos me ha demandado.hace cuatro años me apunte,acaa de cumplir tyo la mayoria de edad y firme un documento en el que tenia q pagar 2000 euros total que el cursillo era en conclusion una basura que no servia de nda pero segui pagando, me quedan de pagar 787 euros que son los que me reclaman ,yo tengo una hija vivo sola cobro 385 euros y 900 de ayuda,tengo asumido que me tocara pagar, cuanto me embargaran??muchas gracias un saludo
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 04/02/2014 en 11:41, que dijo:

Si ganas 1.285 € te podrán embargar aproximadamente 191,91 €. Un saludo
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Escrito por Amir Hacini el 14/01/2014 en 17:03, que dijo:

hola muy buenas….tengo dos consultas 1º..por un engaño estaba co propitario de un piso al 30% ,el verdadero duño dejo de pagar y se archo de España .a seguda persona no se nada de el en fin e quede yo con el ebargotengo una noina de 1208 € y tengo una mujer que no trabaja y 3 niños pequeños.segun la calculadora que facilito usted a i no tienen que embargarme nada y según las respuestas que lo hico usted a otras personas que tienen un problema semilar,lo comente a mi jefe pero tiene a iedo si dejara de pagar que tendrá problemas y mi deci que necesita algo solida para que pueda presentarlo a caso de pbm entonces que puede hacer??? y la segunda consulta que yo tengo una hepoteca ia al 100% pero ahora no puedo afrontarla..que pasara?me pueden embargar dos vezes?que tengo que hacer?.muchismias gracias. ..
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 04/02/2014 en 11:39, que dijo:

Hola Amir, para que no puedan embargarte sobre la primera vivienda, primero debe haber sido esta ejecutada y subastada, en caso contrario sí podrán embargarte. Sobre la segunda, efectivamente te podrán embargar tantas veces como deudas tengas, pero hasta un tope. La cantidad inembargable siempre debe ser respetada. Un saludo
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Escrito por Jessica el 15/01/2014 en 17:43, que dijo:

hola buenas tardes:
tengo una duda con respecto a los embargos de la nómina en el caso de los meses con paga extraordinaria.
Pondre un ejemplo del mes de diciembre, extra de navidad:
Entiendo que tendremos que sumar el salario neto de la extra+mes diciembre. Mi duda es:
el salario minimo es el mismo que si la retencion fuese como en un mes normal o tenemos que duplicar el salario minimo en el caso de los meses con paga extra?
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 04/02/2014 en 11:37, que dijo:

Hola Jessica, el salario mínimo es el mismo siempre, no varía en función de la extra. Un saludo
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Escrito por Ana el 15/01/2014 en 18:40, que dijo:

Hola mi duda es la siguiente tengo una deuda en el banco de 650 pero no estoy trabajando y me an llamado para decirme ke ingrese la mitad esté mes y la otra mitad el mes que viene sino iría a juicio y me subiría la deuda a 7000 euros por las costas del juicio yo ahora mismo vivo en Francia nose si habría algún problema o como puedo resolverlo porque el único método que me dan es este gracias
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 04/02/2014 en 11:36, que dijo:

Hola Ana. Efectivamente si te demandan tendrás que pagar también las costas del juicio, aunque no tienen porque ascender a esa cantidad. Un saludo
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Escrito por Julian el 24/01/2014 en 11:56, que dijo:

Hola buenos dias , a dia de hoy me esta resultando muy cuesta arriba pagar un prestamo de 16.000 euros con una entidad bancaria , el prestamo no es hipotecario . Despues de años con reducciones en la nomina preveo una nueva reduccion de nomina inmediata y un posible despido este año . A dia de hoy no tengo propiedades ni nada de valor que me puedan embargar en caso de embargo en la nomina casi me interesaria por lo poco que voy a pagar segun la ley y en el caso de desempleo no me podrian quitar nada por no llegar a los minimos segun tengo entendido . No tengo intencion de seguir en España despues del despido . con lo cual a dia de hoy si dejo de pagar el prestamo aparte de intereses de demoras y costas , entrar en listas de morosos y que no me financien nada ( cosa que no me preocupa a dia de hoy ) que puede pasar ? Hace medio año vendi el coche ¿ me pueden acusar de alzamiento de bienes ?
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Escrito por cristina el 27/01/2014 en 21:21, que dijo:

hola ,tengo la nomina embargada,me quitan 132 eu.al mes,ahora he decidido montar una empresa y pedir el pago unico,pero me da miedo que la s.s que es la que me embargo la nomina se quede con el dinero y me quede si nada.me gustaria que me dijeras si es posible que me quiten todo el dinero o me van a quitar una parte o se puede llegar a algun acuerdo etc.gracias
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 04/02/2014 en 11:33, que dijo:

Hola Cristina, en principio no deberían quitarte nada. Un saludo
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Escrito por mICHAEL el 27/01/2014 en 23:55, que dijo:

Buenas Tardes, el tema es el siguiente: tengo un juicio monitorio con el Banco Popular por unan tarjeta de credito por un importe de 5500 euros aprox. Mi nomina actual es de 1030 euros netos al mes. Mi pregunta es, si al celebrarse el juicio, ya se toman medidas firmes, se puede seguir recurriendo y / o cuanto tiempo pasa hasta que uan vez dictada sentencia, se ejecute el embargo de nomina. Gracias
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 03/02/2014 en 14:18, que dijo:

Hola. En cuanto al tiempo que pasa desde que se dicta sentencia, dependerá del juzgado. Cuando se celebre el juicio, se pueden efectivamente ya tomar medidas de embargo, y sí, es posible recurrir, depende de la situación. Un saludo
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Escrito por jesting palacios castillo el 31/01/2014 en 15:49, que dijo:

me gustaria que me ayudaces con una duda tengo una deuda con el banco de 3500€ y tengo una nomina de 1200€ y resulta que me han envargado todo es eso posible
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 03/02/2014 en 14:16, que dijo:

Hola. No, si te han realizado un embargo de nómina (no confundir con el de cuentas corrientes), te tienen que respetar el mínimo inembargable. Un saludo
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Escrito por ANDREA el 06/02/2014 en 15:06, que dijo:

Buenas tardes, David.

Te comento mi caso, y te agradecería me pudieses dar una respuesta.
Tengo la nómina embargada por una entidad bancaria debido a un préstamo personal que me ha sido imposible pagar.
Mi pregunta es la siguiente: ¿Es “normal” o “legal” que la empresa para la que trabajo me cite para comunicarme el embargo de la nómina y tenga en sus manos el AUTO del juzgado, con todo tipo de datos personales míos (obviamente) de la otra persona que solicitó el préstamo conmigo, los datos del aval, total de la deuda, intereses, etc, etc, etc?
Resumiendo, tenían el mismo documento que he recibido del juzgado, que consta de 63 hojas, con todo tipo de datos.
Desde ya, te agradezco tu tiempo, y espero me puedas responder.
Un saludo.
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 27/02/2014 en 17:18, que dijo:

Hola Andrea, a la empresa que te tiene que retener el embargo le llega una notificación de que debe hacerlo, así que es relativamente normal.

Un saludo
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Escrito por cesar el 06/02/2014 en 21:13, que dijo:

hola, tengo una duda yo tengo una deuda con cetelem de 3.000 euros de una tarjeta ,mi salario base es de 833.21 pero gano mas porque tengo las pagas prorrateadas nocturnidad pluses etc,1.200 euros estoy pagando hipoteca ,me gustaria saber cuanto me embargarian de la nomina
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Escrito por cesar el 06/02/2014 en 21:19, que dijo:

Hola , le quería de comentar yo actualmente tengo una deuda con cetelem de 3.000 euros de una tarjeta , mi salario base es 833.21 pero gano mas 1.200 tengo las pagas prorrateadas nocturnidad pluses ect, me gustaria saber cuanto me embargarian de la nomina, y otra duda que tengo ahora en abril tengo que cobrar hacienda se pueden quedar
con ello
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 27/02/2014 en 17:20, que dijo:

Hola César, para unos ingresos de 1.200 € te podrán embargar aproximadamente 166,41 €. Hacienda también puede realizarte el embargo si le llega la notificación del juzgado. Un saludo
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Escrito por Lys el 12/02/2014 en 01:05, que dijo:

Hola buenas tardes, te comento me han enbargado la nómina y la cuenta bancaria este mes y coincide que este mes también me habían dado una paga extra lo que hace una suma de 3600 euros y me han descontado 1350 y mi nómina mensual es de 1600 euros, esta deuda es el saldo de la hipoteca y estoy casada y tengo 2 hijas, la deuda también es de mi marido, me pueden embargar tanto dinero habiéndome quedado sólo con mi sueldo normal lo cual no lo encuentro justo porq además de no haberme quedado el piso que pagó alquiler mi marido sólo gana 300 euros y esto me da mucha impotencia gracias por prestarme un poco de su tiempo
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 27/02/2014 en 17:21, que dijo:

Hola Lys, al haberte dado la paga extra, los ingresos se suman a los normales, con lo que no es ilícito que te embarguen dicha cantidad. Además, si tu marido y tú estáis en bienes gananciales, se deben sumar vuestros dos ingresos para hacer el cómputo. Un saludo
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Escrito por Raul el 13/02/2014 en 17:24, que dijo:

Hola buenas, tengo una multa de botellon en la calle de 600 euros mas un recargo de 120 euros y me llega cada 6, 8 meses una carta. No he trabajado nunca y no puedo pagarla. Quiza en poco tiempo empieze a trabajar y por lo tanto cobrare mi primera nomina, me lo quitaran de la primera nomina, es decir del primer sueldo?
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Escrito por JOSE el 14/02/2014 en 13:32, que dijo:

en cuanto cobres una nomina te lo quitaran
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Escrito por JOSE el 14/02/2014 en 13:28, que dijo:

a mi mujer y a mi no ha puesto un monitorio un banco, tenemos regimen de separacion de bienes, yo no tengo trabajo,en caso de perder, tendria que pagar mi mujer todo, o solo la mitad de la deuda, gracias
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Escrito por Diana el 18/02/2014 en 14:20, que dijo:

Hola, tengo una deuda con el Banco que asciende a 3800 euros y cobro una prestación por desempleo de 610 euros,y me llegó una carta de embargo de nómina, Mi duda es me embargaran todo lo que cobró del paro?. Gracias
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Escrito por elisabet el 18/02/2014 en 17:32, que dijo:

Hola! te informo mi situacion, tuve una empresa hace un año, que se quebro, y ahora una trabajadora me esta pidiendo 2300 euros, que en realidad ni la debo, solo porque tiene unas nominas sin firmar, el que caso esque he tenido un juicio, el cual he perdido, y mi pregunta es.. me pueden embargar mi casa por esa deuda, porque mi nomina ahora es de 515 euros y mi pareja autonomo
Responder ↓
Escrito por MARIA JOSE el 19/02/2014 en 15:27, que dijo:

Hola David,
Mi pregunta es la siguiente, hace 1 mes me estaban practicando un embargo, pero me han reducido la jornada y ahora he empezado a trabajadr en otra empresa, con lo que ahora tengo 2 nóminas de 2 empresas distintas, en ninguna de ellas por separado llego al minimo del SMI, mi pregunta es:
Tengo yo la obligación de comunicar al Juzgado mi situación??
o sí no se enteran no tengo que hacer nada.
La empresa en la que me estaban practicando el embargo, ha comunicado que no procede practicarme el embargo porque no alcanzo el SMI.
Sería correcto que cada empresa comunique que no llego al SMI
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Escrito por ANA el 24/02/2014 en 14:00, que dijo:

Hola,
Se puede embargar a un trabajador mas de lo que se calcula si el trabajador lo pide para pagar una deuda??
en este caso el maximo es de 170€ y el pide que sea de 252€
Gracias.
Responder ↓
Escrito por fran el 25/02/2014 en 02:43, que dijo:

Hola,
mi nómina es muy bajita ya que estoy a media jornada pero he pedido un prestamo de 1000 € y quisiera saber si van a tocar dinero de ahí o solo te embargan de la nómina.
Gracias
Responder ↓
Escrito por yoyar el 26/02/2014 en 15:31, que dijo:

Hola tengo una duda, tenia una deuda de 2300 euros que con intereses y costas se quedo en 3000, me han embargado la nomina y ya llevo 1 año pagando y para julio ya termino pero la cosa es que hoy me ha llegado otra carta que aparte de esos 3000 tengo que pagar 900 de intereses,eso lo pueden hacer?si ponia 3000 son 3000, no? Gracias
Responder ↓
Escrito por Maria el 26/02/2014 en 16:29, que dijo:

Hola David,
Mi exmarido lleva meses sin pagarme la totalidad de la pension de alimentos, por lo que el juez le ha mandado a la empresa una orden de embargo. La empresa recibio la orden de embargo pero no le estan reteniendo ninguna cantidad. A dia de hoy sigue trabajando y no le retienen nada. ¿la empresa no esta obligada a realizar la retencion todos los meses? ¿Si no la realiza no incurre en ningun delito? ¿De que forma se puede obligar a la empresa a que me pague lo atrasado?, es decir desde diciembre que fue notificada.
Muchas Gracias
Responder ↓
Escrito por claudia el 26/02/2014 en 22:15, que dijo:

hola tengo una deuda por una tarjeta de credito que estuve pagando pero luego ya no pude y en diciembre del 2013 me ingresaron la nomina pero no me pagaron la bolsa de vacaciones y en la nomina de enero 2014 me quitaron 42 euros y mi nomina es de 496.30 tengo 3 pagas queria saber si es correcto ese importe ?
y mi ultima pregunta pedi el cambio de cuenta para que me ingresen la nomina y no lo han hecho puede ser por el mismo motivo del embargo ??gracias me llamo claudia
Responder ↓
Escrito por Oscar el 27/02/2014 en 13:10, que dijo:

Hola David, a ver si puedes ayudarme aaclarar un duda.
Mi nómina está sufriendo una retención por el máximo que estable el art. 607 de la LEC. El mes pasado, el juzgado que ordenó esa retención, procedió a ordenar el embargo y adeudo del saldo de mi cuenta bancaria, que era justamente el resto de la nómina.

En mi cuenta, el único ingreso es el que procede de la nómina y así lo he demostrado en un escrito remitido al juzgado.

Si no estoy equivocado, el resto de mi nómina es inembargable, porque ya sufre una retención por el máximo establecido por ley, pero el juzgado, 27 días después de remitirles el escrito, solicitando la devolución del importe extraído de mi cuenta, por no proceder, la única respuesta que me da es el siilencio. Temo que este mes vuelvan a hacer lo mismo.

¿Como puedo defenderme?. Si me retienen el total de ni nómina, lo cuál es ilegal, ¿qué defensa me queda a mí?

Muchas gracias por todo el tiemp que dedicas a respondernos. Saludos
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Escrito por MARTA el 28/02/2014 en 12:37, que dijo:

Hola David,

Si una entidad financiera te embarga la nomina y antes de finalizar de pagar la deuda tú puedes ir avanzando dinero para ir disminuyendo la deuda, ¿puedes realizar algún ingreso en alguna cuenta de juzgados para rebajar la deuda total u de esta forma el tiempo que la nómina permanece embargada?
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Escrito por Fran el 03/03/2014 en 16:27, que dijo:

Buenas:

En mi caso hacienda me embargó 1.896€ correspondiente a una multa de trafico, me han ido descontando mensualmente la deuda de mi sueldo, la sorpresa fue cuando me comunicaron que me compensaban la devolución de la renta por el mismo asunto un total de 346€…El caso es la deuda ya esta sobradamente saldada (nunca mejor dicho). pero al revisar mis nominas me doy cuenta de que me han embargado la totalidad del importe del sueldo. ¿y que pasa con mi devolución, la cual ya han compensado por la misma deuda? sin duda es un exedente…he pagado un total de 2242€!! y después de tratarme fatal…me han dicho en hacienda que para que me devuelvan el excedente del embargo tengo que hacer un escrito y solicitarlo…¿¿si no me llego a dar cuenta se lo zampan ellos?? y para colmo me han dicho que puede tardar muchísimo… ¿Qué puedo hacer¿

gracias.
Responder ↓
Escrito por sergio el 03/03/2014 en 21:46, que dijo:

hola buenas noches, tengo un embargo por un procedimiento hipotecario y ya me retienen sobre 150 euros cobro 1100, ahora me reclaman las minutas el abogado, que me llevo el procedimiento y me ha metido por un juicio queria saber la cantidad que me puede embargar o si ira a buscar bienes que tengo. muchas gracias por su atención y un saludo
Responder ↓
Escrito por nuria el 06/03/2014 en 12:06, que dijo:

buenas! mi duda es la siguiente. a mi pareja le han embargado 1200 euros de su nomina y el banco dice que es de hacienda, pero no especifica de que. pensando pensando creemos que es por que no hizo la declaracion este año pasado y pueden haberle impuesto esta multa. el tiene un hijo esta divorciado y un juicio pendiente hipotecario de 300000 mil euros con clausulas abusivas y el banco ya quiere negociar. mi pregunta es: en caso y seguramente sea eso que hacienda haya impuesto esta multa de 1200 euros por no presentar la declaracion, es posible que se pueda recuperar el dinero? el no recibio ningun aviso previo de ser asi lo hubiera mandado en el acto ya q siempre las presenta. en el banco pone embargo y esta como retenido y no cobrado aun. que debemos hacer? es posible que le devuelvan parte del dinero y cuanto tiempo tardan en hacerlo? gracias david espero tu respuesta.
Responder ↓
Escrito por andres el 06/03/2014 en 15:24, que dijo:

tengo una deuda con la tesorería desde el 2004 .me han descontado de la nomina todos los meses desde entonces unos 1000 euros.como la deuda era de unos 100000 euros.no podía llegar a acuerdo por que te piden un tanto por ciento por adelantado.despues de estos años y haber pagado mucho mi deuda va por 290000 euros y sumando intereses .y estoy en el paro.no hay manera de parar que sigan generando intereses?
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Escrito por Marc el 07/03/2014 en 14:42, que dijo:

Hola me han embargado la nomina, ya que mi padre me hizo una donación de un local sin que yo supiera que el tenia deudas con hacienda, es surrealista ya que no es una deuda mía es de el, vendió un piso y no les pago y a través del local me embargan a mi por su deuda.
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Escrito por jose luis perez el 08/03/2014 en 00:17, que dijo:

hola buenas, tengo un sueldo neto de 750 e. Me han embargado la casa y aun me queda deuda con el banco, (la casa esta a nombre mio y de mi expareja), cuanto me podrían embargar de la nomina? y podrían quitarme el coche? gracias de antemano
Responder ↓
Escrito por Clara el 17/03/2014 en 14:25, que dijo:

Buenos dias, comento mi caso, tengo un suegro en mal estado de salud, tiene dos nominas, una de España de 715 euros más dos pagas, y otra de Alemania de 315 euros.
Tiene una casa de valor unos 12000 a 15000 euros no hipotecada.
Tiene varios prestamos personales por un importe total de 30000 euros.
paga al mes 800 euros entre todos los prestamos, normalmente no le da para todo, algo lógico, solicita otros para pagar los que no puede, mi idea es que deje de pagar todo y venda inmediatamente la casa, ¿que le pasaria? ¿ cuanto le quedaria de nomina?
Responder ↓
Escrito por Francisco Dominguez el 25/03/2014 en 17:31, que dijo:

En primer lugar felicidades por su trabajo.

Mi consulta es la siguiente :
De una pension por IPT de 1042 euros me han embargado el 30 % del
segundo tramo, ( aprox 120 e).
Presentado escrito para solicitar una reduccon por cargas familiares
me lo han denegado. ( ahora cobro 924 e )
Alquiler,570 euros, + luz. agua, etc etc.
Casado en reg. separacion, viviendo con mi mujer y su hijo de 17 años.
¿ la reducción por cargas familiares es obligatoria o a discrección del
secretario ?
¿ ante esta denegación me queda alguna opción ?
Muchas gracias por su atención y su tiempo.
Un saludo
Responder ↓
Escrito por jose el 25/03/2014 en 22:15, que dijo:

Buenas noches tengo embargada la nomina y me han echo embargoen la cuenta te pueden envargar la declaración de hacienda
Responder ↓
Escrito por maria el 26/03/2014 en 12:17, que dijo:

Hola, me van a embargar la nómina por un juicio que perdi, pero no tengo claro una cosa, cobro la ayuda de los 100€ por el nene que tengo esto lo suman a lo que gano con la nomina? O solo se hace la cuenta con mi nomina? Por otro lado estoy pensando para quitarme otras deudas que tengo aparte de trabajar por cuenta ajena también hacerme autonoma como afectaria este embargo a lo que gane como autonoma? Tendria que ingresarlo yo no se enterarian de nada??
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Escrito por edgar el 26/03/2014 en 13:10, que dijo:

Buenos dias tengo la nómina embargada por no pagar un prestamo en su tiempo, ahora tengo trabajo i me embargan unos 500 euros al mes ja que cobro 1950 mi pregunta és ahora que llega la declaracion de la renta esos 6000euros anuales embargados cuentan como dinero cobrado por mi o no tengo que ponerlos en la declaración?
Responder ↓
Escrito por catalina el 31/03/2014 en 00:51, que dijo:

Tengo una tienda soy autónomo y con módulos poco a poco e dejado pagos a distribución pensando que podría pagar pero como la cosa va muy lenta se a demorado. Ahora me a venido uno por juzgado. Que reclama pero no tengo manera de pagar.. Mi casa esta pagando por el banco todavía para 25años el coche esta también financiado solo a mi nombre que este ahora pagado un coche viejo.. Se puede hacer un cierre de bancarrota mi negocio o usted piensa que embargan estoy sola.. Y no se que hacer. Gracias
Responder ↓
Escrito por antonio el 05/04/2014 en 16:38, que dijo:

hola mi duda es me están cobrando una tarjeta de crédito y me llego una citación del jusgado que mevan a envargar mis vienes y mis cuentas pero yo solo tengo contrato durante tres meces y yo no tengo vienes y solo cobro de sueldo 800 euros me quitan todo el sueldo o me dejan algo para vivir
Responder ↓
Escrito por Ignacio J. Palacios el 09/04/2014 en 12:13, que dijo:

Buenos dias.

Tengo una duda que me gustaría plantear.

Desde hace unos meses estoy pagando un embargo sobre mi nómina.

Mi nómina es de 1.200 €

En mi cuenta corriente solo se recibe como ingreso el correspondiente a la nómina menos el embargo mencionado.

Ahora me ha llegado un segundo embargo y me han retirado de la cuenta el saldo que había.

La pregunta es:

Si el dinero de la cuenta proviene unicamente de la nómina (y esto se puede demostrar a través del extracto de movimientos), ¿pueden por este 2º embargo quitarme ese saldo?

Muchas gracias.

Un cordial saludo,

Ignacio
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Escrito por anonimus el 16/04/2014 en 13:09, que dijo:

hola buenos días, quería saber si me pueden embargar mi primera nomina??
gracias
Responder ↓
Escrito por jose armando el 24/04/2014 en 03:28, que dijo:

Hola, de primero agradecer de ante mano su ayuda, soy minusvalído, con46% y una hija menor de 25 años que carece de ingresos. Estoy divorciado y sin ningún cargo con ella ya que fue de mutuo acuerdo. Por desgracia me embarcaron la nomina de la administracon y estaba cobrando después del embargo 980 euros. Hacer me notifican que el juzgado otorga una mejora de embargo por el total pendiente de cobro que asciende a 754 euros. El encargado de panadería me ha comentado que este mes me tiene que descontar de golpe los 745 euros ya que así lo ordena el juzgado por esa mejora. Yo les menciono que eso no es correcto pero me invitan a denunciarlo ya que ellos no saben más que no se van a complicar la vida con el juzgado. La deuda es de un préstamo particular no hipotecario. No se como lo voy ha hacer ya que nos condenana mi hija y a mi a no poder ni comer el mes que biene. Gracias de todo solo decirla que se me a comunicado el ddía 21 de abrillo del 2014. Me dice que tengo 5 días para recurrir pero que la mejora no se para ah un recurriendo.
Responder ↓
Escrito por RAMONA el 30/04/2014 en 00:00, que dijo:

Me gustaría saber si interesaría a la seguridad social embargar una vivienda cuyo precio en el mercado es inferior a la hipoteca que se debe al BANCO. Por ejemplo, debe 100 de hipoteca y se ha vendido en la inmobiliaria en 60. ¿Que pueden hacer? Embargar y esperar a que se vaya pagando la hipoteca poco a poco? Porque si quieren sacarla a subasta, entiendo debe cobrar el Banco en primer lugar el importe de la hipoteca concedida para comprar la casa, o tiene prioridad la seguridad social?
Muchas gracias de antemano por tu atención.
Responder ↓
Escrito por charo el 07/05/2014 en 12:25, que dijo:

Hola, tengo una deuda con una cadena de supermercados por un alquiler, el juzgado me puede embargar mi sueldo que es inferior a 450€. Tengo una hipoteca y otras deudas. Gracias.
Responder ↓
Escrito por fran el 08/05/2014 en 14:37, que dijo:

Hola me van enbargar la nómina cuanto me quitarian cubro 1000
Responder ↓
Escrito por Alejandro Carrasco el 16/05/2014 en 16:25, que dijo:

Hola:
Tengo una deuda con un banco de 5400 desde el 2008. Ahora me embargan la Nómina y nada más. podrián embargarme la devolucion de hacienda? también me gustaria saber en el caso de indemnizacion, se quedarián con el dinero?. el tema esta en que la deuda la tengo con un socio que es insolvente. me llamaron desde el banco y comentaron que la deuda ha subido a 20000 euros por los interes y el discubierto……etc.. solo para saldar me parte me piden 10000 euros. que hago?
Responder ↓
Escrito por jose el 16/05/2014 en 19:59, que dijo:

me vino un embargo de 127,64 euros que me cobraron en la nomina de abril. Me sigue saliendo esa misma cantidad en los expedientes. cuanto tardan en actualizar datos? ¿puede ser otro embargo?
gracias¡
Responder ↓
Escrito por oscar el 21/05/2014 en 15:54, que dijo:

Hola,
el caso es que tengo la nómina embargada, llega un segundo y se le avisa al juzgado que en estos momentos no se puede retener nada por estar pagando otro embrago.
Me gustaría saber si en el momento que se acaba de pagar la deuda primera, se aplica automáticamente el segundo embargo o tiene que ser el adeudado quien tiene que volver a pedir la retención y poder aprovechar este momento para rescindir el contrato y poder cobrar toda la indemnización.
Muchas gracias
Responder ↓
Escrito por Fernando el 28/05/2014 en 13:51, que dijo:

Buenas tardes, primero de todo agradecerte tu ayuda. Hace 6 años tuve que hacer un concurso de acreedores con resultado positivo en mi empresa (fortuito). En estos momentos estoy trabajando para una empresa en Arabia Saudi y la entidad bancaria con la que operé me reclama, como avalista, una deuda de 122.000 € (en las fechas del concurso era de 60.000€). Tengo claro que la nomina no podrían tocarla, pero al tener una cuenta en España de no residente, pueden embargarla? y en que cuantía? . Salvo esa cuenta de no residente, no tengo nada a mi nombre y soy residente en Arabia. Un cordial saludo y reitero el agradecimiento.
Responder ↓
Escrito por Gabriela el 28/05/2014 en 23:26, que dijo:

Buenas noches David, mi pregunta es la siguiente este mes hice la declaración me salió a mi favor 1399euros, debía dos facturas de agua las pagué y en hacienda dicen q detrás de eso consta un embargo de 2020euros y q les habise si logré arreglarlo con el juzgado, hay fechas de embargo o todos los meses a partir de ahora me embargaran mi nómina, puedo cobrar lo de la renta pasado este mes?
Responder ↓
Escrito por Maria el 31/05/2014 en 10:45, que dijo:

Hola mi padre tenia una deuda le embargaron la pension hace mucho tiempo ya, ahora mi padre a fallecido, en el juzgado me dijeron que si la pension que le quedase a mi madre de viudedad era superior a 600€ que seguirian reclamandola pero que si era menor no, la pension oscila a 633€
Seguirian cobrándose la deuda con esa cantidad?
Gracias
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 01/06/2014 en 14:04, que dijo:

Hola María, si tu madre no recibe más ingresos, al estar esos por debajo del salario mínimo interprofesional, no podrán embargarle. Un saludo
Responder ↓
Escrito por Alberto el 04/06/2014 en 00:53, que dijo:

Hola,tengo un embargo importante y todos los años cuando hago la renta me retienen toda la cantidad que me sale ha devolver,hasta el pasado 1 de Enero seguia trabajando aunque mis ingresos se habían reducido muchisimo hasta el punto que tuve que serrar el negocio (era autonomo)me quede en el desempleo sin ninguna prestació y no tengo ingresos de ningún tipo,la renta este año tambén me salio a devolver,ya me llegará el escrito de hacienda indicando que el importe se le abonará al demandante,dada la situación de precariedad en la que me encuentro ¿ hay alguna posibilidad de evitar que me retengan todo lo que me devuelven ? .
Atentamente y gracias por adelantado.
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 04/06/2014 en 16:50, que dijo:

Hola Alberto, por las deudas se responde con todo tu patrimonio, así que me temo que no, no podrás hacer nada en cuanto a la devolución. Un saludo
Responder ↓
Escrito por Arnau el 07/06/2014 en 02:42, que dijo:

Hola
Tengo una pregunta a ver si me puedes orientar. Llevo en paro casi dos años y con diferentes tarjetas de credito acumulo sobre unos 20000 euros. No tengo ningún ingreso. Cuando me llegue la citación judicial de estas financieras para asistir a juicio, que me puede pasar si no acudo?
Y si acudo, que debo hacer?
La deuda está integramente a mi nombre y no tengo ningún bien ni nada
vivo de mis padres y con mis padres, les puede pasar algo a ellos?
Gracias
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 07/06/2014 en 11:37, que dijo:

Hola Arnau, si no acudes el proceso seguirá su curso y te embargarán la deuda más las costas procesales y los intereses que se originen. Si acudes al proceso, y te opones a la deuda, será más caro. Si acudes para aceptar la deuda, será como si no acudieses, aunque quizás el proceso sea más ligero y las costas sean menores. En cualquier caso, te embargarán tus bienes presentes y futuros, en caso de tener algunos. A tus padres no les podrá pasar nada. Un saludo
Responder ↓
Escrito por Jose Pascual Borland el 16/06/2014 en 13:45, que dijo:

Hola tengo un hijo que fue autonomo se dio de baja por no tener trabajo y hacienda le dijo que no podia tenia que pagar 6 meses 5000 euros todo po culpa del gestor que lo hizo mal mi hijo llego a un acuerdo con hacienda de pagar por meses lo que pudiese y esta pagando ha estado 4 años sin trabajo y paganyo la ipoteca y mas cosas hoy le embargan el coche le casa y como esta otravez de autonomo le han embargado todo el sueldo y no sale por ningun sitio lo que pago y adems cada trimestre le tienen que debolver dinero del iva y lo entrega para pagar lo que debia y dicen que actual mente deve 6300 euros que se pude hacer
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 16/06/2014 en 22:49, que dijo:

Hola Jose, no se puede hacer más que lo que habéis hecho, tratar de resolver vuestra situación con hacienda directamente. En cualquier caso, si no están respetando el salario mínimo inembargable, podréis hacerlo valer también. Un saludo
Responder ↓
Escrito por Veronica el 19/06/2014 en 16:07, que dijo:

Hola, mi duda es referente a que si yo tengo una paga extra semestral me la embargan entera porque es dividir el sueldo por dos, y me sale denpaga extra unos 364 € cuanto me pueden quitar
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 20/06/2014 en 12:43, que dijo:

Hola Verónica, se tendrán que seguir las reglas estipuladas para los embargos de salarios también con tu extra, sumando la cantidad de ésta a la normal que cobres. Es decir, si un mes ganas 1.000 € (de nómina) + 1.000 € (de extra), el cálculo sobre lo que te pueden embargar, se hará sobre 2.000 €. Un saludo
Responder ↓
Escrito por daniel caraballo el 20/06/2014 en 18:18, que dijo:

buenas tardes me están embargando de la nomina 79.40 euros mes desde enero la empresa no paga hacienda dicha cantidad pero me lo descuentan de la nomina de cada mes.
que puedo hacer
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 21/06/2014 en 09:31, que dijo:

Hola Daniel, tendrás que reclamar a la empresa y demostrar ante Hacienda que te lo están descontando de tu nómina. Un saludo
Responder ↓
Escrito por Sara Benítez el 21/06/2014 en 13:19, que dijo:

Hola me gustaría saber si tengo obligación de decir en mi nuevo trabajo que tengo un embargo de mi nómina o he de dejar que les llegue la notificación. Gracias, un saludo.
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 21/06/2014 en 20:01, que dijo:

Hola Sara, no existe tal obligación. Un saludo
Responder ↓
Escrito por Joana el 23/06/2014 en 13:05, que dijo:

Hola!!! Me gustaría saber, qué sucede en los casos en que una persona tiene jornada parcial y no llega al SMI y por otra parte, cobra una prestación por desempleo que tampoco llega al SMI y quieren embargarle.
¿Se acumulan esas cantidades? ¿El empleador está obligado a retener esas cantidades debidas aunque el empleado no cobre nisiquiera el SMI? ¿Quién haría esa acumulación de ingresos para retener el SMI?
Muchas gracias!!!!!! BEsos
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 23/06/2014 en 19:16, que dijo:

Hola Joana, primero habría que partir del hecho de que estar cobrando una prestación por desempleo, y estar trabajando a la vez, no es, en principio, legal. Teniendo esto en cuenta me es difícil responderte pues me faltan datos. Un saludo
Responder ↓
Escrito por Ana el 23/06/2014 en 16:25, que dijo:

Hola,mi pregunta es, si preguntando en mi banco no hay ninguna orden de embargo en mis cuentas bancarias,qiuere decir que no tengo ninguna orden de embargo? Es llevo años viviendo en otra direccion y si me han notificado no me habre interado.el tema es que quiero comprarme un coche y tengo miedo de no poder venderlo luego
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 23/06/2014 en 19:17, que dijo:

Hola Ana, puede significar que el banco no ha recibido orden de embargo, pero puede que exista algún embargo contra ti, no es fidedigno 100% este dato. Un saludo
Responder ↓
Escrito por Ana el 23/06/2014 en 21:23, que dijo:

Y como puedo saber si existe alguno?
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 23/06/2014 en 21:55, que dijo:

Hola Ana, a través de las notificaciones que te lleguen, y si no te llegan, pueden estar publicadas en los distintos tablones de los juzgados de tu localidad. Un saludo
Responder ↓
Escrito por Juan el 24/06/2014 en 19:36, que dijo:

Buenas tardes. Hacienda me ha retenido el importe de la devolución por un embargo que ya satisfice el año pasado, posiblemente porque el Juzgado no haya comunicado a AEAT el pago del mismo. Como debo ahora reclamar la devolución, dónde y en qué plazo? Muchas Gracias.
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 27/06/2014 en 14:03, que dijo:

Hola Juan, lo mejor será que reclames ante el juzgado que decretó el embargo la situación y te persones ante hacienda demostrando el haber satisfecho todo el embargo y sus intereses. Un saludo
Responder ↓
Escrito por Mariana el 24/06/2014 en 19:42, que dijo:

Hola David ,tengo un embargo por una orden judicial de una deuda de 1883.70 del banco cetelem.Soi soltera y tengo un hijo a cargo ,mi nomina no supera los 645 e netos al mes y tengo la ayuda de 100 e al mes por ser madre trabajadora,ese mes e recibido una carta de mi empresa de que me van a embargar unos 46 euros al mes hasta que la deuda se paga,que es lo que puedo hacer ya que el banco donde me ingresan la nomina me embargaron hace 2 semanas 330 euros que tenia en mi cuenta para llegar al din de mes ,se puede recuperar ese dinero?
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 27/06/2014 en 14:05, que dijo:

Hola Mariana, el dinero que hay en las cuentas corrientes se considera ahorro y puede ser embargado. Para evitarlo, tendrás que acreditar que el dinero que ingresas en la cuenta es de tu nómina y que por lo tanto, si no es superior al mínimo, no puede ser embargada. En cuanto a tu empresa, desconozco tu salario actual para poder decirte algo más. Un saludo
Responder ↓
Escrito por adrian el 26/06/2014 en 15:37, que dijo:

Buenas tardes David, te cuento mi caso. Tengo una deuda con mi ex de 8200€ aprx. por impago de pensión de alimentos del hijo q tenemos en común. Actualmente no trabajo pero cobro una prestación de 1400€ al mes pero con dos hijos q tengo a cargo de otra relación. A parte pago 450€ de un apartamento de alquiler. Cuanto me podrían embargar al mes? Un saludo
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 27/06/2014 en 14:06, que dijo:

Hola Adrián, te podrán embargar lo que estipule el juez, ya que las deudas por impago de alimentos, tienen un carácter especial y no respetan mínimos. Un saludo
Responder ↓
Escrito por Jesus Moreno el 26/06/2014 en 17:24, que dijo:

Tengo un embargo en vigor y me quedan pocos meses para acabar, se realiza sobre mi nómina. Y otro procedimiento en cola en el que otro juzgsdo no para de pedirme documentación. Lo último que me comunican que me quitaran las devoluciones de renta. Que hago?. El primero en curso no me quita las devoluciones. No pueden esperar que acabe el primero y después comenzar ellos. Gracias
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 27/06/2014 en 14:07, que dijo:

Hola Jesús, si el primero no ha solicitado las devoluciones de la renta, el segundo está en su derecho de hacerlo, así que no podrás hacer nada. Un saludo
Responder ↓
Escrito por inma el 27/06/2014 en 09:24, que dijo:

Hola buenas me estan embargando lpa nomina y quisiera saber si me tocan la.pagan porque cobro de paga1000 eurps y es cada seis meses
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 27/06/2014 en 14:08, que dijo:

Hola Inma, si te refieres a la paga extra, el importe que te den, se suma a tu nómina habitual, y con ese importe, calculan lo que se te puede embargar. Un saludo
Responder ↓
Escrito por Veronica el 27/06/2014 en 12:26, que dijo:

Hola david soy veronica pero si me la pagan el dia 15 tambien me la suman con el sueldo?
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 27/06/2014 en 14:08, que dijo:

Hola Verónica, sí, así debe ser. Un saludo
Responder ↓
Escrito por Veronica el 27/06/2014 en 13:15, que dijo:

Porque yo cobro la mitad de mi sueldo que son 934,
Responder ↓
Escrito por Alberto el 27/06/2014 en 17:12, que dijo:

Mi problema es que tengo una deuda total de 5500 euros a una financiera despues de embargar el vehiculo y no puedo continuar el pago que queda,ya es el 3 atrasado.
Pueden embargarme la vivienda valorada en catastro en 35000 euros?
El contrato de compra-venta que hicieron del vehiculo por 5000 euros segun ellos no he recibido copia.
¿Es esto posible?Gracias.
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 28/06/2014 en 20:46, que dijo:

Hola Alberto, sí, pueden llegar a embargar tu vivienda si fuese necesario para saldar la deuda. Un saludo
Responder ↓
Escrito por Mariana el 28/06/2014 en 11:45, que dijo:

Hola sr. Sanchez soy Mariana,trabajo a media jornada y cobro 635 euros en neto ,aparte tengo la ayuda de 100 euros por ser madre trabajadora con hijos menor de 3 anos.cuanto me pueden embargar de mi nomina la empresa donde trabajo? La semana pasada recibi un aviso de mi empresa de que me van a embargar unos 50 euros mensuales ,hable con ellos y me dijeron cuando trabajo a media jornada el smi se fija segun las horas de trabajo que presto en la empresa.
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Escrito por Yoli el 30/06/2014 en 00:39, que dijo:

Hola tengo un embargo de 586€ sobre mi pensión de jubilación, quiero pagar esos 3 meses y quitarmelo de encima, que debo hacer?
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 30/06/2014 en 18:14, que dijo:

Hola Yoli, deberás acudir al juzgado y depositar el dinero que reste para saldar la deuda. Un saludo
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Escrito por felipe el 01/07/2014 en 10:25, que dijo:

Hola me an embargado 74 euros que tenia en la cuenta, teng una pension de 492 al ser la paga doble e cobrao el doble, me lo pueden embargar?
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 02/07/2014 en 22:27, que dijo:

Hola Felipe, sí, pueden hacerlo. Un saludo
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Escrito por cristobal el 01/07/2014 en 19:44, que dijo:

hola buenas mi nonbre es cristobal estoy cobrando la ayuda prepara de 400 eros y paso una manutencion de 200 euros. hacienda a mandado una orden de enbargo al banco y me an retenidolos 400 euros y por lo que estado leyendo mi salario es inferior smi que soluciones tendria para resolver esto, dado que no se como voy comer ni pasar la mantencion a mi hijo este mes y los sigientes un saludo espero respuesta
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 02/07/2014 en 22:28, que dijo:

Hola Cristóbal, lo mejor será que acudas a Hacienda para aclarar tu situación y hacer valer tus derechos. Un saludo
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Escrito por javier el 01/07/2014 en 21:23, que dijo:

MUCHAS GRACIAS POR TU AYUDA,ES UN BLOG DE GRAN AYUDA EN ESTOS TIEMPOS.Mi duda es la siguinete:tengo un embargo acumulado por impago de hipoteca porqe no puedo pagarla.Mi ex vive con otro y pretende que le pague la casa, estammos en proceso de liquidicacion pro estas cosas van despacio..Mientras tanto sigo acumulando deuda.Me han comunicado hoy que me despiden.Del finiquito me pueden embargar el toda la cantidad que adeudo,si en la sentencia pone expresamnete.,embargo de retribuciones liquidas mensuales,pagas extras ?pero no pone nada sobre otro tipo de retribuciones tales como indemnizacion,.al venir espexificado en la setencia solo salarios y pagas extras puedo solicitat qe no se embarga la liquidacion por despido??
Muchas gracias y espero tu respuesta urgentemente
Javier
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 02/07/2014 en 22:31, que dijo:

Hola Javier, sí podrán embargártelo, ya que aunque ponga en la sentencia eso, en el embargo se pueden decretar distintos medios de embargo, así como mejoras e incrementos en las vías de cobrarlo. Un saludo
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Escrito por Francis el 10/07/2014 en 02:14, que dijo:

Excelente blog señor David, permitamelo decírselo.
Verá mi duda es la siguiente:
Estoy en paro y recivo un subsidio por desempleo de 698 euros.
Soy avalista solidario y ahora ha procedido a embargarme la cuenta.
¿Cuánto podrían llegar a embargarme?¿Si dejo de cobrar el paro, me seguirían embargando?
Gracias de antemano.
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 18/07/2014 en 19:37, que dijo:

Hola Francis, desde esta calculadora podrás averiguar cuanto te podrán embargar. Un saludo
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Escrito por Pedro el 10/07/2014 en 15:21, que dijo:

En un embargo de sueldo, si tenemos separación de bienes y la factura impagada objeto del embargo va a nombre de mi esposa, ¿pueden embargar los dos sueldos? Existe un reconocimiento de deuda por los dos que se firmó mediante coacciones a mi esposa.
Si en mi salario tengo un pago “a cuenta de comisiones”,¿este importe no puede embargarse, ya que solo es un salario futuro, correcto?
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 18/07/2014 en 19:35, que dijo:

Hola Pedro, tu consulta es demasiado extensa para poder contestarla por el blog. Si deseas un estudio pormenorizado puedes ponerte en contacto conmigo en david@sanchezbermejo.com Un saludo
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Escrito por JOSE MANUEL MOLINA MIRANDA el 13/07/2014 en 13:22, que dijo:

HOLA DAVID, MI DESESPERACIÓN ES QUE TENGO UNA NÓMINA DE UNOS 1000e TENGO LA NÓMINA EMBARGADA POR UNOS 100 EUROS, POR VARIOS IMPAGOS Y AHORA DEJÉ DE PAGAR LA HIPOTECA POR NO PODER PAGAR NO TENGO NADA, AHORA ME LLEGA UNA SEPARACION DE MI PAREJA CON 2 NIÑAS MENORES TENGO QUE PASAR MANUNTENCIÓN DE 500e MI CUENTA ES LA SIGUIENTE 1000-100-500, ME QUEDAN PARA VIVIR 400 Y NO SE QUE HACER O SI SE PUEDE HACER ALGO.
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 18/07/2014 en 19:33, que dijo:

Hola Jose Manuel, con los datos que aportas no puedo indicarte nada para tratar de solventar tu situación. Un saludo
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Escrito por Julian Herrera el 14/07/2014 en 16:41, que dijo:

Buenas tardes:
Mi caso es el siguiente:
mi empresa hizo una mala gestion, y el Sepe dice que me ha abonado una cantidad de mas , la cual me reclamó, yo hize en el Sepe un fraccionamiento de la deuda, la cual pago religiosamente todos los meses, y ahora que me he quedado en paro, no me han pagado porque se lo han quedado todo para pagar la deuda que yo estaba abonando mensualmente y me han dicho q elmes q viene tampoco me van a pagar hasta ocubre que no hayan cobrado ellos la deuda que , entre la empresa y ellos me han generado, que debo hacer?.
atte: un saludo
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 18/07/2014 en 19:32, que dijo:

Hola Julian, tu consulta es demasiado extensa, si necesitas una ayuda pormenorizada puedes ponerte en contacto conmigo en david@sanchezbermejo.com. Un saludo
Responder ↓
Escrito por Jose Castillo el 15/07/2014 en 16:56, que dijo:

Hola David mi duda es la siguiente:

Tengo un oficio de embargo de mi nómina donde le ordenan a mi empresa “…hasta cubrir las sumas siguientes: 22.271,67 euros de principal e intereses ordinarios y moratorios vencidos, mas otros 6.6681,50 euros fijados para intereses y costas de la ejecución.”. (Esto suma 28.953,17€) El hecho es que desde el 2011 hasta la fecha me han retenido 16.961,01 quedando según mis números una deuda de 11.988,16€. la cual estoy interesado en saldar. Le he pedido al banco un Certificado de Deuda y me dice: Principal de la demanda 22.271,67€ + Intereses posteriores 11.068,18€ + Costas procesales reales 4.575,60€. Total deuda 37.915,45€. (Y luego dice que he pagado 11.018,97€).Concretando: Hablo con el banco y les digo que si el oficio de embargo era de 28.953,17€ de dónde salen los 37.915,45€ de la deuda y no me saben decir. ¿Cuáles son los pasos que debo seguir para demostrar que la cantidad de deuda que me dicen está errada y cuáles para demostrar que he pagado más que lo que ellos dicen?

¡ Muchas gracias!
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 18/07/2014 en 19:28, que dijo:

Hola Jose, tu consulta es demasiado extensa para poder contestarla aquí en el blog. Si necesitas un estudio y ayuda pormenorizado, puedes ponerte en contacto conmigo en david@sanchezbermejo.com. Un saludo
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Escrito por gloria el 15/07/2014 en 19:13, que dijo:

tengo un gran problema a mi marido que ya esta jubilado le están embargando de 1260e 184.32 por un lado de hacienda y por otro lado 127.47 del juzgado esto es posible , dígame a quien reclamo gracias
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 18/07/2014 en 19:26, que dijo:

Hola Gloria, si le están embargando más dinero de lo que deben, tendrás que reclamar ante el juzgado. Si necesitas ayuda más personal, puedes ponerte en contacto conmigo en david@sanchezbermejo.com. Un saludo
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Escrito por alex el 20/07/2014 en 22:21, que dijo:

Hola David! Gracias por la ayuda que das! Mi pregunta es, yo tengo una deuda con la seguridad social(7000€) y otra con hacienda(11000€) ahora mismo me retienen el 30% que exceda del salario mínimo. Cuando termine de pagar la deuda con la s.s me volverán a embargar la cuenta con hacienda?? Yo cobro unos 1100 € netos y estaré pagando unos 5 años esa deuda, las deudas con hacienda no preescriben? Puedo hacer algo para que me rebajen esa deuda?? Quizá contratar un abogado?? SOY padre separado y vivo solo de alquiler… necesito ayuda por que las deudas no me dejan vivir.. muchas gracias por tu tiempo.
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 21/07/2014 en 11:32, que dijo:

Hola Alex, efectivamente cuando saldes la deuda con la SS tendrás que pagar la de Hacienda, con lo que te volverán a embargar. Si te están reclamando la deuda, como es el caso, ésta no prescribe. Y para rebajar la deuda lo único que se me ocurre es que negocies con la administración, otra solución no hay. Un saludo
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Escrito por david el 25/07/2014 en 18:53, que dijo:

hola mi caso seria el siguiente mi mujer y yo tenemos una hipoteca a medias en regimen de gananciales en caso de que nos embargaran la casa ¿que nos embargarian de el sueldo si ella cobra 400 y yo 1200.?
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Escrito por sara el 27/07/2014 en 14:32, que dijo:

hola quesiera preguntar una cosa estoy cobrando el permi y voy al extranjer por dos semanas queiro saber si mi pillan mi moltan por no avisarles porfabor contestame
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Escrito por Silvia el 29/07/2014 en 12:36, que dijo:

Hola,
Me gustaria saber si teniendo dos nominas me pueden embargar una nomina entera?????
En mi caso trabajo 40 horas semanas en una empresa y en otra trabajo 16 h semanales, me podrían embargar la nomina mas baja entera????
Gracias
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Escrito por carlos el 30/07/2014 en 16:17, que dijo:

Hola. Mantengo una deuda con la seguridad social, mi empresa me ha embargado la nomina, pero se ha equivocado en los càlculos y me ha retenido de mas. ¿como se puede proceder?. ¿Pueden compensar el exceso en las nominas siguientes? (me han retenido como para las siguientes 3 nominas). ¿pueden solicitar la devoluciòn del exceso?. Un saludo.Gracias.
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Escrito por Francia Elena el 09/08/2014 en 00:18, que dijo:

Hola David, buenas noches, mi caso es el siguiente: tengo un embargo por el BBVA mi salario es de 748,00 y dentro de aquel salario llevo las pagas prorrateadas. Pueden embargar me el sueldo?

Yo trabajo por horas así que me pagan según las horas que haga y tengo un contrato de media jornada. La primera vez los abogados de banco se metieron pie el juzgado número 2 y les autorizan también a meterse en mi cuenta. Y ahora por carta del banco sábado donde mi esposo tiene su cuenta han hecho otro embargo con el juzgado número 3. Que porque mi esposo me metió en su cuenta por si le pasaba algo yo podría hacerlo todas las gestiones. Esto que hacen estos personajes es legal.
Mi esposo esta sin trabajo y yo respondo por un hijo menor 16 años y por el otro de 21 con una minusvalía. Que debo hacer? Gracias de antemano un pronta respuesta.
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Escrito por Francia Elena el 09/08/2014 en 00:28, que dijo:

Hola David, buenas noches, mi caso es el siguiente: tengo un embargo por el BBVA mi salario es de 748,00 y dentro de aquel salario llevo las pagas prorrateadas. Pueden embargame el sueldo?
Yo trabajo por horas así que me pagan según las horas que haga y tengo un contrato de media jornada. La primera vez los abogados del banco se metieron por el juzgado número 2 y les autorizan, también se meten en mi cuenta. Y ahora por carta del banco sábadel donde mi esposo tiene su cuenta han hecho otro embargo con el juzgado número 3. Mi esposo me metió en su cuenta por si le pasaba algo yo podría hacer todas las gestiones. Esto que hacen estos personajes es legal. ?
Mi esposo esta sin trabajo y yo respondo por un hijo menor 16 años y por el otro de 21 con una minusvalía. Que debo hacer? Gracias de antemano un pronta respuesta.
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Escrito por ernesto el 11/08/2014 en 00:39, que dijo:

Mi pregunta es si las dietas que me ingresa mi empresa por estar trabajando fuera de mi provincia que son para comer y dormir y me las meten en la nomina me pueden hacer embargo sobre ellas
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Escrito por Patricia el 11/08/2014 en 12:59, que dijo:

Buenos días. Yo tengo un embargo desde noviembre del año pasado. En total me embargan 125€ de la nómina.
Estoy en pleno trámite por un caso de acoso laboral y me temo que me darán el despido. La indennización ascenderá a unos 13500€ aproximadamente. Cuanto me embargarán del mismo? No tengo bienes embargables según el juzgado. Mi duda es si me lo embargarán todo o solo lo proporcional a lo que sería en concepto de salario. un saludo.
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Escrito por mini el 06/09/2014 en 19:59, que dijo:

hola. mira ami me han bloqueado la cuenta. acabo de empezar a trabajar, y debo dinero en otro banco (me imagino un embargino…). realmente yo no me niego a que me embarguen, es logico, pero me parece fatal que me bloqueen la cuenta, cobrare el proximo miercoles y mucho me temo que se van a pasar eso del minimo por el forro, ya que hace unos meses que cobraba una ayuda me dejaron sin un euro y laayuda no era de mas de 400 €. me podrias orientar de como actuar??? el lunes ire al banco y “mangarla” porque tengo un cabreo… pero me gustaria ir sabiendo que decir, he copiado varios puntos que escribes aqui, para no ir y quedarme en blanco, pero me gustaria ir sabiendo un poco mas. si pudieras darme alguna recomendacion seria de gran ayuda. gracias
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Escrito por os el 07/09/2014 en 20:22, que dijo:

Hola David. Primero me gustaria agradecerte la labor que haces. Es bueno saber que hay gente todavia como tu.Mi duda es la siguiente:
Estoy negociando con Hacienda una deuda que tengo con ellos. Ya me retuvieron ,en su dia, la totalidad de mis comisiones más un incentivo por ventas. Trabajo para una aseguradora en fórmula fijo +comisiones,pero mi contrato es mercantil . No tengo nómina propiamente dicha. Me han amenazado con que se pueden quedar con todo mi dinero. Es decir,el fijo ,550 euros +mas todas las comisiones. Es cierto que al estar con un contrato mercantil pueden quedarse con todo?.
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Escrito por Oscar el 07/09/2014 en 20:23, que dijo:

Perdón,mi nombre salió mal. Me llamo Oscar
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Escrito por Luis el 08/09/2014 en 10:30, que dijo:

Hola David,
Tengo algunas dudas sobre el embargo en nomina, te comento:
Me han ejecutado, la madre de mis hijios, sentencia de divorcio (una 4000 € en atrasos de las pensiones de alimentos de mis hijos y unas cuotas de préstamo personal que por sentencia debería haber abonado, la cantidad asciende a unos 6000€ aprox, en la petición de ejecución solicitan me sean embargados 600 € de la nomina mensuales, yo cobro netos 1160€ (sin contemplar el mes que hago alguna guardia). Mi pregunta es: Que articulo deberían aplicar a este embargo , el 607 o el 608 LEC. Tengo entendido que por pensión de alimentos pueden embargar lo que quieran (la pensión que debo pagara es de 317€ al mes),o por el contrario al ejecutar pensión y préstamo personal, no podrían aplicar el art. 608 LEC. También comentar que ya me han embargado la devolución de hacienda unos 1700€, ahora estoy a la espera que embarguen la nómina, pero mi preocupación es que sean 600€, a todo esto hubo una modificación de sentencia que ahora es custodia compartida y he de seguir pagando esa cantidad de pensión de alimentos y que ella lo gestione, lo tengo recurrido pero creo que aun tardara un año en tener sentencia definitiva. Si me quitan la mitad del sueldo como doí de comer a mis hijos, como pago alquiler……aquí los menores salen perjudicados!!! Esto lo contemplan los Jueces???

Gracias de antemano.

Luis
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Escrito por francisca el 13/09/2014 en 20:49, que dijo:

tengo una nomina de novecientos y pico de euros pero el ingreso mensual es de 470 euros por falta de dinero por la junta de andalucia,me eh encontrado hoy con un embargo telematico C.G.P.J
Responder ↓
Escrito por francisca el 13/09/2014 en 20:52, que dijo:

tengo una nomina de novecientos y pico de euros pero el ingreso mensual es de 470 euros por falta de dinero por la junta de andalucia,me eh encontrado hoy con un embargo telematico C.G.P.J que no se lo que significa,pero lo mas importante es que tenia 85 euros en la cuenta y me lo han retenido,cuanto me quitaran el mes que viene y todos los meses,me dejaran la cuenta a cero siempre o como sera?ayuda urgente.Gracias
Responder ↓
Escrito por roberto el 23/09/2014 en 15:40, que dijo:

saludos.
estoy sin trabajo,en el paro y no cobro nada,he pedido a mi banco que me pagaran una suma de 650 euros de un multi plan de ahorro y he tenido que presentar documentación conforme estoy en esta situación,me han hecho el ingreso en la cuenta que tenia de cuando era autónomo hace 5 años ,porque he estado 5 años en africa en casa de un familiar. justo hacerme el ingreso aparece en ese momento un embargo del juzgado y no me dejan sacar nada de dinero.
no se si es normal que una persona que está sin trabajo y sin cobrar nada y con una hija pide sacar el multiplan que otorga el gobierno la oportunidad de poder hacerlo para los mas necesitados y te lo embargen de esta manera,ademas el embargo está desde 2010.
espero que me pueda aclarar algo,gracias
Responder ↓
Escrito por Angel el 24/09/2014 en 14:03, que dijo:

Hola, trabajo para una multinacial y ésta nos hace a todos los empleados una tarjeta American Express Corporate de credito asociada a nuestra cuenta personal y de la que podemos hacer uso para cualquier compra personal, ya que las deudas se cargan en nuestras cuentas bancarias personales.
Tengo una Deuda con American Express de unos 1500 € y la empresa (mi empresa, no AMEX) me ha comunicado que me va a retirar esa cantidad de la nómina en los próximos meses (el neto mensual de la nomina es de 1590 €), sin indicarme cantidad ni importe de plazos, y sin que medie ningún Juez, demanda o embargo. ¿es esto legal? ¿cuánto pueden embargarme cada mes? Muchas gracias.
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 24/09/2014 en 18:46, que dijo:

Hola Ángel, si la empresa que te paga es española y te embargan en España, debe haber un procedimiento de embargo judicial para que te puedan detraer dinero de la nómina. Un saludo
Responder ↓
Escrito por Angel el 24/09/2014 en 18:52, que dijo:

Gracias por la rapidez en contestar David, si, la empresa es española y me pagan en España, lo que me preocupa es que al tratarse de una tarjeta corporativa la empresa tenga algún derecho a quitarme ese dinero de la nómina alegando que ellos son los que me han dado la tarjeta y que es para gastos de empresa y no personales o algo así.
Muchas gracias.
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 24/09/2014 en 20:30, que dijo:

Hola Ángel, eso dependerá del acuerdo o contrato privado al que hayas llegado con la empresa, no es un embargo a efectos normales. Un saludo
Responder ↓
Escrito por Ana el 25/09/2014 en 11:23, que dijo:

Buenos días! Mi consulta es la siguiente: le estamos practicando un embargo salarial a un trabajador que cobra 1200 euros pero a partir del 1 de septiembre se le ha reducido la jornada al 50% por lo tanto cobrará 600 euros, al ser este importe inferior al SMI hay que practicarle embargo? Se embargaría la parte proporcional a su jornada o directamente al estar por debajo del SMI no se tiene por qué embargar nada?

Gracias, un saludo
Ana
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 25/09/2014 en 11:52, que dijo:

Hola Ana, no se le puede embargar nada por estar debajo del SMI. Un saludo
Responder ↓
Escrito por Javi el 25/09/2014 en 11:41, que dijo:

Buenos dias, comento mi caso, tengo un suegro en mal estado de salud, tiene dos nominas, una de España de 715 euros más dos pagas, y otra de Alemania de 315 euros.
Tiene una casa de valor unos 12000 a 15000 euros no hipotecada.
Tiene varios prestamos personales por un importe total de 30000 euros.
paga al mes 800 euros entre todos los prestamos, normalmente no le da para todo, algo lógico, solicita otros para pagar los que no puede, mi idea es que deje de pagar todo y venda inmediatamente la casa, ¿que le pasaria? ¿ cuanto le quedaria de nomina?
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 25/09/2014 en 11:54, que dijo:

Hola Javi, si deja de pagar sus créditos acabará siendo embargado tanto en su cuenta corriente como en sus nóminas. La cantidad que le quedaría puedes consultarla aquí. Un saludo
Responder ↓
Escrito por Javi el 30/09/2014 en 14:38, que dijo:

tendria algun problema yo, si me pasara la casa a mi en compraventa.
Responder ↓
Escrito por Javi el 01/10/2014 en 18:52, que dijo:

por favor contestame, me urge, gracias
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 02/10/2014 en 10:28, que dijo:

Hola Javi, si quieres una respuesta con mayor profundidad, escríbeme a david@sanchezbermejo.com. Un saludo
Escrito por SAR el 26/09/2014 en 23:57, que dijo:

Hola, cobró una nómina de 1494€ netos y me retienen por embargo 451€, aún cuando he pedido una reducción por ser el único sueldo de la unidad familiar y tengo dos hijos pequeños, uno de ellos con una minusvalía del 77% y mi marido en paro. Según el calculador del importe de los embargos me están reteniendo más de lo que dice la ley, y ya lo he puesto en conocimiento dl juzgado, desde el primer mes que me lo retuvieron, y siguen reteniendo esa cantidad, q más puedo hacer?
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 27/09/2014 en 19:38, que dijo:

Hola, si ya lo has puesto en conocimiento del juzgado, y no te hacen caso, tendrás que insistir ya que según comentas sí que se está cometiendo una ilegalidad. Un saludo
Responder ↓
Escrito por manuel el 29/09/2014 en 18:24, que dijo:

hola puede la empresa meterme 4 embargos en la nomina
yo cobro 1365 y me estan des contando 568 tengo las pagas
prorrateadas
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 29/09/2014 en 20:17, que dijo:

Hola Manuel, en principio parece que te están embargando más de lo que deberían. Un saludo
Responder ↓
Escrito por Pepa el 29/09/2014 en 19:37, que dijo:

Hola buenas tardes:
Tengo una consulta que realizar, ya que hoy en fogasa no me la han sabido responder. Resulta que yo tengo varios embargos en juzgados contra mi persona, por haber avalado a una empresa que ahora esta en concurso. Como socia trabajadora que era, he podido reclamar al fogasa nominas e indemnizacion, de las cuales del total de ambas han procedido a retenerme por orden del juzgado un 65% del total. Se que el importe de la indemnizacion es embargable el 100%, pero de la cantidad de las nominas tampoco lo han practicado segun la escala que dice la ley. Tras comentarlo en el fogasa, me comentant que al ser un pago unico, no aplican la escala de porcentajes en los salarios. Lo cual no lo entiendo, es asi?? aunque en el expediente ponga claramente la parte de salarios y el importe de indemnizacion, el juzgado embarga un porcentaje del total, porque esta en un pago total?
gracias
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 29/09/2014 en 20:19, que dijo:

Hola Pepa, el juzgado tiene que respetar los mínimos establecidos en la ley, pero si te realizan un sólo pago, esos mínimos se han de aplicar a la cantidad total que te den de un sólo pago, no por lo que podrían haberte retenido mes a mes. Un saludo
Responder ↓
Escrito por pepa el 30/09/2014 en 22:26, que dijo:

Antes de nada gracias por responer, eres de gran ayuda…entonces… para que lo entienda… tengo que coger el total y dividirlo por los dias que he cobrado y aplicar la escala de los porcentajes de embargo??? o aplican solo uno del total? la indemnizacion no embargan el 100%? y si tengo cargas familiares lo tendria que notificar para que rebajen el porcentaje?
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 01/10/2014 en 09:57, que dijo:

Hola Pepa, aplican uno del total, la indemnización no la embargan al 100% y tus cargas familiares podrán ser tenidas en cuenta para una pequeña rebaja. Un saludo
Responder ↓
Escrito por gustavo adolfo bautista el 30/09/2014 en 11:57, que dijo:

Buenos días
Mi nomina es de 967 euros y le paso a mi ex 200 euros por manutención de un menor ¿Cuánto se me embargaría del sueldo ? ¿se tiene en cuenta la manutención a la hora de calcular los embargos ?
gracias y un saludo .
Responder ↓
Escrito por alex el 30/09/2014 en 18:59, que dijo:

Hola buenas tardes,

Mi pregunta es la siguiente, estoy pendiente de varios embargos cuando se ejecuten ¿me pueden embargar varias empresas mi nomina?. Yo cobro unos 1500 € yo he calculado unos 340 de embargo, podrían embargarme hasta llegar al sueldo mínimo
yo leído en foros que cuando tienes varios embargo se ponen en fila primero pagas uno y cuando acabas de pagar te entra el otro es correcto?

Muchas gracias por la ayuda que realizáis
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 01/10/2014 en 09:57, que dijo:

Hola Alex, lo que comentas es correcto. Un saludo
Responder ↓
Escrito por DAVID el 02/10/2014 en 16:24, que dijo:

Buenas tardes David
Tengo un embargo de unos 8500€ de una financiera.
En la primera (ingreso neto 1447,11€) me han descontado 402,36€.(mis cálculos según calculadora eran 271€..)
No se si influye que tengo 3 pagas extras, una de ellas a cobrar el 15 de octubre..)
Y si influye para embargar más , entiendo que esa extra ya no la tocan el 15 )
Muchas gracias por tu ayuda.
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 03/10/2014 en 14:02, que dijo:

Hola David, sí, puede que te hayan tenido en cuenta la extra para el embargo. Un saludo
Responder ↓
Escrito por josep maria el 06/10/2014 en 14:39, que dijo:

cobro el minimo de jubilacion pero con una pequeña ayuda de mi mujer llego a 780€ que cantidad me pueden embargar la diputacion con respecto a no haber pagado unas multas
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 06/10/2014 en 14:43, que dijo:

Hola Josep, puedes calcularlo tú mismo desde mi calculadora. Un saludo
Responder ↓
Escrito por David el 08/10/2014 en 13:38, que dijo:

Buenos días
En mi nómina , del bruto me descuentan además del irpf y SS, una parte de devolución de un préstamo que me dio la empresa + lo que cuesta el seguro de salud y el cheque transporte(retribuciones flexibles),quedando un liquido de 1441€.(el embargo serían unos 270€.) Sin embargo , del líquido embargable no me descuentan ese préstamo ni los gastos , por lo cual me embargan sobre un líquido de 1.792€¿es correcto que no tengan en cuenta esas partidas para el liquido??
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 08/10/2014 en 17:03, que dijo:

Hola David, sí es correcto, para mayor información escríbeme a david@sanchezbermejo.com. Un saludo
Responder ↓
Escrito por ROGER el 09/10/2014 en 12:11, que dijo:

BUENOS DIAS, TENGO UNA DEUDA DE 1199,06 e CON EDITORIAL OCEANO, YA HEMOS IDO A JUICIO VERBAL Y EL JUEZ A DADO SENTENCIA A QUE YO DEBO DE PAGAR DICHA CANTIDAD A FAVOR DE ESTA EDITORIAL MI PREGUNTA E INQUIETUD ES LA SGTE: YO NO PUEDO PAGAR ESTA DEUDA POR QUE ESTOY SIN EMPLEO Y COBRO EL PARO 642 e ; EL CUAL SE ME AGOTA EL 7 DE ENERO QUE PASARA SI NO PAGO?..MUCHAS GRACIAS.
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 09/10/2014 en 15:00, que dijo:

Hola Roger, te embargarán los bienes que tengas a tu nombre, así como nóminas futuras o cuentas corrientes. Para más información contacta conmigo en david@sanchezbermejo.com. Un saludo
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Escrito por Luis el 09/10/2014 en 22:14, que dijo:

Hola David,
Tengo algunas dudas sobre el embargo en nomina, te comento:
Me han ejecutado, la madre de mis hijios, sentencia de divorcio (una 4000 € en atrasos de las pensiones de alimentos de mis hijos y unas cuotas de préstamo personal que por sentencia debería haber abonado, la cantidad asciende a unos 6000€ aprox, en la petición de ejecución solicitan me sean embargados 600 € de la nomina mensuales, yo cobro netos 1160€ (sin contemplar el mes que hago alguna guardia). Mi pregunta es: Que articulo deberían aplicar a este embargo , el 607 o el 608 LEC. Tengo entendido que por pensión de alimentos pueden embargar lo que quieran (la pensión que debo pagara es de 317€ al mes),o por el contrario al ejecutar pensión y préstamo personal, no podrían aplicar el art. 608 LEC. También comentar que ya me han embargado la devolución de hacienda unos 1700€, ahora estoy a la espera que embarguen la nómina, pero mi preocupación es que sean 600€, a todo esto hubo una modificación de sentencia que ahora es custodia compartida y he de seguir pagando esa cantidad de pensión de alimentos y que ella lo gestione, lo tengo recurrido pero creo que aun tardara un año en tener sentencia definitiva. Si me quitan la mitad del sueldo como doí de comer a mis hijos, como pago alquiler……aquí los menores salen perjudicados!!! Esto lo contemplan los Jueces???

Gracias de antemano.

Luis
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 10/10/2014 en 15:16, que dijo:

Hola Luis, para la ejecución por pensión de alimentos, se aplicará el 608 LEC. Si quieres información más detallada, ponte en contacto conmigo en david@sanchezbermejo.com. Un saludo
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Escrito por concepcion el 13/10/2014 en 19:15, que dijo:

Buenas tardes David, en primer lugar felicitarte por la página, muy profesional.
Tengo un familiar al que le la TGSS le practica un embargo salarial desde hace 4 años. La empresa le aplica bien el embargo. Hace 2 meses la TGSS le está aplicando un embargo de cuenta corriente, en la cuenta corriente sólo tiene lo que le queda de nómina después de practicarle el embargo y las retenciones correspondientes de nómina. Ahora mismo le estamos ayudando porque con lo que le queda no le dá para pasar el mes, y tengo serias dudas a que la TGSS pueda practicarle ambos embargos.
Te agradezco tu ayuda por anticipado. Un saludo
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 14/10/2014 en 09:57, que dijo:

Hola Concepción, en principio pueden embargarle tanto la nómina como la cuenta corriente, pero si que lo que ingresa en cuenta es lo que le queda de la nómina tras el embargo, existen aquí muchos matices, y no deberían poder embargarlo. Si quieres más información escríbeme a david@sanchezbermejo.com. Un saludo
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Escrito por juani el 16/10/2014 en 21:35, que dijo:

hola, yo tengo una deuda de la seguridad social de 1300 e. y me han embargado la nomina. yo queria saber ¿hay una cantidad minima para que no te pueda embargar la seguridad social?
me explico : ellos tiene estipulada una cantidad que si te pasas de ella es cuendo te embargan?.
solo queria saber eso por que si es asi me gustaria que me la dijeras para poder abonar el la diferencia y asi no tocarme mas la nomina. gracias espero su respuesta .
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 17/10/2014 en 16:37, que dijo:

Hola Juani, eso dependerá de las directrices internas que tengan en la seguridad social y de cuándo les podrá ser rentable o no iniciar un procedimiento. Pero por poder, pueden hacerlo con cualquier cantidad. Un saludo
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Escrito por Cristina el 16/10/2014 en 22:46, que dijo:

He leido que una pensión puede ser embargada por dos casos especiales:
1.- Alimentos
2.- Deudas con tesorería
Mi pregunta es: tesorería tambien puede embargar una nomina sin respetar el salario mínimo interprofesional?
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 17/10/2014 en 16:36, que dijo:

Hola Cristina, no, la ley sólo indica alimentos en dicha excepción. Un saludo
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Escrito por Sonia el 19/10/2014 en 14:31, que dijo:

Hola, le comento mi situación:
Me has despedido de mi trabajo debiéndome 2 nominas y he ido a mi abogado. De mi hipoteca debo 2 mensualidades y probablemente acabe en embargo. Quisiera saber si al final me paga fogasa podré cobrar todos los atrasos idemnización y finiquito. Si se pueden embargar y qué parte. Gracias.
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 20/10/2014 en 09:49, que dijo:

Hola Sonia, podrás cobrar una parte. Si quieres más información escríbeme a david@sanchezbermejo.com. Un saludo
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Escrito por Sonia el 19/10/2014 en 14:35, que dijo:

Me han despedido y quisiera saber si me arreglan el paro si también puede ser embargable o qué cantidad. Gracias!
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Escrito por Alicia el 22/10/2014 en 19:24, que dijo:

Buenas, actualmente tengo mi nomina embargada por un aval bancario de 3.000€ y me están llamando por teléfono y mandándome e-mails de la misma entidad (supuestamente es una empresa que le compró la deuda al banco con el que yo firmé el préstamo) diciéndome que o pago 42.000€ en una semana de plazo o me embargan otra vez. El préstamo que yo solicité en su momento era de 20.000€ y mientras pude, estuve pagando, pero me quedaron 15.000€ sin poder pagar y ahora, al cabo de casi 5 años, me reclaman 42.000€ y no los tengo. ¿Qué puedo hacer? no puedo pagar más de lo que estoy pagando porque cobro 800€ y tengo un hijo y mi marido en paro. Vivo de alquiler…. He leído el articulo de los embargos de nóminas de la web, lo que no me queda claro es:
Si ejecutan el embargo… también prescribe la deuda? ¿ aunque no hayas terminado de pagarla? ( porque con lo que me retienen dudo que algún día termine de pagar) o si no llegan a ejecutarlo y prefieren esperar a dentro de 10 años para hacerlo también prescribe? ¿ Si otra empresa compra una deuda de otra entidad, vuelve a empezar el tiempo de prescripción? Yo no he contraído la deuda con la entidad que la compró y que ahora me está reclamando…. ¿ Como va esto? no lo entiendo muy bien.
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 23/10/2014 en 16:42, que dijo:

Hola Alicia, en principio no prescribe en las condiciones de las que me hablas. Si quieres más información, escríbeme a david@sanchezbermejo.com. Un saludo
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Escrito por Manuel el 23/10/2014 en 21:24, que dijo:

Hola,
Tenemos una deuda con una financiera por un vehículo, el juzgado dicto sentencia de embargo de las cuentas corriente, nomina de mi mujer (porque yo en ese momento cobraba 540€) y devolución de hacienda. A nosotros la carta de la sentencia nos comunicaba, que embargaban la nomina de mi mujer, las cuentas corrientes y las devoluciones de hacienda, en ningún momento dijeron nada de embargarme a mi la pensión. Hoy he recibido una notificación de la seguridad social (porque desde hace un mes cobro una invalidez de 1087€) diciéndome que me embargan por orden del juzgado 132,55€ y cuando cobre la paga extra 265,10 ¿puede el juzgado embargarme la pensión sin comunicármelo previamente? ¿es legal? ¿puedo hacer algo contra esto?
Un saludo y muchas gracias por la gran labor que realizas ayudando a tantas personas.
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 25/10/2014 en 09:52, que dijo:

Hola Manuel, en principio parece legal, si quieres más información escríbeme a david@sanchezbermejo.com. Un saludo
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Escrito por Tamara el 28/10/2014 en 22:25, que dijo:

Hola, en mi casa somos 4, con una menor de edad y solo mi padre cobra los 400 euros del subsidio. Por una deuda de un préstamo bancario con el santader, nos van a quitar los coches y según dijeron, también la nómina, pero si mi padre solo cobra 400 euros y no hay más ingresos en casa ¿nos lo pueden quitar? He leído que el sueldo mínimo interprofesional es de 600 y pico y que embargan a partir de ahí, ¿entonces por qué nos dijeron que nos quitarían también la ayuda, a pesar de ser mínima? Necesito alguna respuesta, por favor, ya que sin esa ayuda no podremos comer ni pagar la hipoteca de la casa, nos quedaríamos en la calle y según nos dijeron en el juzgado, no hay nada que hacer ni reclamar.
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 29/10/2014 en 10:46, que dijo:

Hola Tamara, efectivamente no podrán embargaros al ser los ingresos inferiores al salario mínimo interprofesional. Si deseas más información escríbeme a david@sanchezbermejo.com . Un saludo
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Escrito por Tamara el 30/10/2014 en 11:29, que dijo:

Hola, muchísimas gracias por responder y darme tu correo, a medida que avancen las cosas, si necesito algo te escribiré. Es genial que en la web haya un sitio así, así que te felicito por la página y por tu iniciativa de ayudar a la gente e informarla.

¡Saludos!
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Escrito por Kelttoi el 30/10/2014 en 22:12, que dijo:

Buenas tardes;
La cuestión es que tengo un embargo de nomina por un importe que incluye principal, intereses previstos y costas.
Aparte de lo que me embarga mi empresa me han embargado una devolución del IRPF, algo que mi empresa como es lógico desconoce, por lo que de seguir así acabarían embargandome en nomina una cantidad total mayor a la del requerimiento que ha recibido mi empresa.
Como podría cancelar el total de mi deuda, porque si consigno en el juzgado lo que yo tengo calculado como pendiente, mi empresa seguirá aplicandome el embargo hasta que no tenga comunicación judicial.
Que pasa con el exceso embargado?
Si pago anticipadamente se recalculan los intereses?. Quien hace esto el juzgado o lo solicitan a la entidad que insto el embargo,
Espero haber sabido explicarme bien.
Gracias
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 31/10/2014 en 11:48, que dijo:

Hola, tendrás que acudir al juzgado para aclarar tu situación si pagas anticipadamente. Si quieres más información escríbeme a david@sanchezbermejo.com . Un saludo
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Escrito por beatriz el 03/11/2014 en 12:33, que dijo:

Hola
mi situacion es la siguiente tengo una deuda con la seguridad social de 6000€ y he comenzado a trabajar por cuenta ajena y me descuentan la parte por el salario que tengo que son entorno a unos 40€ lo que me sacan de la nomina, pero ahora me han embargado el resto de la nomina que mi jefe me ingresa en mi cuenta bancaria, pueden hacerlo??

espero tu respuesta
gracias
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 03/11/2014 en 18:46, que dijo:

Hola Beatriz, pueden hacerlo pero tú tienes maneras de defender tu situación y evitarlo acreditando que es tu salario, si quieres más información escríbeme a david@sanchezbermejo.com. Un saludo
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Escrito por miguel el 04/11/2014 en 03:41, que dijo:

hola muy buenas tengo un enbargo salarial mi pregunta es que cobro las pagas extras cada seis meses me las puedes enbargar enteras gracias
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 04/11/2014 en 12:10, que dijo:

Hola Miguel, tendrán que sumarse a tu salario y a partir de ahí calcular lo que marca la ley. Si quieres más información escríbeme a david@sanchezbermejo.com . Un saludo
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Escrito por Miguel Martínez el 05/11/2014 en 08:08, que dijo:

Hola, me han condenado a costas en un juicio con 22700€ y no puedo pagarlos. Solo tengo a mi nombre un coche(pago a financiera aun) y mi nomina de 1500€ estoy casado pero el juicio fue antes de casarme. Se que más o menos me pueden quitar entre 250-300€ de la nomina, pero ¿pueden embargar la de mi mujer? O mis futuros bienes cómo cohe o moto?? Me han aconsejado q ponga el coche a nombre de mi mujer. Gracias.
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 05/11/2014 en 11:23, que dijo:

Hola Miguel, si en el momento de generar la deuda estabas casado en regimen de gananciales, sí, podrán embargar a tu mujer. Para más información escríbeme a david@sanchezbermejo.com . Un saludo
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Escrito por Dúnia Prieto el 12/11/2014 en 14:14, que dijo:

Buenas tardes,

Mi marido tiene dos emargos de la nómina, uno creo que ya está (mas que nada por el tiempo que lleva embargada).. Y el otro pendiente.
Quisiera saber cual es el modo de averiguar cuanto queda pendiente, ya que las pagas extras casi que las fulminan cada vez que entran.

Gracias !

Pd: Excelente web!!!
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 12/11/2014 en 14:22, que dijo:

Hola Dunia, tendrás que acudir al juzgado que instó el embargo para saber su estado. Un saludo
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Escrito por Angel Cerdán Fuentes el 14/11/2014 en 23:27, que dijo:

He tenido un embargo que está siendo atendido arreglo ley. Es decir mi jubilacion es de 780,90€. y el EMBARGO es de153€ , como el S.M.I. es inembargable la diferencia,aplicando el 30/. es de aprx. unos 40€ por mes. Ya he pagado 3 meses . Hasta ahi,¡perfecto! , ya solo quedan pagar los 33€ restantes. El problema aparece cuando me descuentan de mi cuenta una cantidad superior sin esperar al mes siguiente. El exceso me lo abonaran en uno ó dos meses.
¿Qu se puede hacer ante este error de quien sea ?
Ademas me ha sido retenida otra cantidad por otra causa ,sin tener en cuenta que tiene que esperar a que abone la primera.
Espero me diga como defenderme de este atropello que me ha dejado sin liquidez para el resto del mes.
Le quedare muy agradecido.
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 15/11/2014 en 11:53, que dijo:

Hola Ángel, es el secretario judicial que lleva tu caso el que decreta el embargo en tu cuenta. Si como dices te lo van a devolver, no veo mayor problema ahí (más allá del obvio). Ante el error, no puedes hacer demasiado. Sobre el otro embargo, tendrás que acreditar frente al juzgado que esté indicando el nuevo embargo que ya tienes uno previo, además podrás comunicárselo a tu pagador y a tu entidad bancaria, pero si como dices ya has terminado el primer embargo, no podrás hacer demasiado tampoco. Lo que sí te recomiendo es que acredites en el juzgado del primer embargo el haber terminado con el mismo, no vaya a ser que te sigan reteniendo indebidamente. Un saludo
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Escrito por Javier Garcia el 15/11/2014 en 23:27, que dijo:

Buenas noches David, tengo una duda que me inquieta.
Tiene preferencia un embargo de nomina por pensión de alimentos respecto a otro de una financiera, aunque en tu empresa se hubiera anotado primero el de la financiera??
Un saludo
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 16/11/2014 en 11:58, que dijo:

Hola Javier, el primero que se embarga es el primero que llega, pero la pensión de alimentos no tiene que respetar el mínimo inembargable. Si tienes más dudas escríbeme a david@sanchezbermejo.com . Un saludo
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Escrito por Miguel el 18/11/2014 en 16:18, que dijo:

Embargo de salario Catalunya. Trabajando para una empresa en concreto, se realiza un embargo parcial de salario por hacienda. Termina el contrato con la empresa y después de un par de meses volvemos a trabajar para la misma empresa. ¿Sigue vigente automáticamente el embargo de salario o tiene hacienda que dictar una nueva orden de embargo de salario?
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 19/11/2014 en 11:09, que dijo:

Hola Miguel, entiendo que debería haber una nueva orden. Un saludo
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Escrito por Jose el 20/11/2014 en 16:59, que dijo:

Buenas tardes, tengo un embargo sobre mi nomina, la cual es el unico ingreso de la unidad familiar compuesta por cuatro hijos, mi mujer y yo. De cara al nuevo inicio de año estoy negociando con la empresa un aumento salarial, pero para que el porcentaje embargado no vaya tambien en aumento, hay algun concepto salarial que sea inembargable?
Muchas gracias.
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 21/11/2014 en 16:28, que dijo:

Hola Jose, todo lo que se considere salario es embargable. Si quieres más información, escríbeme a david@sanchezbermejo.com . Un saludo
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Escrito por David el 20/11/2014 en 23:54, que dijo:

Mi pareja actual hizo de avalista de su hermana y cuñado de 2 hipotecas sobre la misma casa ,dejaron de pagarla y le dejaron el marrón los importes son de 60000 y el grande 548000.
Del primero(60000) ya le estan embargando 518€ de la nomina de 2200€ del segundo está pendiente de la ejutacion hipotecaria pero le quedará de deuda sin pagar aprox 240000€.
Mi pregunta es le podran embargar mas de los 518 y tener dos embargos o deberá pagar la deuda primero de los 60000 y luego el sigiente?.
Un saludo.
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 21/11/2014 en 16:30, que dijo:

Hola David, el segundo embargo, para poder cobrarse, tendrá que esperar a que se finalice el primero. Un saludo
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Escrito por Alejandra el 29/11/2014 en 20:38, que dijo:

Tengo una deuda de 1800, se lo comunicaron a la empresa dicho embargo pero era el ultimo mes de contrato, con lo cual solo pudieron embargarme el finiquito. Pero ahora lo que tenia en la cuenta de esa nomina ya embargada, a dado la orden el mismo juzgado a ser embargado. ¿Cómo es posible? El sueldo me lo ingresaron el dia 2 y lo que tenia en el banco el 27. Esto quiere decir que si vuelvo a trabajar, me embargaran por el banco toda la nomina?. Gracias
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 01/12/2014 en 12:45, que dijo:

Hola Alejandra, te han realizado un embargo de cuentas corrientes, lo cual es legítimo. Si necesitas más información, escríbeme a david@sanchezbermejo.com . Un saludo
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Escrito por joana el 30/11/2014 en 23:04, que dijo:

Hola me acaba de llegar un embargo a la cuenta me pone requerimiento judicial yo cobro 800 euros no tengo hipoteca y no tengo cargas familiares cuanto me van a embargar de la nomina pq hay quien me dice que la mitad del sueldo y otros que todo pero no veo lojico eso de que me embargo en el sueldo entero y otra consulta estoy casada y esa deuda la contraje antes de casa me afectara en algo a la nomina demi marido? Graciad
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 01/12/2014 en 12:48, que dijo:

Hola Joana, si el embargo es de cuentas corrientes pueden embargar todo lo que allí haya que no sea salario. Si sólo tienes ahí tu salario, puedes indicarlo y reclamar que sólo te embarguen el mínimo que puedes calcular desde aquí. Si quieres más información, escríbeme a david@sanchezbermejo.com . Un saludo
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Escrito por Marta el 01/12/2014 en 14:19, que dijo:

Hola,
Mi duda es si me pueden embargar la cuenta habiendo pendiente la resolución de unrecurso. Mi caso es que tengo varias multas por la zona azul, todas están recurridas por tema de incumplimiento por idioma y estoy pendiente de resolución. A pesar de no haber recibido notificación de embargo ni resolución de recurso me han embargado la cantidad en la cuenta. ¿es correcto o puedo recurrir el embargo?

Muchas gracias
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 01/12/2014 en 17:26, que dijo:

Hola Marta, para poder embargarte debe haber un decreto del secretario judicial para ello, y puede que se haya hecho de manera provisional. Me faltan datos para darte una respuesta más ajustada. Un saludo
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Escrito por pedro el 02/12/2014 en 09:07, que dijo:

hola, soy militar y tengo una nomina de 1000 e, me estan ahogando las dudas, tengo un credito de 29000e y varios recibos de tarjetas la verdad que por mi mala cabeza. me he dado cuenta que de 100e que pago de muchas solo amortizo 30 vamos que son unos ladrones y asi llevo 4 años, ahora tengo mujer y 2 hijas y como que prefiero comer y pagar la luz. cuanto me embargarian si dejo de pagar todo? no tengo piso a mi nombre solo una parcela rural y un coche de segunda mano. un saludo y gracias
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 02/12/2014 en 11:43, que dijo:

Hola Pedro, podrás calcular tú mismo cuánto te podrán embargar a través de mi calculadora. Un saludo
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Escrito por pedro el 02/12/2014 en 11:54, que dijo:

me pone total embargado 100 e pero mi duda es, de cada entidad o entre todas, por que son tarjetas y el credito de entidades diferentes. el coche y el terreno me lo podrian embargar o algo que tenga mi mujer a su nombre?
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 02/12/2014 en 12:04, que dijo:

Hola Pedro, para un estudio en profundidad de tu caso ponte en contacto conmigo en david@sanchezbermejo.com . Un saludo
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Escrito por DAVID DIAZ MUELA el 03/12/2014 en 14:02, que dijo:

Hola, hoy dia 3 de diciembre la administración encargada de gestionar las multas de la Policia Local, me ha retenido y embargado de la cuenta bancaria 264 euros de una multa. Ya tengo el máximo de embargo mensual en nómina por un préstamo que debía. Si yo cobro 1400 euros (aproximadamente) y me están quitando sobre 250 o 270 euros todos los meses¿ me puede quitar la administración también 264 euros de golpe sin posibilidad de fraccionar, si ya me quitan lo máximo permitido por nómina del embargo por prestamo?.
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 03/12/2014 en 14:37, que dijo:

Hola David, lo que te han aplicado en este caso es un embargo de cuentas corrientes, por lo que el embargo de nóminas, en principio, no importa. Si quieres más información, escríbeme a david@sanchezbermejo.com . Un saludo
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Escrito por mayte el 04/12/2014 en 10:52, que dijo:

Hola, ayer día 3 de diciembre mi padre recibio una notificacion de embargo de sueldo y pensiones por uno importe de unos 900 eur aproximadamente. El cobra una pensión de 714 el día 25 de cada mes, y aparte en noviembre ha empezado a trabajar con lo que estamos esperando que llegue su primera nomina, aunque esta puede ser alrededor de los 920 eur (dependiendo de las horas extras y demás). Además el día 1 de diciembre mi madre también ha empezado a trabajar. Tengo varias dudas al respecto, ¿el embargo se hace por separado? es decir, ¿a los 714€ la parte que le corresponda y a los 920 la parte correspondiente? o ¿habría que sumar los dos importes y a eso ya calcularle el importe a embargar? Este embargo creemos que es por una multa (en la diligencia no lo especifican) ¿podría llegar a afectar también al sueldo de mi madre? y ya por último, al haber recibido la carta ayer ¿el embargo se practicaría ya en este mes?. Muchas gracias por la ayuda
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 04/12/2014 en 12:01, que dijo:

Hola Mayte, el tiempo que tardará en producirse el embargo dependerá de la administración, así que no se puede saber. Y sí, los importes que perciba se deben sumar, y tu madre no deberá preocuparse. Si necesitas más información, escríbeme a david@sanchezbermejo.com . Un saludo
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Escrito por Araceli el 05/12/2014 en 14:48, que dijo:

Buenas tardes, me han retenido en el banco casi 30 € por un embargo de 2.700 € aprox por el ayuntamiento. Percibo una prestación de 426€ he llamado al banco para indicarles que no puede retenerlo y me indican que segú ley…. si son de organismos del estado si pueden y tienen que cumplirla, que puedo hacer? a donde donde debo dirigirme, porque en el ayuntamiento tengo que solicitar la compensación (Puesto que ellos deben de devolverme 1073€) y la condonación (Al menos condonación y trabajar para ellos por la deuda..) puesto que en su día dijeron que estaba bien así según palabras de ellos…. ¿También tengo que solicitar que no llego al mínimo interprofesional, para que no realicen el embargo? Muchas gracias
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 06/12/2014 en 11:11, que dijo:

Hola Araceli, al recibir ingresos por debajo del salario mínimo no podrán embargarte la nómina. Si necesitas más información, escríbeme a david@sanchezbermejo.com . Un saludo
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Escrito por javier el 06/12/2014 en 10:05, que dijo:

hola. Han intentado embagarme las cuentas bancarias pero no tenia dinero, y ahora han dado la orden de embargarme la nomina. la deuda es por un aval solidario en una empresa. Otra de las avalistas ha puesto un recurso de reposición argumentando y es cierto que esta misma demanda ya nos la habian hecho por otro juzgado y sigue en curso, creando litispindencia. hay dos procesos abiertos reclamando lo mismo a las mismas personas por el mismo banco. Mi pregunta es si sabes si el embargo se paraliza hasta resolver el recurso o sigue adelante.? la peticion de embargo y el recurso se han cruzado por lo que supongo que la empresa ya lo habra recibido. Y otra pregunta al respecto , es posible dirigir un escrito al secretario judicial sin abogado ni procurador recordando la duplicidad de las demandas? muchas gracias. saludos.
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Escrito por javier el 07/12/2014 en 17:32, que dijo:

Hola es la primera vez que pido ayuda online
Cobro 550€ de paro y el ayuntamiento me a embargado la cuenta
Y me han quitado 100 euros que tenía para pagar la luze ido a el Ayuntamiento de mi comunidad a reclamarlo puesto que al parecer mini sueldo es inquebrantable por cobrar menos del salario base Intercontinental
estamos a 7 de diciembre y todavía no he recibido contestación del Ayuntamiento ante mis quejas dentro de tres días debería de cobrar pero no sé si lo haré entonces tendré que dejar la casa donde vivo porque me muero de vergüenza si tengo que estar de ocupa prefiero vivir en el coche con mis dos perrospor favor como puedo denunciar este hecho en caso de que sea verdad de que mi sueldo sea inquebrantable
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 08/12/2014 en 10:53, que dijo:

Hola Javier, al ser tu salario inferior al salario mínimo interprofesional, no pueden embargarte el mismo, pero sí podrán efectuarte embargos de cuentas corrientes. Si quieres más información, escríbeme a david@sanchezbermejo.com . Un saludo
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Escrito por manuel el 08/12/2014 en 21:00, que dijo:

tengo una deuda de la seguridad social ,y me enbarga desde hace 7 años la nomina me enbarga lo que establece la ley asta ahi de acuedo pero e recibido una notificacion de la cuenta de mi mujer y mia que me enbarga una cantidad ,es normal
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 08/12/2014 en 22:51, que dijo:

Hola Manuel, sí, se pueden realizar más embargos además del embargo de nóminas. En este caso por lo que comentas, un embargo de cuentas corrientes. Un saludo
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Escrito por Daniel el 09/12/2014 en 17:40, que dijo:

Hola: Tengo solicitada la incapacidad permanente, me comunican del Inss, que se reconocerá dicha incapacidad una vez que haya abonado una antigua deuda de mil euros de autónomo, debido a ser parado de la larga duración y a la incapacidad misma , carezco de ingresos y no puedo hacer frente a esa deuda. He solicitado un aplazamiento que podría ser abonado una vez que tenga algún ingreso por la prestacion de incapacidad. Y me ha llegado una carta de embargo de mi vivienda habitúal por esa cantidad de mil euros. Pueden embargar la viivienda habitual por este hecho ? y encima no pagarte la prestación implícitamente reconocida ,hasta que no pagues esa deuda ? Ni considerar un aplazamiento ?
.? Gracias. Un Saludo. Daniel.
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 09/12/2014 en 19:28, que dijo:

Hola Daniel. Por tus deudas se responde con tu patrimonio presente y futuro, así que sí, puede llegarte un embargo por tu vivienda por esa deuda. Tu situación es bastante particular, en tu caso trataría de negociar la deuda con tu acreedor para llegar a algún acuerdo y que paralizasen el embargo. Un saludo
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Escrito por Daniel el 10/12/2014 en 23:22, que dijo:

Gracias David: He hecho un escrito proponiendo pagar una parte cada mes. Pero claro, si no tengo ningún ingreso no puedo pagarlo. La cosa es que la seguridad social es la que te tiene que pagar la pensión reconocida, pero antes exigen pagar esos mil euros. Al mover todo esto, la tesorería de la seguridad social, aprovecha para cobrar como sea mediante esta notificación de embargo de mi vivienda habitual. Pueden realmente llegar a hacer eso ? No pagarte tu pensión reconocida y subastar tu casa para cobrarse mil euros ? Gracias. Eres muy amable. Un saludo. Daniel.
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Escrito por David Sanchez Bermejo el 11/12/2014 en 12:39, que dijo:

Hola Daniel, de la pensión tendrán que respetar el mínimo inembargable. Y tu casa sí, podrá ser subastada, aunque normalmente no intentarán hacerlo debido a la diferencia de valor entre la deuda y la vivienda. Un saludo
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Escrito por Daniel el 11/12/2014 en 18:23, que dijo:

. David;La situación es que no pueden embargar pensión alguna pq aunque está reconocida, no la ingresan hasta que pague los 1000 E de Autónomos. La nota de amenaza de Embargo de mi vivienda me ha llegado. La pregunta es: Tienen derecho a no pagar la pensión por esa deuda ? y obligación de aceptar un fraccionamiento o no ? La relación de la deuda y el bien tiene caracter disuasorio a la hora de ejecutar un embargo , tal como dices ? o es algo mas bien intuitivo ? Muchas Gracias. Un Saludo
Escrito por David Sanchez Bermejo el 12/12/2014 en 10:38, que dijo:

Hola Daniel, tendría que dedicarle más tiempo para poder darte una respuesta adecuada. Si quieres más información escríbeme a david@sanchezbermejo.com . Un saludo
Escrito por javier el 12/12/2014 en 14:38, que dijo:

es posible paralizar un embargo de nomina si se ha puesto un recurso de reposicion en el juzgado? o sigue su curso de ejecucion a pesar de no estar resuelto el recurso? perdon por tanta pregunta, es que no se donde acudir. Es posible que dos juzgados diferentes te reclamen la misma deuda por dos demandas diferentes?gracias
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 13/12/2014 en 14:54, que dijo:

Hola Javier, en principio no se paraliza el embargo. Si quieres más información escríbeme a david@sanchezbermejo.com . Un saludo
Responder ↓
Escrito por maria el 13/12/2014 en 16:38, que dijo:

Debemos.dinero.al.opaef, nos han embatgado la cuenta del abnco,minmarido.ha empezado a trabajar el.dia 1 pero solo por.unos.dias en el.verdeo,mi pregunta es le.da tiwmpo de mandar una carta para la empresa q trabaja para q le.embargue lanomina?,le pagan en edectivo, y si le.embargan q parte le.pueden embargar,gracias
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 15/12/2014 en 13:00, que dijo:

Hola María, eso dependerá de la administración judicial de tu localidad, no es posible saberlo de antemano. Un saludo
Responder ↓
Escrito por maria el 13/12/2014 en 16:41, que dijo:

Por favor contestame lo antes posible.pq estoy q no.vivo.pensando.en.q.me.puedan quitar el.dinero
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Escrito por angel el 15/12/2014 en 16:15, que dijo:

Hola mi duda es la siguiente, la seguridad social me ha embargado este mes 400€ aprox de mi nomina, y ademas me han embargado 170 de la cuenta corriente, es posible que me embarguen tanto de la nomina como del resto que me queda en cuenta corriente??

Gracias
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 15/12/2014 en 17:16, que dijo:

Hola Ángel, sí, se pueden ejecutar varios tipos de embargos a la vez. Si quieres más información escríbeme a david@sanchezbermejo.com . Un saludo
Responder ↓
Escrito por maria el 15/12/2014 en 19:23, que dijo:

hola,buenas tardes,Mi pregunta es…..Te pueden embargar una cuenta si lo que esta scobrando es una ayuda de la junta de andalucia de 550 euros?,es por multas de trafico.GRACIAS Y UN SALUDO
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 15/12/2014 en 19:33, que dijo:

Hola María, las cuentas corrientes pueden ser objeto de embargo, pero si son tus únicos ingresos tendrás que acreditar ante la entidad bancaria este hecho para que respeten el mínimo inembargable. Un saludo
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Escrito por maria el 15/12/2014 en 20:04, que dijo:

gracias!!!
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Escrito por maria el 15/12/2014 en 20:18, que dijo:

Pero si el.dinero.se lo pagan en efectivo,no por el.banco,y la deuda es del.opaef,q tanto ppr.ciento le embargan,?
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 16/12/2014 en 14:28, que dijo:

Hola María, si está por debajo del salario mínimo interprofesional, no pueden embargarle nada. Un saludo
Responder ↓
Escrito por Silvia el 16/12/2014 en 12:04, que dijo:

Mi ex pareja me debe unos 4 años de manuntecion ,el contrajo matrimonio en régimen de gananciales ,su actual esposa tienes bienes ,podrían embargarle a ella ,si pongo una denuncia ,no quisiera perjudicarle a su señora ,el trabaja ,podrían embargarle su monina
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 16/12/2014 en 14:29, que dijo:

Hola Silvia, a ella no podrán embargarla ya que la deuda es de origen anterior a su matrimonio. Si quieres más información escríbeme a david@sanchezbermejo.com . Un saludo
Responder ↓
Escrito por elena el 16/12/2014 en 12:58, que dijo:

Hola Miguel tengo una dudilla… Debo una cuota de 60€ por un juicio. Me han notificado que me embargaran la nomina que actualmente es de 689€ con las pagas prorrateadas. Pueden embrgarmela? Muchas gracias
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 16/12/2014 en 14:31, que dijo:

Hola Elena, te recomiendo que utilices mi calculadora para calcularlo tú misma. Un saludo
Responder ↓
Escrito por yolanda el 16/12/2014 en 16:13, que dijo:

buenas tardes necesito saber por favor porque me estan quitando tanto en un embargo gano en salario base 990e mas antiguedad de 160e este mes me an quitado 318e mas la de la paga extra otros 249e esto no es normal no ? gracias
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 16/12/2014 en 17:23, que dijo:

Hola Yolanda, con los datos que proporcionas no parece nada incorrecto. Si tienes más dudas ponte en contacto conmigo en david@sanchezbermejo.com . Un saludo
Responder ↓
Escrito por David el 17/12/2014 en 23:58, que dijo:

Buenas noches,tengo una multa de novecientos euros y cobro unos 640 euros de salario base cuanto me embargaria la ssocial? me podria embargar el coche o algo que este a mi nombre? y en el ultimo caso como cuanto tardaria? Soy de madrid gracias
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 18/12/2014 en 11:05, que dijo:

Hola David, por las deudas se responde con todo tu patrimonio, así que podrán embargarte. Sobre tu nómina, aquí tienes una calculadora para verlo por ti mismo. Un saludo
Responder ↓
Escrito por Antonio el 22/12/2014 en 22:18, que dijo:

Hola David! Llevo años con embargos en pensión incapacidad y prestaciónpor desempleo superior al 30% por una deuda de autónomos de mi esposa,, se pueden solicitar la devolución de las cantidades mal retenidas ? Hace unas semanas me he jubilado quedando fijada una pensión de 1.260€ si bien aparece que me una reducción de 378€ que son exactamente el 30% de la totalidad de la pensión sin considerar el primerSMI, donde puedo reclamar me apliquen la cantidad correcta o no corresponde ? Agradeciendo de antemano suatención, un saludo
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 23/12/2014 en 11:43, que dijo:

Hola Antonio, puedes reclamar pero es muy difícil que tengas éxito. Tendrás que reclamar a quien te haya efectuado la retención. Un saludo
Responder ↓
Escrito por lucero fuertes el 26/12/2014 en 12:11, que dijo:

buenos dias

estoy por presentar la documentacion en fogasa para cobrar una deuda de nominas por encontrarse mi empresa insolvente, y queria saber si cuando fogasa me pague ese pago me lo puede embargar el banco (tengo deuda con el banco, y la nomina embargada).
gracias de antemano.

un saludo
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 26/12/2014 en 20:07, que dijo:

Hola Lucero, en principio sí podrán, respetando el mínimo inembargable. Si quieres más información escríbeme a david@sanchezbermejo.com . Un saludo
Responder ↓
Escrito por gloria el 03/01/2015 en 02:02, que dijo:

Hola yo keria saber si me puedes ayudar te explico.yo trabjo en una residencia privada de geriatria y en mis nominas llevan muchos meses k me descuentan lo k kieren y de la pag extra d junio tambien en la misma me pone k descuentan x yo estar de baja 24dias en diciembre dl 2013 eso me pone en la paga de junio dl 2014 y lo fuerte es k yo nunca estado de baja x navidades jamas
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 03/01/2015 en 11:21, que dijo:

Hola Gloria. Si esos descuentos te los hacen de esa manera en la nómina debe significar que no tiene nada que ver con un embargo. Tendrás que hablar con la empresa que te paga. Un saludo
Responder ↓
Escrito por Adrian brasero gomez el 03/01/2015 en 22:17, que dijo:

Hola,buenas le debo al Estado 900e y cobró 950e hoy he ido a sacar dinero y no podía he mirado y me pone 803e embargado… Pero en la cuenta los sigo teniendo lo único que no puedo sacar dinero. A que se puede deber?
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 05/01/2015 en 12:11, que dijo:

Hola Adrián. Si el embargo lo hubiese hecho tu pagador respecto de tu nómina, no pueden embargarte más que la cantidad que indica la calculadora. Pero por lo que comentas lo que te han realizado es un embargo de cuentas corrientes, en donde pueden retener todo lo que haya en la misma. Si lo que hay en ella son tus únicos ingresos y puedes demostrarlo, puedes reclamar ante el banco que cumplan el mínimo inembargable. Para más información escríbeme a david@sanchezbermejo.com . Un saludo
Responder ↓
Escrito por Adrian el 07/01/2015 en 16:59, que dijo:

Hola, mi nombre es Adrian: tengo una deuda con el Ayuntamiento de Madrid por una cantidad de 900€ mi nomina incluidas las pagas extras prorrateadas anda en torno a los 1.350€ al mes, sin las pagas seria de 1000€. Y a su vez pago unas pensiones de alimentos en favor de mis hijos de (430€) que entiendo que este dinero al ser pensión de alimentos en favor de los hijos será inembargable. Me podrian explicar ¿cuanto me podrian embargar de mi nomina? y que comunicado deberia hacer yo al ayuntamiento para indicarle que pago esas pensiones de alimentos?. Muchas gracias y un saludo.
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 07/01/2015 en 18:20, que dijo:

Hola Adrián, las pensiones no se tienen en cuenta, así que podrás calcular tú mismo el importe que te embargarán usando mi calculadora respecto unos ingresos de 1.350 €. Si quieres más información escríbeme a david@sanchezbermejo.com . Un saludo
Responder ↓
Escrito por jose orlando el 14/01/2015 en 01:31, que dijo:

Hola david.mira me llega una orden de embargo a mi nomina..cobro 1300 aproximadamente. .la deuda es de 21000 con mi sueldo pago 300 de alquiler mas servicios. .veo por mi mujer.que no trabaja mi hijo su mujer y una cria de 1:año y además pago cadi casi 600 euros de prestamos y envio dinero avuna hija y nieta a colombia.la verdad no llego. .que debo hacer para que el embargo sea fe una cuota muy baja . gracias a tu respuesta
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 14/01/2015 en 11:18, que dijo:

Hola Jose, por lo que comentas no puedes hacer demasiado, lo que te podrán embargar podrás calcularlo tú mismo directamente desde mi calculadora en base a tus 1.300 €. Un saludo
Responder ↓
Escrito por Alvaro el 15/01/2015 en 16:20, que dijo:

Hola yo tengo varios embargos , la cuestion y mi duda es que siempre utilice una cuenta bancaria donde aparezco como autorizado por lo que mi embargo de nomina lo hace directamente a la empresa , mi duda es la siguiente ,¿al tener varios embargos y al tener la ya nomina embargada , si abro una cuenta para domiciliar la nomina y me embargan la cuenta , embargarian la cuenta aunque sea una cuenta donde te pagan la nomina? , o.. ¿al estar ya embargado no pueden embargar la cuenta por la cual te pagan la nomina?, es que es dificil no se supun que dejo ingresado y ya me quitan 168 de embargo en nomina y cuando voy a cobrar me dicen que tengo tambien la cuenta embargada , esto es un lio , perdon , gracias espèro que me quites la duda o no se si seguir de autizado pero es que el tema autorizado despues para cada papeleo tengo que estar molestando a quien tiene la cuenta en tituralidad ,,, gracias
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 16/01/2015 en 10:19, que dijo:

Hola Álvaro, tendrías que indicar a tu entidad bancaria que el dinero que ingresas corresponde a tu mínimo inembargable y que por lo tanto no se puede embargar. Si tienes más dudas escríbeme a david@sanchezbermejo.com . Un saludo
Responder ↓
Escrito por magui el 16/01/2015 en 19:06, que dijo:

Hola.Entre la pension minima de España y la de francia percibo 900€ mensuales.Pago la hipoteca de mi vivienda habitual 480€
Hacienda me inculca una deuda por un aval que hice a mis hijos y que no pueden pagar Me pueden embargar lo que sobrepase el importe minimo de las pensiones?
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 16/01/2015 en 21:00, que dijo:

Hola. Entiendo que podrán embargarte siguiendo los procedimientos habituales de embargos en España. Un saludo
Responder ↓
Escrito por rudy el 16/01/2015 en 21:45, que dijo:

queria saber como puedo demandar a una empresa en la que trabaje en 2010-2011 para que me paguen las multas de trafico puestas con el camion de la empresa y no hacen responsables y me estan embargando a mi en la cuenta
Responder ↓
Escrito por rudy el 16/01/2015 en 21:54, que dijo:

la cantidad asciende a 2031 euros si la empresa no se hiciera responsable de esta cantidad podria yo pagar 50 euros hasta total ?
Responder ↓
Escrito por rudy el 16/01/2015 en 22:03, que dijo:

mi nomina es de 353 euros como se puede hacer para poder pagar la deuda que debo de 2031 euros al ayuntamiento de madrid por multas de trafico.si yo por ejemplo ya no apareciera en la cuenta bancaria no podrian seguir embargando del sueldo y cuando hago la declaracion de hacienda nunca me devuelven
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 17/01/2015 en 12:09, que dijo:

Hola Rudy, puedes intentar negociar con el ayuntamiento el pago de la deuda, en caso contrario, no podrán embargarte en principio por lo que comentas ya que tu salario es inferior al salario mínimo inembargable. Si quieres más información escríbeme a david@sanchezbermejo.com . Un saludo
Responder ↓
Escrito por Jose Sainz Puente el 22/01/2015 en 16:47, que dijo:

Hola buenas, me han embargado la cuenta a través de la cual cobro
una pensión de 426€ como parado de larga duración, por una multa impagada y que no estoy en condiciones de pagar.¿Es esto legal?,no se que puedo hacer al respecto ya que es el único ingreso que tengo.
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 24/01/2015 en 10:25, que dijo:

Hola Jose, si es el único ingreso que tienes, efectivamente tendrás que reclamarlo. Un saludo
Responder ↓
Escrito por José Carlos Domínguez el 27/01/2015 en 00:44, que dijo:

Buenas noches David.
Tengo un problema que no me permite dormir.
Percibo una pensión en concepto de Incapacidad Permanente Total Absoluta, por un importe de 780 € mes. Acabo de divorciarme, pactando judicialmente una pensión compensatoria con mi ex mujer, de 150 € mes.
El pasado 30 de diciembre, recibí una comunicación de la Tesorería General de la Seguridad Social, en la que se me comunica que, por un impago a nombre de mi ex mujer, de los meses de noviembre y diciembre de 2007, y en vista de que ella no tiene actualmente ingresos, procederán a partir del próximo 30 del presente mes de enero, a embargarme la pensión, como responsable subsidiario.
Decirte que con fecha 22 de diciembre de 2006,un año antes de contraerse la citada deuda, mi ex mujer y yo, firmamos ante notario, la separación de bienes.
Además, desde que se contrajo la deuda, ya han transcurrido 7 años, ¿cuándo prescriben ese tipo de deudas?.
Teniendo en cuenta los datos que te he facilitado, ¿pueden ejecutar el embargo sobre mi pensión?…
Por favor, necesito tu ayuda, pues si me embargan, algo de la pensión, y tengo además que pasarle la pensión compensatoria a mi ex mujer, ¿cómo sobrevivo, pagando 250 € de alquiler, luz, agua, porcentaje de tantos medicamentos, etc ?…
Muchísimas gracias. ¿Tendré tiempo para presentar un Recurso de Alzada?
Un agradecido y cordial saludo.
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 27/01/2015 en 13:17, que dijo:

Hola José Carlos. Ya te contesté a tu correo. Un saludo
Responder ↓
Escrito por Jessica Azuza. el 31/01/2015 en 20:26, que dijo:

Puedo demandar a una entidad bancaria por sospechas de fraude? Mi padre hizo un préstamo en una entidad bancaria hace cuatro años mensualmente ha estado pagando casi la mitad de su salario mínimo que el mismo banco le descuenta pero a pesar de que ha pasado tanto tiempo la deuda sigue siendo la misma.y últimamente lo han estado llamando para que cancele un monto que en estos momentos no tiene y lo amenazaron con quitarle todo su sueldo y no sabe que hacer. No conoce sus derechos :c
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 01/02/2015 en 10:43, que dijo:

Hola Jessica. Me faltarían datos para conocer correctamente la situación. Si el embargo ha sido de cuentas corrientes están en su derecho de embargar si se considera lo ingresado como ahorro, en caso contrario deberéis protestar. Si quieres más información escríbeme a david@sanchezbermejo.com . Un saludo
Responder ↓
Escrito por Juan José Lepe el 04/02/2015 en 14:40, que dijo:

Soy un trabajador desvinculado por un ERE en el que se pactó con la Empresa que percibiría 12 Nominas iguales al año. Para realizar el calculo de la Nómina a embargar, la empresa mediante escrito del secretario judicial, me utiliza los tramos con el valor de 648,6 €, que es el SMI mensual referenciado a 14 pagas. Yo le indico que como recibo sólo 12 pagas iguales anuales debería utilizar el valor del SMI referenciado a 12 pagas que sería 648,6 x 12:14 = 756,7 €.
Pues al utilizar el primer valor de 648,6, sólo me estarían inembargando al año 648,6 x 12 = 7.783,2 €, cuando el BOE de Dic/2014 ha publicado que el SMI anual para el 2015 es de 9.080, 40 € (= 648,6 x 14) y la LEC dice que el tramo de tu nómina que corresponde al SMI es intocable e inembargable.
En mi caso se traduce que me están quitando ilegalmente cerca de 200 € mas al mes. ¿Cómo puedo arreglar esto? A qué organismo acudo, pues mi empresa hace oidos sordos a mis alegaciones.
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 04/02/2015 en 15:11, que dijo:

Hola Juan José. Como te he dicho en otro comentario tuyo, existe jurisprudencia del Tribunal Supremo que defiende lo que te están aplicando. Un saludo
Responder ↓
Escrito por jose el 04/02/2015 en 15:39, que dijo:

Hola David. Yo tengo una duda sobre una deuda que tiene mi mujer.
EL caso es que nos casamos en mayo del 2014 y hace unos dias solicite una hipoteca para comprar un piso a mi nombre sin que ella apareciera de titular ya que se encuentra en ficheros de morosidad y nunca me hubieran dado la hipoteca.
Me pueden embargar a mi el piso o la nomina??
Creo que estamos en separcion de bienes….
Gracias de antemano.
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 04/02/2015 en 15:41, que dijo:

Hola Jose. Si estais en separación de bienes, no te podrán embargar por sus deudas. Un saludo
Responder ↓
Escrito por jose el 04/02/2015 en 15:44, que dijo:

Y si no lo estamos??
Es que no estoy seguro.
antes por defecto te casabas en gananciales pero creo que ahora es alcontrario..
es asi??
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 05/02/2015 en 09:57, que dijo:

Hola Jose, dependerá de la comunidad autónoma donde vivas. Salvo algunas excepciones, el regimen por defecto es el de gananciales. Igualmente, si las deudas de tu mujer son anteriores a tu matrimonio no podrán tampoco embargarte por ellas. Un saludo
Responder ↓
Escrito por jose el 09/02/2015 en 20:58, que dijo:

Muchas gracias por todo.
Un saludo.
Responder ↓
Escrito por Albert el 11/02/2015 en 12:35, que dijo:

buenos dias! en primer lugar gracias! por ofrecer información de este tipo en este mundo donde solo importa el dinero.
mi pregunta seria la siguiente:
tengo la nomina embargada desde hace unos años y mi madre como avalista también. tengo entendido que las deudas son solidarias es decir que si debo 12.000 euros y no decimos nada o no lo sabemos nos quitan 12.000 a cada uno?.
hemos sumado estos dias y entre los dos tenemos la deuda casi saldada. como se lo comunicamos al judgado para que lo vea claro y nos ayude? si no me he explicado bien o te falta algun dato lo intentaria aclarar sin problema.
una vez mas muchas gracias
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 11/02/2015 en 22:04, que dijo:

Hola Albert. Sí, es posible que si no os enteráis os embarguen más de lo debido. Tendréis que acudir al juzgado para actualizar vuestra situación, podréis ir al secretario judicial del juzgado que decretó vuestro embargo para ello. Un saludo
Responder ↓
Escrito por JOE PETER CALLE RAMIREZ el 14/02/2015 en 10:21, que dijo:

Buenos dias, mi pregunta era, tengo la nómina embargada, ademas de las cuentas, aunque tengo 2 trabajos, el montante en bruto es de 1550 (sin descontar nada claro), ademas de 2 pagas semestrales de 950 cada una, hasta ahora me descontaban 64 € aunque ya llegó la orden de subirlo a 150 €. Mi pregunta era, si además de quedarse con este dinero me pueden seguir embargando mas dinero de las cuentas, porque el mes pasado me quitaron 390 € de la cuenta. Muchas gracias por su colaboración.
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 15/02/2015 en 12:02, que dijo:

Hola, todo lo que no sea salario inembargable de tus cuentas, podrá ser embargado. Un saludo
Responder ↓
Escrito por JOE PETER CALLE RAMIREZ el 20/02/2015 en 12:16, que dijo:

me ingresaron 800 € de una de mis nóminas la otra es de 400€ pero aun no la habia cobrado cuando de esos 800 me “birlaron” 380€ eso no es pasarse???
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 22/02/2015 en 20:03, que dijo:

Hola Joe, en principio, con los datos que das, sí parece demasiado, pero me faltaría información. Si tienes más dudas escríbeme a david@sanchezbermejo.com . Un saludo
Responder ↓
Escrito por Patricia el 15/02/2015 en 11:47, que dijo:

Me ha llegado un embargo para la nómina de un trabajador por parte de Hacienda, pero éste cobra el salario mínimo además de ser sólo una jornada de trabajo, como puedo hacer el escrito de alegaciones?
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 15/02/2015 en 12:06, que dijo:

Hola Patricia. Tendrás que indicar que puesto que el trabajador percibe menos del salario mínimo, no puede ser embargado. Un saludo
Responder ↓
Escrito por Manuel el 15/02/2015 en 20:49, que dijo:

El saldo ingresado en el banco, resto de una nómina embargada, ¿puede volver a se embargada por el mismo u otro
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 17/02/2015 en 14:29, que dijo:

Hola Manuel, si ya te han embargado el máximo permitido legalmente, no te lo podrán embargar más acreedores. Un saludo
Responder ↓
Escrito por MIGUEL el 21/02/2015 en 01:19, que dijo:

Hola buenas noches soy un colega de profesión y en una consulta que te han hecho por un embargo cuando las pagas extras están incluidas en el sueldo o por el contrario están en julio y diciembre , el señor te lo explica claramente y usted le dice que solo aplica la ley pero en este caso mal aplicada según dice el tribunal superior de justicia de baleares ya que toma en cuenta 14 SMI INEMBARGABLES por lo que el los meses de julio y diciembre el SMI INEMBARGABLE es el doble y en el caso de estar prorrateadas se multiplicaría el SMI por 14 y el resultado se dividiría por doce ahí te da la cantidad inembargable .
Hay que tomar en cuenta que el SMI según el BOE para este año 2015 es este
Para el año 2015 el Ministerio de Empleo y Seguridad Social fijó el Salario Mínimo Interprofesional en los siguientes valores:
•Salario Mínimo diario: 21,62€
•Salario Mínimo mensual: 648,60€
•Salario Mínimo anual: 9080,40€ (14 pagas)
No te puedes obsesionar con el SMI mensual si no con el anual, y esto si viene reflejado en la ley, la única calculadora fiable y que esta reconocida en la sentencia del tribunal mencionado anteriormente es la de la agencia tributaria que esta si tiene en cuenta las pagas extras.
Espero haberte sido de ayuda
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 21/02/2015 en 08:44, que dijo:

Buenos días compañero. Por desgracia, muy al contrario de lo que dices, la jurisprudencia no ha dejado este punto nada claro. Sí, existe esa sentencia que comentas del TSJ de Baleares, pero también hay alguna sentencia del Tribunal Supremo que indica lo contrario y me da la razón en cuanto a los cálculos de mi calculadora. También hay sentencias en este sentido del TSJ de la Comunidad Valenciana y de la Audiencia Provincial de León (siendo esta última la más moderna, es incluso posterior a la de Baleares). Con lo que, por lo explicado, mi criterio es igualmente válido. Un saludo
Responder ↓
Escrito por Cristina el 27/02/2015 en 10:20, que dijo:

Hola David..

A ver si me puedes ayudar.. Mi marido tiene varios embargos a causa de su anterior mujer pero la que mas me preocupa es una que estamos pagando hacienda que asciende casi a 40.000e.. nos quitan cada mes una cantidd del banco ya que tenemos un acuerdo, la deuda es de mi marido y su anterior mujer como he dicho pero solo la paga el porque ella nunca ha trabajado, se casó con un empresario y no creo que trabaje nunca y claro si no tiene nómina ni nada a su nombre no se le puede reclamar nada? Su marido tiene muchas propiedades pero las tiene a nombre de la empresa ellos no tienen nada a su nombre..

Gracias y un saludo..
Responder ↓
Escrito por David Sanchez Bermejo el 01/03/2015 en 10:01, que dijo:

Hola Cristina. Si no nada a su nombre, efectivamente no se le podrá reclamar nada. Un saludo
Responder ↓
Escrito por Sandra el 03/03/2015 en 14:03, que dijo:

Buenas tardes David, tengo la nómina embargada desde hace mas de tres años por una deuda con una entidad bancaria,mi sueldo es de unos 1100€ y el embargo ronda los 200E no es por impago de hipoteca, a su vez tengo deudas con diferentes entidades, tengo dos cuentas, una solo a mi nombre y la otra compartida con mi pareja, a día de hoy me acaban de embargar las dos cuentas, en cada una de ellas tenía unos 1000 y el embargo a sido de 350€ a cada una de ellas, mi pregunta es, si tengo la nómina embargada, pueden embargarme también las cuentas?.
Muchas gracias, espero tu respuesta.
Responder ↓

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110 comentarios:

  1. Buen día señoras y los hombres suaves,

    Estoy MRS. SARAH BENSON,un temor de Dios y el prestamista préstamo honesto que puede cambiar su vida de mal a bien que quiero que entienda el hecho de que le doy mis préstamos en una baja tasa de interés del 2%. El mal crédito aceptable, los términos y condiciones son muy simples y considerate.You nunca se arrepentirá de esta operación de préstamo, porque voy a hacer sonreír a través de cabo esta transacción, porque donde no nació para ser un perdedor mis términos y condiciones son muy simples lo estás esperando lo antes posible, ¿por qué no intentas compañía de préstamos señora Lily Brown y estar libre de deudas, sólo clientes serios deben ponerse en contacto conmigo lo antes posible a través de Emai: (sarahbenson105@outlook.com) para obtener más ingresos.

    FORMULARIO DE SOLICITUD DE PRÉSTAMO:

    Nombre del solicitante: ……………
    Dirección: …………….
    Ciudad: ………………… ..
    Estado: ……………………
    País: ……………… ..
    Género: ………………….
    Estado Civil: …………….
    Edad: …………………… ..
    Ocupación: ……………….
    Recursos Índice: ……………….
    Dígale: …………………… …
    Número de oficina: …………….
    Móvil: ………………… ..
    Importe solicitado: ……………
    Duración del préstamo: ………………
    Propósito del préstamo …………………

    Si usted está interesado en obtener un préstamo de nosotros,
    amablemente en contacto con nosotros a través de nuestro correo electrónico para su formulario de solicitud

    y TÉRMINOS Y CONDICIONES Emai: (sarahbenson105@outlook.com)

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    Respuestas
    1. Para presentarme correctamente, soy el Sr. Micheal Benson un prestamista privado, i Dar préstamos a tasa de interés del 3%, esta es una oportunidad financiera en su paso de la puerta, obtener su préstamo 2017 rápidamente. Hay tanta gente por ahí buscando oportunidades financieras o ayuda a la vuelta de la esquina y lugares y todavía no son capaces de conseguir uno, pero aquí está. Oportunidades de financiamiento a su paso de la puerta y como tal usted no puede permitirse el lujo de faltar esta oportunidad Este servicio se hace a los individuos, a las compañías, a los hombres de negocios ya la disponibilidad de cualquier cantidad de su opción para más información. Contáctenos vía email: MICHEALBENSONLOANAGENCY@GMAIL.COM
      Formulario de solicitud de préstamo y devolverlo.

      Nombre completo ..........

      Número de teléfono privado ...........

      País ..................

      Dirección............

      Estado ...............

      Años ..............

      Usted ha aplicado antes o no. ...........

      Estado ..............

      Cantidad del préstamo necesaria.........

      Periodo de préstamo ................

      Ocupación.................

      Ingreso mensual ...............

      En reconocimiento a estos detalles, le enviaremos nuestro acuerdo con el calendario de pagos y, si acepta los Términos y condiciones, podrá obtener su préstamo dentro de una vez aprobado en función de la gravedad, la urgencia y la confianza que tenemos para usted.
      Estoy esperando su respuesta rápida.

      Atentamente

      Micheal Benson

      Eliminar
  2. Buen Dia

    ¿Necesita un préstamo urgente? usted será rechazada préstamo del banco o de algunas otras empresas? Inmediatamente solicitar un préstamo rápido y conveniente hoy en SARAH BENSON Loan Company PLC (SBC). Estamos 24 horas en línea y confiable para usted. Correo electrónico: sarahbenson105@outlook.com

    INFORMACIÓN DEL DEUDOR QUE SE REQUIERE

    Nombre Completo:
    Dirección De Contacto:
    País:
    Cantidad necesaria como préstamo:
    Duración del préstamo:
    Propósito del préstamo:
    Ocupación:
    Sexo:
    Edad:
    Número Telefónico:
    Habla usted Inglés?

    Correo electrónico: sarahbenson105@outlook.com

    Atentamente,
    Sra SARAH BENSON
    Directora / MD

    ResponderEliminar
  3. Hola a todos,

    Soy un prestamista privado, ofrezco préstamo en el 2% se trata de una compañía legítima con honor y la diferencia que estamos dispuestos a ayudar en cualquier problema financiero que son ofrecemos todo tipo de préstamo por lo que si usted está interesado en esta oferta de préstamo ponerse en contacto con nosotros en nuestro correo electrónico: rllender@hotmail.com

    También proporcione los datos de seguimiento para que podamos proceder con el préstamo inmediatamente.

    Nombre:
    Cantidad necesaria:
    Duración:
    país:
    Propósito del préstamo:
    Ingreso mensual:
    Número de teléfono:

    Póngase en contacto con nosotros con los datos mencionados en nuestro correo electrónico: rllender@hotmail.com

    Un saludo a todos.

    ResponderEliminar
  4. ¿Necesita alguna financiera ayuda como préstamo? Si un correo electrónico a brent.timmons@ymail.com con los detalles abajo.
    Nombre completo:
    País:
    Número de teléfono:
    Monto del préstamo:
    Duración
    Escríbanos a brent.timmons@Ymail.com

    ResponderEliminar
  5. ¿Necesita un préstamo urgente para pagar todas sus cuentas ??? ¿O usted desea iniciar un nuevo negocio ??? ¿O usted desea conseguir una nueva casa ?? ¿O es que quiere resolver todos sus problemas financieros ??? No dude en ponerse en contacto conmigo a través de correo

    ResponderEliminar
  6. Hola, Mi nombre es Sr. Paul Green un conocido prestamista préstamo legítimo, ofrecemos préstamos de la gama de $ 5000 a $ 6 millones de dólares, euros y libras solamente. Damos préstamos legítimos a las personas graves o firmas comerciales que están en necesidad de préstamos. Somos una Firma Préstamo registrada que está preparada para satisfacer las necesidades de las personas que aspiran a ser mayor en la primera línea de Préstamos accumulation.Our de capital se ofrecen a una tasa de interés subsidiada que sea favorable para todos los ciudadanos en la India y todos los demás países. Estamos dispuestos a hablar con usted acerca de cómo podemos satisfacer su needs.if financiera interesada en esta gran oferta entonces, Contáctenos hoy para un préstamo urgente. Póngase en contacto con nosotros: paulloanfundshelp@hotmail.com

    REQUISITO PARA EL PRÉSTAMO
    1.Copia de Identificación
    Declaración de 2,3 meses Bancos
    3.Prove de residencia
    4.Banking detalles para recibir el préstamo.

    Una vez que este requisito se remitió el monto del préstamo será transferido a sus datos bancarios que nos envíe, la lista negra es bienvenido, ¿ha sido rechazado por tantas empresas, ¿Tiene idea de negocio pero sin financiación, ¿Tiene mal historial de crédito , aplicar para el hogar de soluciones a su problema. Espero su respuesta urgente a esta AD.or envíenos un email a: paulloanfundshelp@hotmail.com

    Préstamos personales
    Préstamos de día de pago
    Finanzas Vehículo
    Home Loans
    Consejería de Deuda
    Préstamos Comerciales
    Préstamo estudiantil
    Préstamo de Consolidación
    Préstamo Médico
    Seguros de vida / propiedad también disponibles.
    Contacte con nosotros hoy en: paulloanfundshelp@hotmail.com

    ResponderEliminar
  7. Hola Estimado Señor / Señora

    Antes de cualquier palabra adicionales permiten que me presente, soy el Sr. Wendy Ordóñez el CEO de ORDONEZ MUNDIAL DE PRÉSTAMO EMPRESA un legítimo y un prestamista de préstamos de buena reputación. Somos una empresa dinámica con los fondos del préstamo assistance.we financiera a las personas que necesitan asistencia financiera, que tienen un mal crédito o que necesitan dinero para pagar las facturas, para invertir en business.I desee utilizar este medio para informarle de que prestar asistencia fiable y beneficiario que espera para ofrecerle un préstamo. Póngase en contacto con nosotros a través del e-mail: odonezworldloan@hotmail.com servicios prestados incluyen; Refinanciar, Bricolaje, préstamo de inversión, préstamos para automóviles, consolidación de deuda, línea de crédito, segunda hipoteca, préstamos comerciales, préstamos personales, préstamo de coche, préstamo de auto. Por favor complete el formulario de solicitud de préstamo a continuación si usted está interesado.

    PRIMERA INFORMACIÓN NECESARIA.

    Nombre completo:.............................................

    País:................................................ .

    Estado: ................................................ .........

    Dirección: ................................................ ..

    Años:.............................................

    Género: .............................................

    Teléfono: ...........................................

    Cantidad necesaria como préstamo: .............................................

    Duración: .............................................

    Ingreso mensual:.............................................

    Ocupación: .............................................

    Propósito del préstamo: .............................................

    Habla usted Inglés:.............................................

    ¿Ha solicitado un préstamo antes: .......................................... ...


    Estaremos encantados de aquí atrás de usted con respecto de esta operación de préstamo por lo que esperan su respuesta urgente y rápida.

    Atentamente,
    Sr. Wendy Ordóñez.

    ResponderEliminar
  8. Buen dia

    ¿Está buscando una ayuda financiera? ¿Necesita un préstamo urgente para pagar sus facturas o deudas? cualquiera que sea el préstamo tal vez usted debería ponerse en contacto con nosotros hoy a través de correo electrónico: credit_solution@outlook.com

    Clientes interesados deben por favor llene nuestro formulario de solicitud a continuación (Sólo solicitantes graves favor)

    Solicitud de préstamo.

    Nombre completo:
    País:
    Sexo:
    Número de teléfono:
    Monto del préstamo necesario:
    Duración del préstamo:
    Ingreso mensual:
    Ocupación:

    Estaremos a la espera de recibir la información por usted también.


    Nota: todas las respuestas deben ser enviadas a credit_solution@outlook.com

    Gracias.

    Sra Nero Azen

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  9. ¡Hola! Yo soy el Sr. Jerry Ekata Elvis, un prestamista privado de préstamos que otorga préstamos de oportunidad de tiempo de vida. ¿Necesita un préstamo urgente para borrar sus deudas o necesita un préstamo de capital para mejorar su negocio? ¿ha sido rechazado por los bancos y otras entidades financieras? ¿Necesita un préstamo de consolidación o una hipoteca? no busques más ya que estamos aquí para hacer que todos sus problemas financieros una cosa del pasado. Prestamos los fondos a las personas que necesitan asistencia financiera, que tienen un mal crédito o que necesitan dinero para pagar las facturas, para invertir en el negocio a una tasa del 2%. Quiero utilizar este medio para informarle que prestamos asistencia fiable y beneficiario y estaremos dispuestos a ofrecerle un préstamo.

    © Ekata Elvis Global Insurance Préstamo Limited Company ®
    Póngase en contacto con nosotros en: ekataelvisglobalinsurnaceloan@gmail.com
    www.facebook.com/ekataglobalinsurnaceloanlimitedcompany
    Teléfono: 0808 612 3495

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  10. Buen dia Solicitante

    Yo soy el señor Andrea Walter Un prestamista préstamo privado ¿Está buscando un préstamo de negocios, préstamos personales, préstamos hipotecarios, préstamos de automóviles, préstamos estudiantiles, préstamos de consolidación, garantía sin garantía, capital de riesgo, etc ... O simplemente se niega préstamo de un banco o institución financiera para una o más razones? Ustedes son las soluciones adecuadas para el crédito! ofrecemos préstamos a las empresas y los individuos con bajo y asequible tasa de interés del 3%. Así que si usted está interesado en un préstamo rápido y garantizado. Enviar que nosotros hoy Via: accessonlinetransfer@outlook.com para más información.

    Gracias.

    Sr.Andrea Walter

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  11. ¿Necesita un dinero urgente para pagar sus cuentas y liquidar sus deudas en caso afirmativo email: ramseydickson@outlook.com

    ResponderEliminar
  12. Buen dia

    ¿Necesita un préstamo urgente de resolver sus necesidades financieras, que ofrecemos préstamo que van desde € 3.000,00 a € 10,000,000.00 Max, estamos fiable, eficiente, rápido y dinámico, con un 100% garantizamos también da a préstamo en (euros, libras y dólares .) la tasa de interés aplicable a todos los préstamos es (2%) si te interesa volver a nosotros a través de (mrfavourinvestment@outlook.com) con la siguiente información:

    Tu nombre completo:
    País:
    Ciudad:
    Dirección:
    Cantidad necesaria:
    Duración:
    Propósito del préstamo
    Ingreso mensual:
    Años:
    Sexo:
    Ocupación:
    número de teléfono:

    Gracias.
    Sr. favor

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  13. Buenas noticias para todos, soy uno de los agentes enviados por el Señor superiores (Gran Maestro) para llevar ya que muchos de los que están interesados ​​en convertirse en un miembro de la gran templo Illuminati, convirtiéndose en un miembro de los Illuminati. sus calificaciones son; -Sólo los que puede proporcionar un servicio por sí mismos, al igual que los políticos, músicos, hombre de negocios / mujer, estudiante, hago negocios, soy dueño de una empresa de construcción, y yo también de uno de los más grande tienda de la aplicación electrónica, i fui como tu, yo y mi esposa eran financieramente hasta 1 comida al día, ¿qué tipo de vida fue que para vivir, vivía en la pobreza, hasta que vi la oportunidad de ser un miembro de la gran templo de ILLUMINATI HERMANDAD y yo Probé suerte y he sido miembro por cerca de 10 años. Cuanto más alto se obtiene el más rico esté Illuminati, que hace que su negocio crezca más rápido de lo que nunca se puede imaginar, Illuminati pone de manifiesto el talento en ti y te hacen famoso, ya que se convierte en miembro de la Orden Illuminati recibirá 2.000.000 DOLARES al instante en su cuenta bancaria, hay muchos otros beneficios más que pueden ganar, por lo que si usted está interesado en ser un miembro de llamarlo ahora en 0092349059843965 correo electrónico [illuminatihighprist@gmail.com] ÚNETE hOY EE.UU. y convertirse en ricos, poderosos y famosos de toda la vida .

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  14. hola. listo-ment invertido
    Los préstamos rápidos sin empleados o aprobación
    estándar
    Si usted está buscando financiación o estás en un problema económico en tiempo y forma, usted está en el lugar correcto. Desde hace algún tiempo, se puede pedir pequeños préstamos en condiciones favorables en gran parte gracias a Internet. No está obligado a aceptar las demandas de su banco o entidad
    en contacto con nosotros .En mail..didiervalet42 @ outlook.fr

    ResponderEliminar
  15. ¿Necesita un préstamo? aplica ya

    ¿Estás en desorden financiero? ¿Necesita un préstamo para refinanciar? ¿Tiene mal crédito o en necesidad de préstamo urgente para resolver una necesidad apremiante? Préstamos garantizados y préstamos sin garantía a la gente honesta y confiable en todo el mundo y empresas a una tasa de interés del 3%. Hemos estado ofreciendo préstamos a particulares y empresas con éxito ponerse en contacto con nosotros hoy a través de correo electrónico: chrisjerryloanfirm@gmail.com
    Nombre completo: .......
    País: ...........
    Estado: .....
    Fecha de nacimiento: ......
    Sexo: ................
    Ocupación: .........
    Ingreso mensual: ..........
    Monto del préstamo necesario: ....
    ¿En qué moneda? En dólares, libras o euros: ..
    Duración del préstamo: ............
    Propósito del préstamo: ...........
    Número de teléfono: ..........
    correo electrónico: chrisjerryloanfirm@gmail.com
    Sr. Chris Jerry.

    ResponderEliminar
  16. ¡Hola
    Ofrecemos préstamos a personas que necesitan ayuda financiera con
    una baja tasa de interés del 3%. Con el fin de obtener un préstamo
    con esta empresa, puede decir la cantidad exacta de préstamo
    necesita y cuando se puede pagar el préstamo. así que si usted está
    interesados por favor proporcione su información de contacto - válido en virtud de que
    podemos proceder a enviarle nuestros términos y condiciones del préstamo.
    apecinvestissement42@outlook.fr

    ResponderEliminar
  17. Mi nombre es Sra Rita James. Yo vivo en Nueva York USA. y soy una mujer muy feliz hoy? Le dije a mi mismo que cualquier prestamista de préstamo que podría cambiar mi vida y la de mi familia, me referiré a cualquier persona que esté buscando préstamo para them.They mí y para mi familia felicidad dio, yo estaba en necesidad de un préstamo de $ 150,000.00 a iniciar mi vida en todo como viuda con 3 niños que significaba este honesto y temeroso de Dios compañía de préstamos de préstamos en línea que me ayudó con un préstamo de $ 150,000.00 dólares americanos, de hecho, son el temor de Dios de personas, una compañía de préstamos de buena reputación.

    Estoy muy feliz de que me dieron mi préstamo de ellos la semana pasada. Si usted está en necesidad de préstamo y que esté 100% seguro para pagar el préstamo póngase en contacto con ellos y por favor, diles que la señora Rita James se dirigió a ellos. contacto a través de E_mail: maryclarkservice1@yahoo.com

    La señora Rita James

    Los testimonios sobre la forma en que me dieron mi préstamo

    ResponderEliminar
  18. hola. listo-ment invertido
    Los préstamos rápidos sin empleados o aprobación
    estándar
    Si usted está buscando financiación o estás en un problema económico en tiempo y forma, usted está en el lugar correcto. Desde hace algún tiempo, se puede pedir pequeños préstamos en condiciones favorables en gran parte gracias a Internet 50.000 € fue de 500 millones de € poue una tasa del 3% contacto con nosotros PAE mail.apecinvestissement40@outlook.com

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  19. ,.necesita un dinero urgente para pagar sus cuentas y liquidar sus deudas en caso afirmativo envíenos un correo electrónico hoy en: ramseydickson@outlook.com

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  20. Hola,

    ¿Está buscando un financiar de negocios, financiar personal, casa financiar, financiar de automóviles, financiar estudiantiles, financiar de consolidación de deuda, financiar sin garantía, capital de riesgo, etc. CONTACTO: ozibarandy@hotmail.com

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  21. estamos certificados y Prestamista registrada que damos crédito de todo tipo de una manera muy fácil y rápida, de Préstamos, Préstamos para Estudiantes, préstamo de negocios, préstamo de inversión, etc. nos ofrecen Préstamos a particulares, empresas co operan cuerpos, que están en necesidad de préstamo y ayuda financiera a una tasa de interés muy baja de 2%. Los solicitantes, que están interesadas en obtener préstamos en nuestra empresa deben ponerse en contacto con nosotros lo antes posible a través de correo electrónico: (targo_bank@yahoo.com y targo1bank@gmail.com)

    ResponderEliminar
  22. Dios increíble, pero cierto siempre es grande. Después de varias versiones de mi solicitud por el banco, he recibido un préstamo a través de un señor muy amable. Para

    obtener más información, póngase en contacto con ella por correo electrónico a: mickaelducobet@gmail.com que ofrece préstamos de € 3.000 a € 3.000.000 a cualquier

    persona capaz de devolver con intereses a una tasa baja de 2 %, no lo dude ese mensaje. Esta es una realidad perfecta. Corre la voz a amigos y familiares que están en

    necesidad.
    el pago comienza cinco meses después de recibir su crédito
    Que Dios os bendiga.

    ResponderEliminar
  23. Buenas tardes
    Me embargaron la nómina por un principal de 1.874€ + 562,20€ de intereses y costas= 2.436€. A través de las nóminas ya he pagado todo ese dinero, y ahora me llega del juzgado la tasación de interes y costas por un importe de 1.866,67€ de costas + 206€ de intereses.
    ¿no es una barbaridad esa tasación de costas teniendo el cuenta el principal?? ¿puedo impugnarlas basándome en algo?
    Muchasd gracias

    ResponderEliminar
  24. Dios increíble, pero cierto siempre es grande. Después de varias versiones de mi solicitud por el banco, he recibido un préstamo a través de un señor muy amable. Para

    obtener más información, póngase en contacto con ella por correo electrónico a: mickaelducobet@gmail.com que ofrece préstamos de € 3.000 a € 3.000.000 a cualquier

    persona capaz de devolver con intereses a una tasa baja de 2 %, no lo dude ese mensaje. Esta es una realidad perfecta. Corre la voz a amigos y familiares que están en

    necesidad.
    el pago comienza cinco meses después de recibir su crédito
    Que Dios os bendiga.

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  25. Hola Préstamo Appicant,

    Buenos días, mi nombre es Sr. Carl, soy un Prestamista privado, Doy a préstamo a los pobres / ricos.
    Soy de Reino Unido y me dueño del nombre de una empresa las finanzas James Cral de préstamo.

    Bueno, yo estaré muy contento de oír lado a otro si necesita un préstamo, me gustaría que nos correo electrónico hoy en: jamescarlloanfirm88@gmail.com

    trabajamos 6 días, 12 horas y cada vez al día, sólo amablemente correo electrónico cualquier hora cualquier día.

    Esperamos su correo electrónico con urgencia.

    Un saludo a todos.

    Sr. Carl

    ResponderEliminar
  26. Hola

    Solicitar un préstamo rápido y conveniente para pagar cuentas y para iniciar una nueva financiación de proyectos en el menor tasa de interés del 3%. Póngase en contacto con nosotros hoy a través de: Chrisrichardloanfirm@hotmail.com con la cantidad del préstamo es necesario que nuestra oferta mínima del préstamo es 1.000,00 para cada selección de la cantidad del préstamo. Soy un prestamista certificado, registrado y legítimo. Puede ponerse en contacto conmigo hoy si usted está interesado en obtener un préstamo de nosotros ...

    Préstamo datos del solicitante

    (1) Nombre completo:
    (2) Cantidad necesaria como préstamo:
    (3) Duración del préstamo:
    (4) Número de teléfono:
    (5) País:
    (6) Estado / Provincia:

    NOTA: Todas las respuestas deben ser enviadas a: Chrisrichardloanfirm@hotmail.com para ser procesados rápidamente.
    Gracias

    Sr. Chris Richard

    ResponderEliminar
  27. Mi nombre es Elizabeth forbes de los estados unidos. Quiero dar las gracias a la señora Renee Mooney que me ayudó a conseguir un

    préstamo. Ella era capaz de darme un préstamo de $ 50,000 dólares. Ella también le puede ayudar. Si necesita cualquier ayuda

    financiera, por favor póngase en contacto con su empresa a través de correo electrónico: reneemooney@outlook.com. +17069208020

    ResponderEliminar
  28. pueden embargar una pension mínima de 476 euros por no pagar los impuestos?no tengo ningun hijo menor a cargo..gracias

    ResponderEliminar
  29. ¿Necesita un préstamo urgente para pagar sus deudas? ¿Necesita un préstamo para comenzar un nuevo negocio? ¿Necesita un préstamo personal? Ofrecemos todo tipo de préstamos a la tasa de interés del 2%. Contáctenos hoy en el correo electrónico: (danieljohnfirm@gmail.com)
    http://danieljohnloancompany.webs.com/

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  30. Usted necesita un negocio o un préstamo personal?Damos préstamo a partir de € 1000 a € 100,000,000 cualquier persona física y de la empresa en el 3% tasa de interés anual. Para obtener más información, póngase en contacto con correo electrónico: ramzanhelp31@gmail.com

    ResponderEliminar
  31. Soy Luciana Santiago por su nombre. Vivo en España, quiero usar este medio para alertar a todos los solicitantes de préstamos a ser muy cuidadosos, porque hay estafadores en todas partes. Hace meses yo estaba financieramente tensas, y debido a mi desesperación que fue estafado por varios prestamistas en línea. Casi había perdido la esperanza hasta que un amigo mío me remitió a un prestamista muy fiable llamado Mrs.Mary Smart que me prestan un préstamo sin garantía de 95.000 en 2 horas sin ningún estrés. Si usted está en necesidad de cualquier tipo de préstamo, póngase en contacto con él ahora a través de: marysmartservice@yahoo.com Estoy usando este medio para alertar a todos los solicitantes de préstamos debido al infierno que pasé a través de las manos de los prestamistas fraudulentos. Y no deseo ni siquiera mi enemigo pasar a través de tal infierno que pasé a través de las manos de los prestamistas en línea fraudulentos, también quiero que me ayude a pasar esta información a otros que también están en necesidad de un préstamo una vez que También han recibido su préstamo de Mrs.Mary Smart, oro para que Dios le dé su larga vida.

    Dios la bendiga para siempre.

    Sra.Luciana Santiago


    Testimonio sobre cómo obtuve mi préstamo

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  32. Hola buenas noches me gustaria saber, si tengo una deuda con la seguridad social desde hace 8 anos y lo unico q me an embargado durante los ultimos 5 anos an sido cantidades pequenas de la cuenta bancaria q procedian de ingreso de la ayuda siendo esta menor del salario minimo interprofesional y no habiendo entrado ninguna otra cantidad en la cuenta puedo solicitar la prescriccion de la deuda y la devolucion del dinero embargado gracias

    ResponderEliminar
  33. Préstamo serio y honesto en 48 horas : gonzalezbenitezmartinez@gmail.com
    Oferta de Préstamo serio y honesto de la Sr Benítez, Martínez González e-mail: gonzalezbenitezmartinez@gmail.com para un préstamo de 100.000$, 2% y 50 $ el archivo, por favor, ser despreocupado en sus peticiones.


    Préstamo serio y honesto en 48 horas : gonzalezbenitezmartinez@gmail.com
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  34. BUENAS NOTICIAS;
    ¿Está buscando apoyo financiero? Necesita un préstamo urgente para pagar
    ¿Sus cuentas o deudas? Esta es la oportunidad que usted está buscando. Ofrecemos todo
    Tipos de préstamos, tales como préstamos de empresa, préstamos para automóviles,
    Capital, préstamos para vivienda, préstamos estudiantiles o un préstamo de su elección al 2%
    Tasa de interés. Las personas interesadas deben contactarnos con este e-mail
    Dirección: pedroazevedo532@gmail.com

    ResponderEliminar
  35. Estimado Señor / Señora, ofrecemos préstamos a todos los efectos. Regístrese hoy y obtener financiación dentro de los tres días hábiles. - Importe mínimo del préstamo: 5,000.00 - Importe máximo del préstamo: 500.000.000,00 - Tipo de interés: el 2% de los términos del préstamo es simple y agradable. Para obtener más información, póngase en contacto con nosotros por e-mail: (tuerkiyefinansbank@linuxmail.org)

    ResponderEliminar
  36. Hola, soy el Dr. Harry Carlos, un prestamista de préstamo privado que presto a los que están en necesidad de préstamo, y los que quieren comenzar un nuevo negocio. Dar préstamos personales, préstamos de negocios, préstamos estudiantiles, préstamos de la empresa y Todas las clases de préstamos, en tasa interesada de 2% ponen en contacto hoy en: harryloanfirm56@gmail.com

    -
    PRESTADOR LEGAL DE PRÉSTAMOS

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  37. Hola Mi nombre es Kimberly mcpherson Quiero agradecer a MAY FIELD FINANCE FIRM por ayudarme
    Con mis fondos de préstamo de $ 60,000.00 después de haber sido estafado por tanto tiempo si usted está interesado en un Préstamo por favor póngase en contacto con él para que también puede ayudarle también su préstamo no toma mucho tiempo en 24 Horas mi préstamo estaba en mi cuenta alguien que necesita un préstamo urgente y de confianza debe En contacto con él ahora es un dios enviado y una buena persona su correo electrónico es loan3568@gmail.com Estoy feliz de compartir este testimonio en Internet porque él me ayudó si realmente necesita Ayuda sin haber sido estafado como yo fue estafado esta es la empresa de préstamos derecho a Contacto: Email: loan3568@gmail.com

    ResponderEliminar
  38. Soy el Sr. Fredrick Peterson. Un prestamista acreditado, legítimo y acreditado. Ofrecemos préstamos de todo tipo de una manera muy rápida y fácil, como préstamos hipotecarios, préstamos hipotecarios, préstamos comerciales, préstamos mal crédito, préstamos comerciales, préstamos de capital de arranque, préstamos para construcción, préstamos para automóviles, préstamos hoteleros, préstamos para estudiantes Préstamos personales, préstamos de consolidación de deudas, muchos más ... ¿Necesita un préstamo? ¿Ha estado buscando dónde obtener un préstamo? ¿Ha estado tratando de obtener cualquier tipo de esos préstamos mencionados anteriormente? Entonces conteste ahora en (fredrickpetersonloan@gmail.com). Si desea obtener un préstamo asequible. Somos la garantía del 100%, con la tarifa más baja del 2% para todos los préstamos, con las ventajas colaterales libres. Una vez que recibamos su respuesta, comenzaremos inmediatamente a procesar su préstamo ..... 24/7 horas Financiación ...

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    Si alguien necesita un préstamo por favor póngase en contacto con este hombre que pondrá una sonrisa en su cara, por correo electrónico:emanuelloanfirm500@hotmail.com o whatsapp contacto: +2349056716289

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  41. Hola soy avalista y avale ami nuero no pudo pagar y me desafiaron me descontaron 5560 euros pero ahora me ah llegado una carta de la seguridad social 1 estancia algo así que me descontarán de mi pensión yo suelo cobrar 2200 euros ahora cobro 1600 porque me descuentan esto si ya eres cubrió la deuda que estaría todo pagado me podrían explicar porque pasa esto.???

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  42. Hola soy avalista y avale ami nuero no pudo pagar y me desafiaron me descontaron 5560 euros pero ahora me ah llegado una carta de la seguridad social 1 estancia algo así que me descontarán de mi pensión yo suelo cobrar 2200 euros ahora cobro 1600 porque me descuentan esto si ya eres cubrió la deuda que estaría todo pagado me podrían explicar porque pasa esto.???

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  45. Tengo mi tarjeta de cajero automático ya programada para retirar el máximo de $ 5,000 al día por un máximo de 20 días. Estoy muy contento con esto porque tengo la mía la semana pasada y lo he usado para obtener $ 144,000. El Sr. Thomas está dando la tarjeta sólo para ayudar a los pobres y necesitados a pesar de que es ilegal, pero es algo agradable y no es como otra estafa pretendiendo tener las tarjetas de cajero automático en blanco. Y nadie es atrapado cuando se utiliza la tarjeta. Me Western Union un poco de dinero para él y para mi mayor sorpresa, la tarjeta se envió a mí en 18hrs.Get suya hoy, sólo tiene que enviar un correo electrónico a hackercredit.atmcards@gmail.com


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  46. Mi nombre es Greg Jones, vive en carlifonia con mi esposa encantadora, tengo un préstamo de un nombre de hombre, Joshua es de hecho un hombre temeroso de Dios, por lo que si usted está inneed de un préstamo, póngase en contacto con este correo electrónico: emanuelloanfirm500@hotmail.com O WhatsApp +2349056716289

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  47. Mi nombre es Andrew, de Inglaterra también recibí mi préstamo De 14.000 usd de este hombre llamado obispo Elías, la compañía que necesito que me ayude appriciate este hombre por lo que ha hecho en mi vida, y en la vida de mi familia.
    Por favor, si necesita un préstamo, en cualquier cantidad, puede ponerse en contacto con él en este correo electrónico: bishopelijahloanfirm002@hotmail.com

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    Andrew kim de Inglaterra sigue siendo bendecido.

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  51. GRAN TESTIMONIO DE MI VIDA

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    Mi nombre es Elvira Elena Sandi vivo en Ixtapaluca México ciudad con mi familia encantadora.

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  52. Hola mi nombre es David Juan Carlos estoy escribiendo para compartir este pequeño testimonio Pasé por momentos difíciles y me sentí frustrado. Leí en el Internet sobre Aubrey Grayson, ella me animó a confiar en y que hice. Mis hermanos y hermanas, estoy muy contento de decirles que recibí el préstamo de esta persona y amigo de Dios. Como un signo de mi propio aprecio, les digo a todos a ponerse en contacto con ella para cualquier tipo de préstamo. Ella te ayudará Abajo están su contacto

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    EMPRESA EMAIL: AUBREY_GRAYSONFINANCE@HOTMAIL.COM
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    No te lo pierdas

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  53. TESTIMONIO SOBRE CÓMO TENGO MI PRÉSTAMO MIRACULOSAMENTE DE FOXX AYUDA FINANCIERA

    Hola a todos, Yo Hannah una madre soltera de BERLIN, me gustaría compartir este gran testimonio de cómo conseguí mi préstamo de (FOXX FINANCIAL AID) fuimos expulsados de nuestra casa cuando no pude pagar mis cuentas más, FOXX AYUDA FINANCIERA Al principio le dije que no estoy listo para tomar ningún riesgo de solicitar un préstamo en línea más, pero me aseguró que recibirá mi préstamo de ellos. En un segundo pensamiento, debido a mi falta de hogar tomé un juicio y solicité el préstamo, afortunadamente para mí recibí un préstamo de € 45,000.00 de {foxx_financialaid@consultant.com}). Estoy feliz tomé el riesgo y solicité el préstamo. Mis hijos han sido devueltos a mí y ahora tengo una casa y un negocio propio. Toda gratitud va a FOXX FINANCIAL AID por darle un significado a mi vida cuando perdí toda esperanza.

    Hannah Rose.

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  54. Quería saber si la Sra. Aubrey realmente es una prestamista de préstamos honestos, después de leer tantos testimonios sobre cómo ella ayuda a las personas con problemas financieros, la contacté para un préstamo de $ 15000 USD. Al principio dudé de ella, pero más tarde descubrí que ella es una mujer encantadora y cariñosa. Después de muchos procedimientos, firmé un contrato y 2 días más tarde, recibí el préstamo por Western Union. Estoy muy contento de decirle ahora que la señora aubrey es real, ella da préstamos, la he probado y ahora confío en ella. Le dije a un amigo mío acerca de la Sra. Aubrey, y él también también ha recibido un préstamo. Por favor, no sea víctima de estafa, póngase en contacto con la Sra. Aubrey para obtener un préstamo genuino. Ella puede ayudarle, su dirección de correo electrónico es aubrey_graysonfinance@hotmail.com o póngase en contacto con ella directamente en whatsapp para una respuesta rápida, +2348054422651

    Yo soy Ana Cancino, estoy compartiendo esto de Venezuela, usted puede ser el siguiente para compartir un testimonio

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  55. Aviso, por favor tome su tiempo para leer lo que tengo que decir, ya que puede beneficiarle.

    Mi nombre es Colbert Joaquín y vivo en Huaylas Perú. Quiero contarles acerca de Aubrey Grayson Finanzas. Esta empresa fue la empresa que dos de mis amigos un préstamo y yo también fue dado un préstamo por la misma empresa. Yo soy un testigo vivo y rezo para que como muchos de ustedes aquí están en necesidad de una ayuda financiera o la otra. Ruego que Dios responda a sus oraciones y envíe un ayudante a su manera en el nombre de Jesús. Yo Colbert Joaquín asesorará personalmente a muchos de ustedes que necesitan ayuda financiera para contactar esta empresa y experimentar el amor de Dios y el cuidado en mente tipo. Para obtener más información sobre el préstamo, puede ponerse en contacto con la empresa por correo electrónico: aubrey_graysonfinance@hotmail.com o también puede solicitar un préstamo de ellos en WhatsApp
    +2348054422651

    Gracias por su tiempo y espero leer un testimonio de usted pronto. Usted será el siguiente para compartir un testimonio en el nombre de Jesús. AMÉN

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  56. Buen día, mi nombre es Shelly soy un ciudadano de los Estados Unidos de América quiero testificar de la buena prestamista que mostró luz para mí después de haber sido estafado por 4 diferentes prestamistas internacionales de Internet, todos ellos prometen darme un préstamo después Haciéndome pagar un montón de honorarios que no producen nada y no sumaron ningún resultado positivo. Perdí mi duro ganar dinero y fue un total de 12.000 USD. Un día como yo estaba navegando a través de Internet buscando forsterated cuando me encontré con un hombre de testimonio que también fue estafado y finalmente se vinculó a una empresa de préstamos legítimo llamado Trust Funds Credit Union CEO Sr. John Thormas (trustfundscreditunion@hotmail.com), donde finalmente Conseguí su préstamo, así que decidí entrar en contacto con a la misma compañía de préstamo y después les dije mi historia en cómo he sido scammed por 4 diversos prestamistas que no hicieron nada sino a curso mí más dolor. Le explico a la empresa por correo y todo lo que me dijeron fue a llorar no más porque voy a obtener mi préstamo en su empresa y también he hecho la elección correcta de ponerse en contacto con ellos. Llené el formulario de solicitud de préstamo y procedí con todo lo que se me pidió y me dieron un monto de préstamo de $ 700,000.00 dólares por esta gran empresa (Trust Funds Credit Union) administrado por el señor John Thormas y aquí estoy feliz con mi familia porque Sr. John Thormas Trust Funds La Cooperativa de Crédito me ha dado un préstamo por lo que hice un voto a mi mismo que voy a seguir testificando en Internet sobre cómo conseguí mi préstamo.Usted necesita un préstamo con urgencia? Amablemente y rápidamente contacto Sr. John Thormas Trust Fondos Credit Union ahora para su préstamo por correo electrónico: (trustfundscreditunion@hotmail.com) Llamar a través de: +14195182281 creo que otras personas también están dando testimonio sobre este mismo prestamista honesto

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  57. Para presentarme correctamente, soy el Sr. Micheal Benson un prestamista privado, i Dar préstamos a tasa de interés del 3%, esta es una oportunidad financiera en su paso de la puerta, obtener su préstamo 2017 rápidamente. Hay tanta gente por ahí buscando oportunidades financieras o ayuda a la vuelta de la esquina y lugares y todavía no son capaces de conseguir uno, pero aquí está. Oportunidades de financiamiento a su paso de la puerta y como tal usted no puede permitirse el lujo de faltar esta oportunidad Este servicio se hace a los individuos, a las compañías, a los hombres de negocios ya la disponibilidad de cualquier cantidad de su opción para más información. Contáctenos vía email: MICHEALBENSONLOANAGENCY@GMAIL.COM
    Formulario de solicitud de préstamo y devolverlo.

    Nombre completo ..........

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    Años ..............

    Usted ha aplicado antes o no. ...........

    Estado ..............

    Cantidad del préstamo necesaria.........

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    En reconocimiento a estos detalles, le enviaremos nuestro acuerdo con el calendario de pagos y, si acepta los Términos y condiciones, podrá obtener su préstamo dentro de una vez aprobado en función de la gravedad, la urgencia y la confianza que tenemos para usted.
    Estoy esperando su respuesta rápida.

    Atentamente

    Micheal Benson

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  58. ¿Cuáles son sus necesidades financieras?
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    Por favor, no dude en ponerse en contacto con nosotros para una posible cooperación empresarial

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    SEÑOR. Bran Wabler

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  60. Mi nombre es la señora Michelle Mills. ¿Vivo en Texas los EEUU y soy una mujer muy feliz hoy? Me dije a mí mismo que cualquier prestamista de préstamo que podría cambiar mi vida y la de mi familia, me referiré a cualquier persona que está buscando préstamo a Them.They me dio y mi familia la felicidad, que estaba en necesidad de un préstamo de $ 30,000.00 a Empezar mi vida por todas partes como un viudo con 4 hijos me refiero a este honesto y el temor de la empresa de préstamo de préstamos en línea que me ayudó con un préstamo de $ 180.000,00 dólares de los EE.UU., son de hecho temor de la gente, una empresa de préstamos de buena reputación.

    Estoy muy contento de haber obtenido mi préstamo de ellos la semana pasada. Si usted está en necesidad de préstamo y usted está 100% seguro de pagar el préstamo por favor póngase en contacto con ellos y por favor les digo que la Sra. Michelle Mills se refieren a ellos. Contacto vía E_mail: juliajohnson88@outlook.com

    Sra. Michelle Mills

    Testimonio sobre cómo obtuve mi préstamo

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  61. Hola, ¿Necesita un préstamo rápido a largo o corto plazo con una tasa de interés relativamente baja tan bajo como 3%? Ofrecemos préstamos de empresa, préstamos personales, préstamos, préstamos para automóviles, préstamos estudiantiles, préstamos de consolidación de deuda e.t.c. No importa su puntaje de crédito. Estamos garantizados para proporcionar servicios financieros a nuestros muchos clientes en todo el mundo. Con nuestros paquetes de préstamos flexibles, los préstamos pueden ser procesados en un tiempo muy corto y entregados al prestatario. Póngase en contacto con nuestro especialista para asesoramiento y planificación financiera. Si necesita un crédito rápido por favor póngase en contacto con nosotros por correo electrónico: jkim0007042@gmail.com

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  62. SALUDOS CUMBRES SALUDOS

    Mi razón de ceder este testimonio es hacer que todo el mundo por ahí sepa que todavía hay un hombre que puede ayudarle a resolver su problema cada vez que necesite ayuda, vi a muchas personas agradeciendo a este hombre llamado Collins James por el buen trabajo que hizo para ellos para ayudarles con un préstamo para pagar deuda y comenzar una nueva vida. También hice lo mismo para ver si también puedo obtener ayuda de él, me puse en contacto con él y explicarle mi problema a él me dijo que la única manera que puede ayudarme es si se puede confiar en eso es todo, le doy una garantía que no lo dejaré caer al final. Él me dio el formulario de solicitud para llenar y lo hice tres días después de mi préstamo fue aprobado que soy calificar para recibir la cantidad del préstamo de 15.000.000 dólares de su compañía. Ruego que nuestro Dios en el cielo abra las viudas de bendiciones y promociones para su negocio AMEN.

    Mi nombre es Gebrel Ruth de Chile vivo con mi abuela. aquí es su contacto si desea llegar a él, a través de correo electrónico: collins_jamesfinance555@hotmail.com o whatsapp +2349081926673

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  63. Hola,

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    Si está interesado, contáctenos con el recibo de este correo electrónico para permitir que la transacción continúe, puede comunicarse a través del correo electrónico: dantecooperativehelp@hotmail.com

    Cordial saludo,
    Dante Paola,
    C.E.O / Consultor General.
    Ayuda de la Cooperativa Dante Paola.
    dantecooperativehelp@hotmail.com

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  64. Necesitas un préstamo…..?
    Póngase en contacto con Michael Nordmann Financial Service, un prestamista de dinero privado y también en la gestión de bienes inmuebles. Aquí viene una buena oferta de préstamo para todos aquellos que necesitan asistencia financiera a una tasa baja del 3%. Con la mejora de préstamos de la Cruz Roja, puede despedirse de todas sus dificultades y crisis financieras.

    Damos préstamos de cualquier cantidad. Luchamos contra la crisis financiera y brindamos un espacio para un futuro brillante en nuestra sociedad en la medida en que hacemos nuestro negocio. Si está interesado, debe indicar su interés y lo ayudaremos a asegurar su préstamo.

    Persona de contacto: Mr Michael
    Número de contacto: +15125627955
    E_mail: michaelnordmannloanfirm@gmail.com

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  66. envíenos un correo electrónico para préstamo urgente alonzeltaylor@gmail.com

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    Nombre de contacto: Sra. Miranda Bethany

    Correo electrónico: mirandabettanymotage@gmail.com

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    Acabo de recibir el crédito de mi cuenta con la suma de $ 300,000, esto es real y también he podido pagar todas mis facturas. Intente registrarse ahora y obtenga su cuenta abierta inmediatamente y reciba la tarjeta ATM en blanco y comience a retirar dinero todos los días. Póngase en contacto con el Sr. Luis a través de unlimitedhackersnetwork@gmail.com

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  69. Mi nombre es mr. Carter Collins, soy un prestamista privado que otorga préstamos a individuos privados y corporativos. ¿Has rechazado tantos bancos? ¿Necesitas fondos para establecer tu negocio? ¿Necesitas financiación para la expansión de tu negocio? ¿O necesitas un préstamo personal? Contáctenos ahora :: Cartercreditunionoffer.Link@Gmail.Com

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    1) debe ser confiado al deudor de buena fe y GRACIA ILIMITADA 2) incluso con mal crédito, aún garantizamos al prestatario el préstamo con gracia ilimitada en esta empresa. 3) el préstamo puede otorgarse incluso con poco crédito. 4) la tasa fija de interés del préstamo es 2.%. otorgamos un préstamo de € 5000 a €30,000,000.00.

    Formulario de datos del prestatario

    1) su nombre:
    2) sexo
    3) tu país:
    4) Ocupación:
    (5) su estado civil:
    6) número de teléfono:
    7) Ingreso mensual:
    8) Dirección:
    9) Propósito:
    10) Solicitud de préstamo:
    11) duración del préstamo:

    Contáctenos ahora :: Cartercreditunionoffer.Link@Gmail.Com
    Cuidadosamente
    Sr.Carter Collins

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  70. Saludos,

    Soy Immanuel Clinton, un prestamista acreditado que otorga préstamos a todas las personas, tanto discapacitadas como no discapacitadas. Ofrezco préstamos tanto para empleados como para desempleados, hasta ahora podrá pagar a su debido tiempo.

    Ofrezco préstamos con una tasa de interés baja del 3%, por lo que puede ver que se ha hecho más fácil.

    Cualquier solicitante interesado debe contactarme a través de mi correo electrónico; Clintonimmanuel9@gmail.com o clinton.loanfinance@yahoo.com o WhatsApp: +234807308183

    Gracias y espero tu aplicación

    Atentamente
    Sr. Clinton

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  71. BIENVENIDO A PATRICIA KINGSMAN patriciakingsman.loans2016@gmail.com nuestro objetivo es proporcionar un excelente servicio profesional.

    ¿Eres hombre o mujer de negocios? ¿Estás en un lío financiero o necesitas fondos para comenzar tu propio negocio? ¿Necesita un préstamo para comenzar una pequeña y mediana empresa? ¿Tiene un bajo puntaje de crédito y le resulta difícil obtener un préstamo de capital de bancos locales y otros institutos financieros ?.

    Nuestros préstamos están bien asegurados para la máxima seguridad es nuestra prioridad. Nuestro objetivo principal es ayudarlo a obtener los servicios que se merece. Nuestro programa es la forma más rápida de obtener lo que necesita en un abrir y cerrar de ojos. Reduzca sus pagos para aliviar la tensión en sus gastos mensuales. Obtenga flexibilidad con la que puede usar para cualquier propósito, desde vacaciones, educación hasta compras únicas

    Ofrecemos una amplia gama de servicios financieros que incluyen: Préstamos personales, préstamos de consolidación de deuda, préstamos comerciales, préstamos educativos, préstamos hipotecarios garantizados, préstamos no garantizados, préstamos hipotecarios, préstamos de día de pago, préstamos estudiantiles, préstamos comerciales, préstamos para automóviles, préstamos para inversiones, Préstamos de Desarrollo, Préstamos de Adquisición, Préstamos de Construcción, con baja tasa de interés al 2% anual para individuos, empresas y entidades corporativas. Obtenga lo mejor para su familia y también la casa de sus sueños con nuestro plan de Préstamo General.

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    INFORMACIÓN DEL PRESTATARIO

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    2) País:
    3) dirección:
    4) Estado:
    5) Sexo:
    6) Estado civil:
    7) Ocupación:
    8) Número de teléfono:
    9) Ingreso mensual:
    10) Siguiente pariente:
    11) Monto del préstamo necesario:
    12) Duración del préstamo:
    13) Propósito del préstamo:
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    Tuyo sinceramente,
    Sra. Patricia Kingsman
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    Esperamos con interés saber de usted lo antes posible

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    Por favor, contáctenos para más información: patriciakingsman.loans2016@gmail.com
    Por favor escríbanos de vuelta con la información del préstamo;
    - Nombre completo:
    - Cantidad del préstamo necesaria:
    - Duración del préstamo:
    - Propósito del préstamo:
    - Ciudad País:
    - Teléfono:
    - Como supiste de nosotros:

    Si está interesado en obtener un préstamo, tenga la amabilidad de escribirnos con los requisitos del préstamo. Por favor, contáctenos para más información: patriciakingsman.loans2016@gmail.com
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  76. Hola a todos mi nombre es Maria ines saez painevil soy de Perú Acabo de recibir mi préstamo ahora de la compañía de préstamos señora Patricia Kingsman son una nueva compañía de préstamo legítimo de 2018 y no ha sido mucho tiempo recibí mi préstamo de ellos obtuve mi préstamo de ellos hoy y ahora, como estoy publicando este mensaje, estoy muy feliz de que esta compañía sea realmente grandiosa, así que cualquier persona que necesite un préstamo contacte a esta compañía, ellos son realmente geniales allí, el correo es patriciakingsman.loans2016@gmail.com

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  77. Hola a todos, mi nombre es Rodriguez Damaso Rosa y soy de Argentina, he estado en internet y he escuchado a personas decir que han sido estafados antes y necesito un préstamo urgentemente, así que temía solicitar un préstamo en línea. la gente testifica sobre la compañía de préstamos de la Sra. Patricia Kingsman que obtuvieron préstamos de ella Nunca he solicitado un préstamo antes y tenía tanto miedo de ser estafado pero creía lo que la gente decía y solicitaba de esa compañía de préstamos y todo estaba bien y me dijeron que enviara la tarifa de transferencia que se utilizará para transferir mi préstamo cuando me dijeron que tenía tanto miedo de que fuera una estafa, así que me senté y pensé en ello y les respondí y les dije Nunca he hecho esto antes, pero la Sra. Patricia Kingsman dijo que debería confiar en ellos de que me van a ayudar, así que lo hice y fui a enviar la tarifa que dijeron que debía enviar para la transferencia de mi préstamo. Hoy recibí una alerta de mi espalda que hay dinero en mi a cuenta Hoy estoy muy contento de que nunca haya sido estafado y recibí mi préstamo una vez, así que ahora estoy feliz y mi familia y yo vamos a estar felices también, así que cualquiera que necesite un préstamo debe presentar una solicitud de esta compañía sin haber sido estafado porque ella es real y excelente y le pido a Dios que continúe usándola para ayudar a la gente de sus préstamos. su dirección de correo es patriciakingsman.loans2016@gmail.com.

      Una vez más, sigo siendo Rodriguez Damaso Rosa

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  78. Mi nombre es CINTIA CRISTINA PINHEIRO soy de Panamá. He oído hablar de esta empresa que dan préstamos y fui a solicitar un préstamo. He escuchado a personas decir sobre estafa pero nunca me han estafado antes de que esta empresa me ayudara con mi préstamo para que cualquier persona que necesite un préstamo deba solicitar préstamos allí es rápido y seguro su dirección de correo patriciakingsman.loans2016@gmail.com

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  79. Hola a todos

    Mi nombre es Gabriela Yunes soy de España. He estado buscando un préstamo en línea y todo lo que obtengo son estafadores, pero encontré esta compañía de préstamos llamada Patricia Kingsman, compañía de préstamos, y he visto personas en línea testificar sobre sus buenas obras, así que decidí probar si volveré a estar feliz, solicité un préstamo de 350,000.00 Euro y el prestamista, la Sra. Patricia Kingsman, me aseguró que en 12 horas mi préstamo estará en mi cuenta bancaria, así que hoy, cuando estaba trabajando, vi que mi banco me escribió un mensaje que hay algunos fondos de 350,000.00 euros en mi cuenta y le agradezco a Patricia Kingsman porque es real, así que si necesita un préstamo en línea, no se deje engañar como yo para solicitarlo en esta empresa porque ella es la única compañía real que ofrece préstamos en línea. Su dirección de correo es patriciakingsman.loans2016@gmail.com

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  80. Mi nombre es Jessica Ainoa Paola soy de Perú Acabo de recibir mi préstamo de una nueva compañía de préstamos legítima de 2018 y el nombre de la compañía que me ayudó con mi préstamo hoy es la compañía de préstamos Patricia Kingsman, son la compañía de préstamos más encantadora que tengo Alguna vez me encontré con que les solicité un préstamo ayer y lo único que hice fue pagar la tarifa de transferencia, que dijeron que debería pagar, e inmediatamente realicé el pago en las próximas 12 horas, cuando estaba con mi préstamo, lo siento, no puedo díganme cuánto me ayudaron, pero es una gran cantidad de dinero, así que si necesitan un préstamo real, esta es la compañía de préstamos adecuada para contactar con su dirección de correo electrónico es patriciakingsman.loans2016@gmail.com

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  81. Buenos días a todos me llamo Maria Mireia Yaiza Aurora y soy de México. Quiero aprovechar esta oportunidad. Ahora tengo que escribir este mensaje en internet si alguno de ustedes está buscando un préstamo real, esta es la compañía adecuada para contactarme. una mujer de negocios y solicité un préstamo en una compañía de fiar 2017 y el nombre de la compañía es Patricia Kingsman, compañía de préstamos, han estado ayudando a personas desde 2016 y estamos en 2018 ahora y acabo de recibir mi préstamo de ellos así que si alguien de necesitas un préstamo y postúleselo porque son reales solo rezo para que la gente que necesita ayuda con un préstamo no se deje engañar, es por eso que aprovecho esta oportunidad para escribir este mensaje en internet si necesitas un préstamo de fiar Se aplicará un préstamo de esta compañía para que no te timen cuando solicites a la compañía equivocada. su dirección de correo es patriciakingsman.loans2016@gmail.com.

    ten un buen día a todos y rezo para que estés feliz como lo estoy hoy

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  82. Mi nombre es Alazne Orquidia Naomi y soy de Bolivia. Quiero utilizar este momento para contarle a todos en Internet cómo recibí mi préstamo después de haber sido estafado. 3 veces solicité un préstamo de la compañía de préstamos Patricia Kingsman. Ayer vi a gente testificar sobre sus buenos trabajos y sobre cómo ella ayudó a las personas, así que decidí postularme y ella me dijo lo que tenía que hacer. Tenía miedo, pero lo hice esta mañana. Acabo de recibir una alerta de mi banco; hay dinero en mi cuenta y lo revisé. la cantidad y fue mi préstamo, estoy muy feliz. Entonces quiero aprovechar este momento y decirles a todos en Internet que esta compañía es real si necesitan un préstamo. Esta compañía es la correcta para aplicar. No se timen como yo porque hay estafadores que solicitan esta compañía y seras feliz. su dirección de correo es patriciakingsman.loans2016@gmail.com

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  83. Mi nombre es Sarah Gomez Rodriguez soy de Argentina. Quiero utilizar este momento para escribir en Internet que acabo de recibir los fondos de mi préstamo de 5 millones de pesos de esta compañía llamada prestamista Patricia Kingsman. Al principio no creía lo que la gente decía en Internet, pero decidí probar y solicité el préstamo hace 2 días y acabo de recibir una llamada de mi banco que dice que hay una suma de 5 millones de pesos en mi cuenta e inmediatamente recibí una alerta de mi préstamo del banco Patricia Kingsman. La compañía me llamó y me preguntó si había recibido mi préstamo y les dije que sí, así que dijeron que debería traer más gente a la compañía si alguien necesita un préstamo, así que si realmente necesita un préstamo, esta es la compañía a la que debe enviar su solicitud. son realmente geniales y ahora creo que hay una compañía de préstamos reales que otorga préstamos y esa compañía es la compañía de préstamos Patricia Kingsman, por lo que si alguien necesita un préstamo urgente, es importante que esta sea la compañía adecuada para solicitarla. Su dirección de correo es patriciakingsman.loans2016@gmail.com.

    finalmente estoy muy feliz y puedo comenzar mi propio negocio ahora. Gracias una vez más Patricia, eres grandiosa y Dios te bendiga a ti y a tu compañía.

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  84. Mi nombre es Marcos Egoitz Eneko. Soy de Ecuador. Quiero aprovechar este momento para decirle a todos en Internet que hay una sola compañía que ofrece préstamos reales y esa compañía es Patricia Kingsman. Estuve buscando un préstamo en línea durante las últimas 3 semanas y todo lo que tengo es que los prestamistas me estafan de mi dinero. Dios sabe que era tan pobre y quería suicidarme, pero vi a tanta gente testificar sobre esta empresa que otorgan préstamos al principio no creía porque vi otros testimonios de otros prestamistas y todos se convirtieron en estafas. Dije, permítanme postularme de esta empresa y ver si es cierto e inmediatamente solicité que me dijeran todo lo que tenía que hacer y acepté y me aseguraron que en 8 horas yo estaría con mi préstamo porque dijeron que están utilizando el servicio de transferencia rápida. Al principio no lo creía, pero esperé mi préstamo antes de las 8 horas. Recibí una alerta de mi banco y espere que fuera mi préstamo. Estaba muy conmocionado cuando lo vi y oré a Dios por dirigirme a la compañía correcta. quien me ayudó hoy mientras escribo esto en internet ahora acabo de recibir mi préstamo de esta compañía y estoy usando este tiempo para testificar a otras personas si necesita un préstamo, no se deje engañar, esta es la compañía adecuada para aplicar desde. Su dirección de correo es patriciakingsman.loans2016@gmail.com y para usted, aquellos que no tienen una dirección de correo electrónico, el número de WhatsApp de la compañía es +2348088206489.

    Esta compañía es verdadera y excelente si necesita un préstamo, solicite ahora y espere su préstamo porque estará contento con esta compañía.

    Gracias a todos y sigo siendo Marcos Egoitz Eneko.

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  85. Buenos días Me llamo Juanma Ignacio Judith, soy de Uruguay, esta empresa de la que Patricia Kingsman habla es real, nunca quise un préstamo, pero solo dije que debería probar esta compañía y ver si lo que la gente dice es cierto y solicité un préstamo. Préstamo de ellos ayer y acabo de recibir mi préstamo hoy de la compañía de préstamos Patricia Kingsman. Si lees este mensaje y necesitas un préstamo, solicita esta compañía porque te ayudarán. Esta compañía es la única que ofrece préstamos reales en línea. El préstamo que solicité de ellos fue de $ 75,000.00 dólares y en 8 horas obtuve mi préstamo para que mis amigos no sean estafados si necesita un préstamo real, esta es la compañía correcta para aplicar. Si le interesan los préstamos, su dirección de correo es patriciakingsman.loans2016@gmail.com y su número de whatsapp es +2348088206489.

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  86. Hola a todos

    Soy Fátima Mireia Beatriz y soy de Lima Perú. Estaba buscando un préstamo en línea y tenía mucho miedo. Nunca solicité un préstamo. Busqué muy bien y busqué una compañía real. Encontré una compañía llamada Patricia Kingsman y vi lo que la gente decía sobre esta empresa. era cierto, decidí solicitar un préstamo de la compañía y necesitaba un préstamo de $ 150,000.00 dólares para comenzar un negocio cuando solicité, ella me dijo todo lo que tenía que hacer, lo hice y ella me aseguró que en 8 horas iría. para estar con mi préstamo, dije que estaba bien y esperé exactamente 8 horas, tiempo en que recibí mi préstamo de esta compañía, mientras escribo esto, ahora nunca me han estafado antes y esta compañía es grandiosa. He estado oyendo gente hablando de estafas pero yo nunca antes han sido estafados y agradezco a Dios por eso. Entonces, si necesita un préstamo real, esta es la compañía correcta desde la que solicitarán ayuda, y la vez que le digan que recibirá su préstamo es el momento exacto en que recibirá su préstamo. Solo tengo que escribir este mensaje a todos para que no soliciten un préstamo de la compañía equivocada si necesitan un préstamo real, comuníquense con esta compañía y estarán felices. Su dirección de correo es patriciakingsman.loans2016@gmail.com.

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  87. Buen día a todos

    Mi nombre es Damián Diego Alejandro soy de Madrid España. Quiero utilizar este momento para escribir en Internet que cualquier persona que necesite un préstamo verdadero Patricia Kingsman es la compañía adecuada para solicitarlo desde hace algunos días. Necesitaba dinero y busqué un préstamo en línea. Vi una compañía y solicité esa compañía me estafó 2 veces de mi dinero estaba tan triste porque necesitaba dinero así que decidí buscar otra compañía y solicité de otra compañía esa misma compañía también me dijo que depositara dinero y lo hice y nunca obtuve mi préstamo. como lo que me está sucediendo porque necesitaba dinero urgente para comprar una casa porque si no obtengo una casa pronto, mi arrendador alejará a mi familia de mi casa así que necesitaba conseguir mi propia casa. Cuando estaba buscando otra vez, vi a esta compañía, Patricia Kingsman, vi a mucha gente testificar acerca de esta compañía que la compañía es realmente genial, así que al principio tuve miedo de aplicar porque me engañaron 2 veces, así que me dije: déjame intentarlo y ver si esta empresa era real, entonces solicité Cuando solicité me dijeron que todo lo que tenía que hacer aún tenía miedo pero confié en ellos y me aseguraron que en 8 horas yo iba a estar con mi préstamo que quería para mi préstamo y en mis ojos recibí una alerta de mi banco que había una suma de 200,000 euros en mi cuenta bancaria y estuve muy contento de que hace un tiempo la compañía me llamó y me preguntó si había recibido mi préstamo y les dije que sí y agradezco y mientras escribo este mensaje en Internet ahora esta compañía también ha ayudado a mis 2 hermanos, por lo que cualquier persona que necesite un préstamo verdadero Patricia Kingsman es la compañía adecuada para aplicar. En caso de que necesite dinero, solo puede contactarlo por correo o por whatsapp y su dirección de correo es patriciakingsman.loans2016@gmail.com. Agradezco a todos los que leyeron mi mensaje y que estén seguros y se inscriban en esta empresa porque estarán contentos con ellos.

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  88. Mi nombre es Nicolás Matías Jerónimo Gerónimo. Soy de Montevideo Uruguay Quiero escribir en internet que si necesitas un préstamo real Patricia Kingsman es la compañía de préstamos reales que otorga préstamos. Solicité un préstamo de esta compañía la semana pasada el viernes y acabo de recibir mi préstamo hoy, así que todos, si necesita un préstamo real sin haber sido estafado, esta es la compañía correcta para postularse, por lo que la compañía es realmente grandiosa y son muchas personas que han sido estafados si necesita un préstamo sin ser estafado, esta es la verdadera compañía que otorga préstamos. Solicité un préstamo de esta compañía, Patricia Kingsman, y recibí mi préstamo hoy, así que cualquier persona en todo el mundo que necesite un verdadero préstamo localice esta compañía y tenga la seguridad de que esta compañía le va a hacer sonreír. la compañía puede ser contactada vía mail o whatsapp, su dirección de correo es patriciakingsman.loans2016@gmail.com y allí el número de whatsapp es +2348088206489. Gracias a cualquiera que lea este mensaje, esta empresa no sabe que estoy haciendo esto. Lo estoy haciendo solo para personas que necesitan un préstamo real para estar a salvo.

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  89. Soy Simón Máximo Sebastián, por su nombre, soy un oficial de policía y vivo en Bogotá, Colombia. Hace unos días estaba buscando un préstamo en línea y solo encontré gente que me estafaba de mi dinero. Realmente necesito este préstamo para un proyecto en los EE. UU. Y me han engañado un día cuando estaba fuera de servicio decidí buscar esta vez una verdadera compañía que otorgue préstamos. Encontré esta compañía llamada Patricia Kingsman y muchos de personas que han testificado acerca de esta empresa al principio no creía, pero decidí aplicar el préstamo que estaba buscando, fue la suma de $ 7,000,000.00 que solicité de esta compañía y me dijeron todo lo que se debe hacer, confié en ellos y lo hice lo que me dijeron que hiciera y me aseguraron que en 8 horas yo iba a estar con mi préstamo de forma segura, nunca los creí, pero esperé mi préstamo en exactamente 8 horas, recibí una llamada de la compañía que si tenía todavía recibí mi préstamo y le dije que no. Me dijeron que fuera a mi banco y verificara en mi cuenta que mi banco podría no enviarme una alerta obedecí y fui a mi banco y compré mi cuenta en mis ojos vi mi préstamo de $ 7,000,000.00 en mi cuenta, el dinero que tenía en mi cuenta antes era de $ 1,000, 000.00 y ahora encontré $ 8,000,000.00 pulse mi dinero y mi préstamo fue de $ 8,000,000.00. Estoy muy contento y agradezco a esta compañía por su excelente desempeño. Quiero utilizar mi poco tiempo para escribirle a las personas en Colombia que si necesita un préstamo real, Patricia Kingsman es la compañía adecuada para aplicar, esta empresa no sabe que estoy haciendo esto así que si necesita un préstamo, solo puede contactar a esta compañía via mail o whatsapp pero no uso whatsapp para que su dirección de correo sea patriciakingsman.loans2016@gmail.com

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  90. Mi nombre es Sebastián Santiago Matías y soy de España vivo en una pequeña ciudad de Valencia. He estado buscando un préstamo en línea ya que no puedo obtener un préstamo de mi banco y solo he encontrado personas que me han estafado mi dinero. La semana pasada fui estafado por una compañía de préstamos y Dios sabe que estaba listo para terminar con mi vida, pero me dije: déjame intentar y ver si veo una compañía honesta que esté lista para ayudarte. Así que me establecí y busqué una compañía y leí tantos buenos comentarios sobre esta compañía, Patricia Kingsman, y dije: déjame aplicar y ver si tendré suerte ya que otras personas tenían miedo, pero me di una oportunidad y apliqué. para un préstamo de 80,000.00 euros, le expliqué a esta compañía que me han estafado y me dijeron que no me preocupara que lo ayudaran, ya que han ayudado a muchas personas de mi país. Así que le di una oportunidad a esta empresa y me aseguraron que en 8 horas yo iba a estar con mi préstamo, no lo creía, pero esperé mi préstamo. En exactamente 8 horas, recibí una alerta de mi espalda que acreditaba a mi cuenta 80,000.00 euros. Todo gracias a Patricia Kinsgman. Esta compañía es enviada por Dios. Y me hice una promesa a mí mismo de que voy a testificar sobre cómo me ayudaron esta compañía. No sé si estoy haciendo esto ahora que le digo a la gente en Internet cómo me ayudaron para que todos, si necesitas un préstamo real, Patricia Kingsman aquí para ayudarlo a no dejarse engañar por personas falsas que pretenden ser prestamistas. Casi me olvido de que solo puedes contactar a esta compañía por correo o whatsapp y sus datos de contacto son patriciakingsman.loans2016@gmail.com whatsapp es +2348088206489. Esta empresa es real y verdadera, por lo que cualquier persona que lea este mensaje y esté interesado en contactarse con esta empresa, ya que son los únicos que pueden ayudarlo a resolver sus problemas.

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  91. Patricia Dios te bendecirá a ti y a tu compañía

    Mi nombre es Sofía Ximena Jimena. Soy de Madrid España no tengo mucho que decir a nadie que necesite un préstamo verdadero sin que te engañen. Debería postular a Patricia Kingsman porque solicité un préstamo de esta empresa hoy después de haber leído tantos comentarios buenos y maravillosos sobre esta compañía. Solicité un préstamo para pagar mis deudas y todo lo que necesitaba eran 50,000 euros porque también usaré parte de ese dinero para pagar las cuotas escolares de mis hijos. Mientras escribo esto en Internet ahora acabo de recibir mi préstamo de esta compañía y estoy tan feliz de que nunca creí que volvería a ser feliz porque he pasado por muchas cosas y le agradezco a Dios por Patricia Kingsman. Dios la bendecirá. y su compañía por ponerme una sonrisa en la cara. Entonces, cualquier persona de todo el mundo que necesite un préstamo, su ayudante está aquí y la compañía es Patricia Kingsman. Cualquiera que solicite la compañía de préstamos Patricia Kingsman no tendrá ningún problema, porque recibirá su préstamo exactamente en el momento que ella le indique. la dirección de correo de su empresa es Patriciakingsman.loans2016@gmail.com

    Una vez más, Dios te bendiga Patricia Kingsman y que puedas vivir mucho tiempo para seguir ayudando a la gente.

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  92. Mi nombre es Ana Carranza Sánchez y soy de Málaga. Acabo de recibir mi préstamo de la compañía de préstamos Patricia Kingsman. He oído hablar de esta empresa y pensé que era una empresa falsa, pero ahora estoy muy contento de que esta empresa me haya ayudado. y el 100% de esta empresa es real así que cualquiera que necesite un préstamo esta es la compañía correcta para aplicar desde ahora solicité un préstamo para mi negocio de 250,000.00 euros y esta compañía me ayudó sin demoras. Estoy tan feliz de testificar esta compañía porque Vi a otras personas hacerlo y estoy feliz de estar entre las personas que comparten su testimonio sobre cómo esta empresa me ayudó para que todos, si necesitas un préstamo real, tu ayudante esté aquí. su información de contacto es patriciakingsman.loans2016@gmail.com

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